-Que los trabajadores de prensa tienen derecho a que se respete su condición de tales y la ley nacional N°12.908 que los ampara. No será aceptada ninguna otra vía de normalización como la pretendida por algunos empresarios, a través del convenio de comercio, la facturación como monotributistas o el simple silencio frente al trabajo ilegal, obtenido por la vía de actitudes amedrentadoras o amenazas de despido;
-Que en tal convicción se enmarcó el reclamo de la Secretaria General, quien no aceptó otra forma de regularización que la que marca la ley; obteniendo como respuesta el desconocimiento de una relación laboral de casi dos años, contados desde marzo de 2004 cuando ingresó como corresponsal en Río Grande del medio digital, de lo cual hay testigos y material suficiente para aportar como prueba en sede judicial;
-Que Marcelo Martín públicamente, ante el vicegobernador Hugo Cóccaro en una reunión de 60 empresarios y productores periodísticos en Casa de Gobierno, cuestionó la aplicabilidad de la ley provincial N°655, impulsada por la Secretaria General despedida, solicitando una prórroga por 180 días para su cumplimiento, a su vez prorrogables por 180 días más, cuando lleva casi un año de incumplida. Las presentaciones de la Secretaria General en nombre del Sindicato con el objeto de que se dé cumplimiento a esta ley, confrontan claramente con la visión del empresario, por cuanto enmarcamos el despido en una actitud que repudiamos por violatoria de leyes que protegen el ejercicio de la libertad sindical;
-Que la negación que hace Marcelo Martín a la Secretaria General de su condición de periodista, expresada vía carta documento por no estar inscripta en la Matrícula de Periodistas y no poseer carnet que la acredita (sic), se contrapone con jurisprudencia unívoca sobre el particular que considera amparado el trabajador aun sin carnet o con matrícula vencida. Así, se ha decidido que para el encuadramiento de un determinado trabajador en las disposiciones del estatuto del periodista le basta demostrar que está ocupado en las tareas de difundir noticias de carácter periodístico, sostiene Miguel Sardegna, Tratado del Derecho del Trabajo, en uno de los tantos ejemplos que pueden citarse al respecto;
-Que Marcelo Martín, como propietario de Sur54.com, cuenta con una profusa facturación por montos significativos durante el 2005, correspondientes a pagos realizados por el gobierno y las municipalidades, de acuerdo al relevamiento recientemente realizado por este Sindicato de Prensa, cuando desde el 12 de enero de este año se encuentra en plena vigencia la ley provincial N°655, que prohíbe al Estado contratar publicidad con empresas que tengan periodistas en situación irregular, esto es, no encuadrados según lo dispone la ley naci onal 12.908, por cuanto se accionará administrativa y judicialmente para deslindar las responsabilidades que pudieren caberle al empresario y/o a los funcionarios por el incumplimiento de las leyes vigentes;
-Que este despido consuma advertencias que le precedieron, dirigidas a la Secretaria General y a trabajadores de prensa que vienen reclamando su regularización, por parte de éste y otros empresarios, situación que también les toca vivir a los colegas dirigentes del Sindicato de Prensa de Ushuaia que reclaman en el mismo sentido el cumplimiento de la ley, por cuanto exigimos a l gobierno en ejercicio el cese inmediato del pago de publicidad a los empresarios que mantienen trabajadores en situación ilegal, ya debida y retiradamente denunciados ante distintos organismos públicos.
Por todo lo expuesto, el Sindicato de Prensa de Río Grande expresa su más enérgico repudio al titular del Portal de Noticias Independientes SUR54.COM, Sr. Marcelo Ariel Martín, se declara en estado de alerta y asamblea permanente a fin de definir acciones sindicales y judiciales por el despido producido, y adelanta que esta actitud del empresario será puesta en conocimiento de la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa FATPREN-, a quien representa la dirigente despedida en la ciudad de Río Grande; de la CGT seccional Río Grande, que la dirigente despedida integra como Secretaria de Políticas Económicas y Sociales; la Oficina Latinoamericana de la Federación Internacional de Periodistas con sede en Caracas, Venezuela, que brindó en el 2005 capacitación sindical a 14 dirigentes latinoamericanos seleccionados por su desempeño, entre ellos la dirigente despedida; como también organismos de defensa de derechos humanos, partidos políticos y organizaciones de la sociedad civil en general, en el entendimiento de que la defensa mancomunada de la libertad sindical y el derecho al reconocimiento y estabilidad de los trabajad ores de prensa contribuye a garantizar libertad de expresión, contra la mercantilización de la comunicación pretendida por algunos empresarios, protegidos por cómplices y abultadas remuneraciones del Estado.
Río Grande, 19 de Diciembre de 2005.-
Comisión Directiva del Sindicato de Prensa de Río Grande