¿Qué es el redondeo?

El 22 de diciembre de 2004 se publicó la Ley 25.954 (modificatoria de la Ley 22.802 de Lealtad Comercial) que legisla sobre las diferencias menores a 5 centavos en el monto total a pagar en transacciones comerciales. Textualmente, la ley dice: “En todos aquellos casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a cinco (5) centavos y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del consumidor”.

Según asegura la asociación de defensa al consumidor Padec, «estas grandes empresas continúan incumpliendo con la ley, vulnerando los derechos de los consumidores y también de los trabajadores.
Entonces cabe preguntarse: si la ley es tan clara y comprensible y se trata sólo de centavos, ¿porqué estas grandes empresas exceden una y otra vez el marco legal? La respuesta sólo apunta a la intuición de que se trata de cifras voluptuosas (centavos más centavos) que las empresas facturan en negro a costa de los bolsillos de los demás.
Un dato curioso: la cadena de supermercados Best (de La Anónima) ha implementado en su sistema de cajas de facturación el registro de diferencias menores a cinco centavos en los vueltos. Sin embargo los cajeros tienen instrucciones de no redondear a favor del consumidor a menos que el usuario lo exija».
Otra pequeña gran estafa de los piratas de siempre.

CHRISTIAN SANZ
Desde la redacción de Tribuna de Periodistas

Existe una ley que está vigente desde diciembre de 2004 y que obliga a las empresas y comerciantes a redondear el vuelto de sus compras a favor del consumidor en los casos en que surjan diferencias menores a cinco centavos.
Obviamente, a medida que se hace más conocida la norma, se suman los consumidores que exigen que se cumpla con la ley a su favor.
Hete aquí que diversas cadenas de hipermercados de la talla de Coto y Disco -entre otras- no han instrumentado aún modificaciones en sus sistemas de facturación que les permita registrar en las máquinas las diferencias surgidas por los vueltos redondeados a favor del consumidor. Por tal motivo, es a los propios empleados a los que se les cobra de su bolsillo esta diferencia.

Ejemplo 1

Si una llamada en un locutorio sale $ 0,78, y no tienen monedas para dar el vuelto, deben cobrar $0,75.
Ejemplo 2
Si la cuenta final del supermercado arroja un total de $135, 22, y no tienen monedas para dar el vuelto,
deben cobrar $135,20.

Ejemplos de lugares donde se manejan pequeñas diferencias de centavos:
locutorios y servicios de internet;
kioscos y librerías donde sacan fotocopias;
supermercados y autoservicios;
bazares y comercios de ofertas (del tipo “Todo por $2”).
otros comercios que manejen ofertas (del tipo $2,99, $55, 90).
ATENCION COMERCIANTES: obligación de exhibir lo dispuesto en la Ley
En su Art. 1°, la Ley 26.179 (modificatoria de la 25.954) afirma que:
“En todo establecimiento en donde se efectúen cobros por bienes o servicios será
obligatoria la exhibición de lo dispuesto en el párrafo precedente, a través de carteles o
publicaciones permanentes, cuyas medidas no serán inferiores a 15 cm por 21 cm.
Sr. Consumidor
Exija al comerciante los centavos en pequeñas diferencias. La Ley está de su
lado.
0800-666-1518
Línea Gratuita de Información al Consumidor
De lunes a viernes de 9 a 18 hs.
GRATIS desde todo el país.

Nuevos carteles para los comercios

El tema del redondeo en los vueltos es un claro ejemplo de todos los abusos e incumplimientos de las leyes y los derechos de los consumidores por parte de las empresas.

En diciembre de 2004, hace ya 1 año y ½, se sancionó la ley 25.954 conocida como “Ley de Redondeo”, pero más del 70% de los consumidores todavía no la conocen y sólo el 22% de los comercios la cumple.

El nuevo proyecto de ley, ya con media sanción de la Cámara de Senadores, intentará revertir esta situación estableciendo la obligatoriedad de carteles en todos los comercios con el texto de la norma que estable que cuando en el vuelto surgieran diferencias menores a 5 centavos, siempre se debe redondear a favor del consumidor. Es decir que en la compra de un producto por ejemplo ofrecido a 99 centavos, el comerciante deberá cobrar 95 y no 1 peso.
El incumplimiento y la falta de difusión hace que cada usuario pierda aproximadamente 40 centavos diarios. Estamos hablando de más de 4 millones de pesos diarios que las familias argentinas pierden y que pudieran utilizar para la compra de otros productos o servicios. Son más de 1450 millones de pesos anuales que se extraen en negro del circuito consumo – producción, y que quedan en manos de las grandes empresas.

Las empresas ponen como excusa para no cumplir con la norma nacional la falta de circulación de monedas de un centavo, pero no hay que dejarse llevar puesto que las monedas de 1 centavo nunca entraron en circulación en el sentido estricto y literal de la palabra: desde su creación en los últimos 15 años nunca se emplearon en el uso cotidiano por los argentinos como moneda común de cambio con valor, y ello explicaría la ley del redondeo a favor del consumidor.
El problema de la fijación de precios, incluyendo centavos que no pueden ser devueltos al usuario, afecta a todos los consumidores y a los pequeños comercios.
Por ejemplo las telefónicas. En un principio las empresas privatizadas de telefonía establecieron el valor del pulso de los teléfonos en la vía pública a 23 centavos, igual que en los locutorios. Como las máquinas no pueden dar el vuelto de los 2 centavos se tuvo que modificar la tarifa a 20 centavos.
Estimaciones: pérdidas por incumplimiento de la ley

Por Usuario

Total familias Argentinas
(10.073.625)
Por día

$ 0,40

$ 4.029.450,00
Por Año

$ 1.470.749.250,00

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