El Gobierno difundió hoy la reglamentación del Registro de Operaciones de Exportación (ROE), que regulará los envíos de carne al exterior. La reglamentación prevé autorizar en forma «semiautomática» la exportación de carne que forma parte de acuerdos internacionales, como la Cuota Hilton, que tendrán un registro especial.
Para el resto de las transacciones, el permiso podrá demorarse hasta un mes. La solicitud será, por el momento, manual, y los certificados tendrán una validez de 30 días.
Así lo informó el secretario de Agricultura y Ganadería, Miguel Campos, tras reunirse con el presidente Néstor Kirchner. El funcionario consideró que, a pesar del plazo de un mes previsto en la normativa, «no debe demorarse mucho» tiempo las autorizaciones para los cortes no especiales.
Durante la reunión, que se realizó en el despacho presidencial y concluyó cerca de las 10.30, los funcionarios presentaron al primer mandatario las características de la reglamentación del registro, cuya ausencia -hasta el momento- paralizó las ventas al exterior .
La reglamentación del ROE fue publicada hoy con la firma de Campos en el boletín oficial. El registro será fiscalizado por la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (Oncca).
Solicitud manual. La solicitud para registrar cada operación de venta al exterior deberá ser realizada en forma manual y presentada por los exportadores inscriptos en el Registro Nacional, habilitados y matriculados como tales.
En la reglamentación publicada en el Boletín Oficial, se estipula que se autorizará a la Oncca a firmar un convenio con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para informatizar el registro.
Habrá un período de dos meses para ello y mientras tanto la operatoria será manual, pero el secretario de Agricultura descartó que ello pueda demorar las operaciones por la experiencia que ya tiene en el caso la ONCCA.
«Yo no me preocuparía por eso», sentenció Campos.
Doble registro. Habrá dos registros (UNO y DOS) para diferencias las exportaciones que correspondan a «convenios internacionales asumidos» por la Argentina, como el caso de la Cuota Hilton y los cortes que se comercializan a Europa, y las operaciones restantes no contempladas en esos límites.
Cada exportador deberá completar un formulario por cada operación, incluyendo todos los requerimientos exigidos por el gobierno (fecha, tipo de operación, características del negocio externo, transporte, razón social del exportador, destino, número de matrícula, faenados, establecimiento, datos sanitarios).
En el caso del registro UNO, que abarca las exportaciones por convenios internacionales, se deberán identificar las normativas que autorizan la venta al exterior, de acuerdo a las exigencias de los convenios internacionales.
La Oncca queda habilitada para no dar curso a los pedidos en los casos en los que el exportador no esté debidamente inscripto en el Registro Nacional de Exportadores, así como también en el Senasa. Así, los exportadores de carne deberán figurar en tres registros diferentes.
Tampoco se dará curso a las solicitudes que no se adecuen a la operatoria normal de los exportadores, trámite que la Oncca «no deberá demorar más de siete días» para informar la razones del rechazo a los secretarios de Política Económica y de Agricultura, Oscar Tangelson y Miguel Campos. Cumplimentada la totalidad de los requisitos dispuestos por el gobierno, la Oncca, en un plazo de 30 días desde la presentación de solicitud y siempre que la misma no contenga ningún error, registrará la operación.
Llegada esa instancia, se emitirá el Certificado de Registro de Operaciones de Exportación, para que pueda elevarse a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la AFIP, para completar la gestión administrativa.
La reglamentación del ROE subraya que los certificados «se emitirán en orden correlativo a la presentación de cada solicitud», así como que «sólo tendrá validez por 30 días corridos» para concretar el negocio con plazas externas.
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