La gobernadora Fabiana Ríos ordenó a través del decreto 53/11, la realización de un censo de puestos laborales cubiertos por personas con discapacidad en el ámbito del Poder Ejecutivo, entes autárquicos y descentralizados; y estableció que de cada 25 nuevas vacantes que se generen en la Administración Pública, una será destinada a las personas con discapacidad comprendidas en la ley provincial 48.
El decreto señala que antes del 1 de marzo de cada año, todas las jurisdicciones del Poder Ejecutivo Provincial, organismos descentralizados y autárquicos deberán informar a la Secretaría General de Gobierno y a la Comisión Provincial Coordinadora para la Discapacidad, “con carácter reservado”, la cantidad de cargos cubiertos por personas con discapacidad “respecto de los totales de la planta permanente, transitoria y de gabinete”, y la cantidad de personas con discapacidad contratadas “bajo cualquier modalidad”.
También “deberán identificar e informar ante la Secretaría General de Gobierno y la Dirección General de Presupuesto, sus necesidades de puestos de trabajo vacantes o las ofertas de contratación pasibles de ser ocupados por personas con discapacidad”.
Respecto a las vacantes, la Gobernadora determinó que de cada 25 que se generen en la Administración Pública “que se cubran con profesionales, técnicos o personal comprendido en las leyes 661,668 y concordantes”, una “deberá ser cubierta por personal de cualquier escalafón en los términos de la ley provincial 48”.
En todos los procesos de selección y concursos para la cobertura de vacantes, contrataciones de servicios personales, locación de servicios o de obra intelectual bajo cualquier modalidad “se deberá respetar el principio de no discriminación e igualdad de oportunidades”, y las jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades comprendidas deberán efectuar consulta previa al Registro de Inclusión Laboral de la Comisión Provincial Coordinadora para la Discapacidad, “para que los postulantes allí inscriptos sean invitados a participar”.
La falta de inscripción en el Registro de Inclusión Laboral “no inhibirá de modo alguno la participación de postulantes con discapacidad en los procesos de selección y concursos para la cobertura de vacantes”, aclara el decreto.
Las tareas que se asignen a los trabajadores con discapacidad “estarán relacionados con las facultades que los capaciten más dignamente para el cumplimiento de tareas útiles, de acuerdo a lo aconsejado por los organismos competentes, procurando su superación profesional”.
Finalmente, el decreto rubricado el último viernes consigna que “cuando se concrete la incorporación de personas con discapacidad(..), los organismos respectivos implementarán las medidas necesarias para una efectiva adaptación de los ingresantes a sus funciones de trabajo”, a la vez que “cada Ministerio o Secretaría asignará un agente responsable de acompañar el proceso de adaptación al servicio y gestionar las condiciones de adaptabilidad al ambiente laboral”.
