Diputados consiguió dictamen para tratar la ley que pena la corrupción empresaria

Mart 07/11/17 .- Un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados dictaminó este martes a favor de las modificaciones efectuadas por el Senado al proyecto de ley que establece un régimen de Responsabilidad Penal Empresaria, por lo que este miércoles será votado en sesión especial para su sanción definitiva.

Durante la reunión conjunta de las comisiones de Legislación Penal y Legislación General, Gabriela Burgos (UCR) y Daniel Lipovetsky (PRO) adelantaron la aceptación por parte del oficialismo de los cambios votados en el Senado y que fueron girados para su revisión en Diputados.

«Es una ley revolucionaria de alguna manera, un cambio paradigmático», festejó el diputado macrista, que es presidente de la comisión de Legislación General.

El dictamen al que se le dio luz verde dio marcha atrás con la propuesta de imprescriptibilidad de los delitos de corrupción, y también con la propuesta para que la normativa alcance a todos los delitos del Código Penal.

Ambos puntos habían sido incorporados en el dictamen que salió de Diputados a pedido del Frente Renovadorcon lo cual la incógnita en la reunión de este martes era cuál iba a ser la postura del massismo, que quedó desairado con los cambios.

Finalmente primó el acompañamiento en general al dictamen de mayoría, pero con la aclaración de que se dará la discusión cuando se vote en particular el articulado.

El diputado del interbloque UNA Juan Brügge (aliado massista) calificó como un «retroceso» la versión girada por el Senado, especialmente a partir de la caída de la imprescriptibilidad de delitos de corrupción, que fue reemplazado en el dictamen por un plazo de seis años de prescripción de la acción penal a partir de la comisión del delito.

«Lamentamos que el Senado no se haya eco y dicho que los delitos de corrupción no se pueden equiparar con delitos de lesa humanidad, cuando la propia constitución los equipara. No es un capricho del bloque UNA», rezongó.

Tampoco cayó bien en el massismo que se haya acotado el alcance de la responsabilidad penal para empresas. 

Así, la penalización se acotará a los delitos de cohecho (pago de coimas); tráfico de influencias nacional o transnacional; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; concusión (exacciones ilegales); enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y falsificación de balances.

También se acordó que la acción penal prescriba a los seis años de la comisión del delito, y que en caso de deceso del actor físico del delito, el proceso contra la persona jurídica continúa.

El Frente para la Victoria-PJ y el Frente de Izquierda no acompañaron el dictamen de mayoría,aunque en el caso del kirchnerismo persistían algunas dudas respecto de cómo votaría el bloque este miércoles, ya que algunos legisladores habrían planteado el interés por acompañar la iniciativa.

La izquierda, en cambio, ratificó su cerrado rechazo al proyecto, al considerar que pese a los cambios aplicados en la Cámara alta, el proyecto sigue ofreciendo «salvoconductos» a las empresas para «zafar» de sus responsabilidades penales.

«Lo más importante que tiene la ley son los salvoconductos que tienen las empresas para zafar de sus responsabilidades. La ley sigue siendo una ley para los Odebrecht y para los grupos de corrupción», subrayó el diputado del Partido Obrero Pablo López.

En el dictamen proveniente del Senado, se fijó que en caso de «responsabilidad sucesiva», es decir, cuando la persona jurídica se reconvierta, fusione o tome otro nombre, permanezca la responsabilidad penal.

La responsabilidad por la comisión de un delito recaerá tanto sobre la empresa como sobre el empleado que lo haya perpetrado y, por esa razón, las empresas podrán tener un Programa de Integridad para la prevención de ilícitos entre sus empleados, el cual será además obligatorio para contratar con el Estado.

Las empresas serán responsables cuando los delitos «hubieren sido realizados, directa o indirectamente, con su intervención o en su nombre, interés o beneficio» y quedarán exentas «sólo si la persona humana que cometió el delito hubiere actuado en su exclusivo beneficio y sin generar provecho alguno» para la compañía.

Entre las penas que correrán para las empresas figuran: multas de entre dos a cinco veces del beneficio obtenido por la empresa a través del ilícito; la suspensión provisoria o definitiva de la personería; la suspensión de la actividad, patentes o marcas hasta 10 años; la prohibición por diez años de participar en concursos o licitaciones estatales; y la imposibilidad de acceder a licitaciones, pérdida de subsidios estatales u otro tipo de beneficios.

Asimismo, la empresa solamente será eximida de pena cuando denuncie espontáneamente un delito tras una investigación interna, cuente con un Programa de Integridad y devuelva el beneficio del ilícito, simultáneamente.

El proyecto también señala que la persona jurídica podrá celebrar con el Ministerio Público Fiscal un acuerdo de colaboración eficaz para revelar información que contribuya al esclarecimiento de los hechos y la identificación de sus autores.

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