Tribunal de Cuentas: El Dr. Miguel Longhitano asumió como presidente del ente de contralor por un año.

Ushuaia 24/08/2021.- El Tribunal de Cuentas vuelve a ser noticia, esta vez por la designación de Miguel Longhitano como presidente de ese organismo a partir del mes de Julio y por el termino de un año, el detalle es que modificaron la ley 50 por la ley 1143 y como no quedó expresamente establecido, la reelección es indefinida. Es decir que los tres vocales rotaran y se otorgaran la presidencia cuando ellos queiran.

VISTO: Lo dispuesto en los artículos 12, 14 y 18 de la Ley provincial N° 50, la Resolución Plenaria N° 152/2018 y la Resolución Plenaria N° 172/2018; y CONSIDERANDO: Que el artículo 14 de la Ley provincial N° 50, modificado por el artículo 1° de la Ley provincial N° 1143, dispone que:

“La Presidencia del Tribunal de Cuentas será ejercida durante el plazo de un (1) año por el vocal que designe el Plenario de Miembros, quien podrá ser reelecto “. Que por su parte, el artículo 18 de la citada Ley establece que: “El Tribunal de Cuentas estará integrado por dos Vocalías. Cada Vocalía estará compuesta por el Presidente más uno de los Vocales del Tribunal” y el artículo 12 in fine determina que: “Si el ausente o impedido fuera un vocal, será sustituido por un conjuez integrante de la lista que anualmente elaborará el cuerpo entre los profesionales de la matrícula que reúnan los requisitos establecidos para la designación de los titulares”.

Que atento lo expuesto y en el marco de la normativa citada, corresponde dar tratamiento a la distribución de autoridades del Organismo para el periodo 01/07/202 1 al 30/06/2022. Que en consecuencia, conforme lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley provincial 50, modificado por el artículo 10 de la Ley provincial N° 1143, el “Las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich del Sur sony serán Argentinas” Plenario de Miembros en uso de las facultades acordadas por la Ley y por unanimidad, resuelven la distribución de autoridades del Tribunal de Cuentas en el siguiente orden: la Presidencia del Organismo será ejercida durante el próximo periodo por el Sr. Vocal Abogado Dr. Miguel LONGHITANO, haciéndose saber, que en caso de ausencia o impedimento del Señor Presidente, éste será reemplazado por el Sr. Vocal Contador C.P.N. Hugo Sebastián PANI.

Que procede definir también, por el periodo comprendido entre el 1~ de julio de 2021 al 30 de junio de 2022, la integración de las Vocalías, conforme el régimen dispuesto por los artículos 18, 12 in fine y ccs. de la Ley provincial N° 50. Que por tal motivo, corresponde establecer para dicho periodo que la Vocalía de Auditoría estará integrada por el Vocal Abogado (Presidente) Dr. Miguel LONGHITANO y el Vocal Contador C.P.N. Hugo Sebastián PANI y la Vocalía Legal estará integrada por el Vocal Abogado (Presidente) Dr. Miguel LONGHITANO y el Vocal Contador C.P. Luis María CAPELLANO.

Que corresponde emitir el presente acto administrativo conforme lo establecido en los arts. 12, 14, 18 y 26 de la Ley provincial N° 50. Por ello: El TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Comunicar que a partir del 10 de julio de 2021 y hasta el 30 de junio de 2022 inclusive, la Presidencia del Tribunal de Cuentas de la Provincia será ejercida por el Vocal Abogado Dr. Miguel LONGHITANO, siendo reemplazado en caso de ausencia o impedimento por el Vocal Contador C.P.N. Hugo Sebastián PANI.

2 -~‘~~-I RESOLUCIÓN REGISTRADAI ~~[~OELNO 145 ~Lfl’; I’i o~ de l~’.’i ¡a ¡id IUCLí). ‘~ n~aruda T~WUNMKCUINTi~S ~LT~1fiR~ ea e ¡‘he, de! Iáreiro ~ur Repul~hca AFg~.’IJtIXW C 15115 IILJ5H~NTIC~ flI~

“2021 AÑO DEL TRIGESIMO ANWERSARIO DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL”

ARTICULO 2°.- Establecer que para dicho periodo, la Vocalía de Auditoría estará integrada por el Vocal Abogado (Presidente) Dr. Miguel LONGHITANO y el Vocal Contador C.P.N. Hugo Sebastián PANI y la Vocalía Legal estará integrada por el Vocal Abogado (Presidente) Dr. Miguel LONGHITANO y el Vocal Contador C.P. Luis María CAPELLANO.

ARTÍCULO 3°.- Comunicar por Secretaría del Cuerpo Plenario de Miembros, a todo el personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia. ARTÍCULO 4°.- Registrar, notificar a los titulares de los tres Poderes del Estado Provincial, a los Ministros y Secretarios de Estado y a los titulares de los Entes Autárquicos, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, cumplido, archivar.

RESOLUCIÓN PLENARIA N° 1 /202 1. C.P. Luis Maria APELLANO VOCALC TADOR TRIBUN  DE CUENTAS E

1.APRC A CPN Hu~i Se.. o PAN! Vocal de Auditoría •Tribunal de Cuentas de a Provtncla  Dr.MigueI LON HITANO y Colaborador  PREStDENTE Tribunal de  Cuentas de la P rovincia “Las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich del Sur sony serán Argentinas

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