La Resolución publicada en el Boletín Oficial también indica que el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley Nº 24.240 y sus modificatorias de Defensa del Consumidor y normas reglamentarias. Asimismo, se informa que la medida entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial y tiene un plazo de adecuación de treinta días.
De esta manera, se evitará la inclusión de cargos que no corresponden a un servicio y que vulneren la libertad de elección de los consumidores forzándolos a pagar montos adicionales al momento de abonar las tarifas. Estas prácticas, que se han tornado sistemáticas en municipios de la provincia de Buenos Aires y en distintas localidades y provincias del país, constituyen un incumplimiento a la Ley de Defensa del Consumidor, la cual establece que las empresas proveedoras están obligadas a proporcionar al consumidor de forma cierta, clara y detallada las condiciones de contratación del servicio.
Con esta medida, el Gobierno impedirá que se cobren conceptos ajenos a lo contratado por el consumidor dentro de la documentación comercial emitida por el suministro de bienes y servicios. Esta práctica representaba no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores, sino que implicaba también una clara violación a la libertad de elección del consumidor.
La medida se enmarca dentro de los objetivos de transparencia y simplificación del Gobierno.
Fuente:argentina.gob.ar