El Tribunal de Juicio condenó a 15 años de prisión a sujeto que violó a su hija

Lun 09/03/15 12:05 hs.-El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte, integrado por los jueces Juan José Varela, Daniel Ernesto Borrone y Pablo Martín Bramati, condenó el pasado viernes a un sujeto a la pena de 15 años de prisión por haber abusado de su hija biológica, durante seis años.

El juicio oral pero no público, cuya causa fue caratulada “D.O, M. B. sobre abuso sexual agravado” dio inicio el pasado lunes, y culminó luego del mediodía del viernes; semana en la que declararon 13 testigos.

En el veredicto que dio lectura el Doctor Varela, se conoció que el Tribunal determinó condenar al acusado por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado reiterado, en un número indeterminado de veces; abuso sexual con acceso carnal agravado reiterado en un número indeterminado de veces, todos ellos en concurso real entre sí, y en concurso ideal con promoción de corrupción de menor agravado, cometidos en prejuicio de la menor en las ciudades de Bariloche y Río Grande.

Asimismo, en otro de los puntos de la sentencia, se ordenó a la secretaria de Derechos Humanos de la Provincia, Nélida Belous, que implemente de forma inmediata un dispositivo de orientación y contención para la víctima y su grupo familiar, de acuerdo a lo previsto en la Ley 26.485.

Veredicto del Tribunal de Juicio.

Río Grande, 6 de marzo de 2015 VISTO: El proceso caratulado “d O, M B s/ abuso sexual agravado”, registrado bajo el nº 599/2015, de conformidad con lo normado por los arts. 365, 367, 369, segundo párrafo, ss. y conc. del CPP, EL TRIBUNAL DE JUICIO EN LO CRIMINAL DEL DISTRITO JUDICIAL NORTE DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR RESUELVE: I. CONDENAR a M B d O, documento nacional de identidad nº …, cuyas demás condiciones personales obran en la causa, a la pena de quince años de prisión, accesorias legales y costas, por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado reiterado en un número indeterminado de veces, abuso sexual con acceso carnal agravado reiterado en un número indeterminado de veces, todos ellos en concurso real entre sí, y en concurso ideal con promoción de corrupción de menor agravado, cometidos en perjuicio de la menor „G‟ en las ciudades de Bariloche y Río Grande (arts. 12, 29 inc. 3º, 45, 54, 55, 119, párrafos primero, tercero, cuarto incs. „b‟ y „f‟, y 125, último párrafo, CP; 372 y 492, CPP). II. PONER a disposición del agente fiscal las copias que eventualmente solicite, a los fines que estime pertinentes. III. DEVOLVER los efectos y expedientes recibidos, conforme lo señalado en el considerando pertinente. IV. REGULAR el honorario del abogado Isaac Braian Gerez en la suma de $30.000 (pesos treinta mil), arts. 495, CPP; 2, 3, 6, 8, 45, sigs. y concs. de la ley 21.839. V. ORDENAR a la Sra. Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia, que en forma inmediata implemente un dispositivo de orientación y contención para la víctima „G‟ y su grupo familiar, de conformidad con lo previsto en la ley 26.485. VI. MANDAR que se registre y se cumpla.

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