Los planes de inversión del sector petrolero los evaluará nación

Juev 2 09:06.-Cuatro de los 33 artículos del Decreto 1277 dejan absolutamente claro que la provincial perdió todo el manejo sobre los hidrocarburos a punto tal que el plan de inversión de la empresa Roch que pasó a la legislatura para su análisis deberá ser presentado ante la comisión de evaluación del Ministerio de Economía de la nación. Estos decretos también dejan claro que ni Aramburu, ni Del Corro lo habían visto al momento de hacer declaraciones, como también que una vez mas Nación le metió la mano en el bolsillo a la provincia sin previo aviso.

ARTICULO 9°.- Los sujetos que realicen actividades de exploración, explotación, refinación, transporte y comercialización de hidrocarburos y combustibles deberán estar inscriptos en el REGISTRO DE INVERSIONES creado por el presente decreto, como requisito indispensable para el desarrollo de su actividad en todo el territorio nacional.

ARTICULO 13.- La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS evaluará en un plazo no mayor a SESENTA (60) días corridos, el Plan Anual de Inversiones de cada sujeto, verificando su consistencia y adecuación con el Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas. En caso de estimarlo conveniente, podrá solicitar la presentación de un nuevo Plan Anual de Inversiones, que se ajuste a los requerimientos del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas.

ARTICULO 17.- Los sujetos mencionados en el artículo anterior deberán presentar antes del 30 de septiembre de cada año su Plan Anual de Inversiones, incluyendo un detalle de sus metas cuantitativas en materia de refinación de hidrocarburos.

ARTICULO 19.- La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS auditará y fiscalizará en forma trimestral el cumplimiento del Plan Anual de Inversiones, encontrándose facultada para aplicar las sanciones previstas en el Capítulo VI del presente Reglamento.

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