CGT AMPARO: El ministerio Fiscal suspendió los efectos de los artículos 2 y 3 del decreto 340/25 del Poder Ejecutivo Nacional
Argentina 02/06/2025.- Moira Fullana Jueza Nacional hizo lugar al amparo presentado por la CGT Nacional, contra los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025 que señala:ARTÍCULO 2°.- Declárase como servicio esencial la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al transporte comercial de personas, de mercaderías, de carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin. el articulo 3 señala que, cuando por un conflicto de trabajo alguna de las partes decidiera la adopción de medidas legítimas de acción directa que involucren actividades que puedan ser consideradas servicios esenciales, deberá garantizar la prestación de servicios mínimos para evitar su interrupción.