La legislatura suspendió por un plazo de 180 días las ejecuciones a los deudores del Fondo Residual

En horas de la mañana de hoy, los legisladores reunidos en Sesión Especial, dieron tratamiento y aprobación a un proyecto de Ley, que tiene por objeto la suspensión por un plazo de 180 días de todas las ejecuciones de sentencias por un monto inferior a Trescientos Cincuenta Mil Pesos. A continuación se transcribe el articulado del Proyecto de Ley Sancionado. Artículo 1º.- Suspéndense por el plazo de ciento ochenta (180) días todas las ejecuciones de sentencia, por montos inferiores a PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000) de deuda contable, que tengan por objeto el remate de bienes otorgados en garantía o bienes embargados a deudores del Fondo Residual Ley provincial 478, siempre que dicha ejecución esté siendo llevada adelante por la Administración de ese ente Residual. Artículo 2º.- El Fondo Residual deberá remitir, dentro de los sesenta (60) días, a esta Legislatura Provincial un informe detallado de toda la cartera, en el que se deberá indicar: Nombre, apellido y/o denominación del deudor; deuda total; deuda contable; garantías; toda otra información que resulte de interés para el análisis de la cartera. Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial. DADA EN SESIÓN ESPECIAL DEL DÍA 1º DE DICIEMBRE DE 2005.-

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