El Dr. Walter Dante Tabarez Guerrero y Dr. Francisco Justo de la Torre, junto al Dr. Mario Robbio, deberán expedirse respecto a la denuncia presentada por el Primer Mandatario por desobediencia al fallo del Superior Tribunal, donde se dictaminó la continuidad del Juicio Político, pero con el gobernador en funciones.
Ell sorteo se realizó en el edificio del Superior Tribunal alrededor de las 16.00 hs., y junto al gobernador y su esposa estuvieron el abogado Luis Felipe Ricca y el ministro Coordinador Edgardo Welsch.
El juez Mario Robbio, fue el encargado de guiar el procedimiento del sorteo. Se colocaron tres bolillas en el bolillero, y ante los medios de prensa como testigos, resultaron elegidos los jueces de Cámara Walter Dante Tabarez Guerrero y Francisco Justo de la Torre.
Posteriormente, se labró un acta dejando constancia sobre la presencia de las partes y se notificó a las partes intervinientes de la existencia de un plazo de 24 horas para realizar las recusaciones sobre los magistrados seleccionados, si es que lo consideran pertinente.
Declaraciones del ministro Coordinador Edgardo Welsch
Antes de abandonar el lugar, el ministro Welsch explicó que “junto al gobernador realizamos una presentación, que es simplemente una ampliación a la solicitud de la medida de no innovar que fuera elevada el pasado jueves. En esta oportunidad, lo que se hizo es ampliar los fundamentos de porque decimos que es necesario una nueva intervención del Superior Tribunal de Justicia; en vistas de que existe una sentencia del mismo Tribunal donde se dejaba sin efecto la suspensión y se reponía al gobernador Jorge Colazo en sus funciones; y por otro lado, un fallo de la Sala Acusadora de la Legislatura donde se lo vuelve a suspender. Por esto, sostenemos que hay una abierta contrariedad en ambas sentencias” .
El ministro aseguró que “desde el Ejecutivo vamos descargar todos los fundamentos jurídicos que tengamos a nuestro alcance para demostrar que el gobernador esta mal suspendido, y que no se respetaron los procedimientos que componen el mecanismo de un Juicio Político”.
En referencia a la desestimación de la denuncia por sedición que fuera elevada por el Gobierno, el funcionario señaló que “nosotros hicimos la presentación ante la Justicia Federal y Provincial; los jueces interpretaron que no hubo delito, y somos respetuosos y vamos a acatar el fallo. Con esto queda plenamente demostrado la total independencia de los Poderes, algo tan cuestionado últimamente” remarcó.
Finalmente, Welsch afirmó que las actividades gubernamentales se vienen llevando a cabo normalmente “porque entendemos que el Gobierno de Jorge Colazo esta legítimamente constituido, de manera que continuamos con nuestra gestión, adoptando las determinaciones que haya que tomar para atender las necesidades básicas del Estado como la Salud, la Educación y la Seguridad” concluyó.
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Cuando la realidad supera a los hechos
Juicio Político: Informe sobre su pedido.
Antecedentes de la Retención de Coparticipación y Cuenta de Ejercicio 2004.
Retención de Coparticipación
La Provincia firmó durante la Gestión de Manfredotti, un Convenio con la Municipalidad de Río Grande, por medio del cual le otorgó un préstamo de dos millones quinientos mil dólares (U$S 2.500.000), suma que actualizada a la fecha equivale a aproximadamente cinco millones quinientos mil pesos ($ 5.500.000); destinada a atender los problemas financieros y el programa de saneamiento del Municipio. El propio Convenio establecía que la forma de cobro es por descuento en la Coparticipación (firmado por las partes).
Una de las cláusulas establecidas como causales de caducidad del Convenio, entre otras, fue la falta de remisión de información financiera del Municipio y el cambio en las condiciones que dieron origen al acuerdo. Por un lado, la Municipalidad no cumplió con enviar la información financiera al Ministerio de Economía de forma mensual, y por el otro, los problemas financieros del municipio, que dieron origen al Convenio, se revirtieron por completo, obteniendo un superávit en sus cuentas publicas y estipulando importantes excedentes con el Presupuesto para este año.
Con estos antecedentes, el Gobierno Provincial consideró que estaban dadas las condiciones para dar por concluido el Convenio, y decretó la caducidad del mismo.
Ante esta situación, y por el mecanismo estipulado en el Convenio, se procedió a descontar las sumas de las transferencias diarias al Municipio, depositando los fondos en una cuenta especial, separadas de los fondos provinciales.
La Municipalidad solicitó una medida cautelar para que se reintegren los fondos, bajo el argumento de que podían correr riesgo algunos de los servicios del Municipio por falta de recursos. El Superior Tribunal de Justicia, sin opinar si el descuento era correcto o no, ordena que se reintegren los fondos en forma preventiva, hasta tanto se defina si la postura del Poder Ejecutivo es valida. La orden de devolver los fondos se cumplió en tiempo y forma, y se reintegró la totalidad de los importes descontados al Municipio, por lo que hoy no existe ningún importe retenido.
En resumen, el Poder Ejecutivo en ningún momento incumplió ninguna norma constitucional, solamente procedió a dar por finalizado un Convenio una vez que se determinó que ya no existía motivo para su continuidad, y en todo momento, se actuó según lo pactado por las partes. Asimismo, cabe resaltar que la decisión del Superior Tribunal es preventiva, por lo cual hasta la fecha no existe sentencia definitiva acerca del accionar del Poder Ejecutivo al retener los fondos.
Cuenta de Ejercicio 2004
El Poder Ejecutivo cumplió, en tiempo y forma, con los requisitos legales y constitucionales sobre la presentación de la cuenta de Ejercicio Económico 2004. Luego, el Tribunal de Cuentas emite un Informe en el cual se abstiene de opinar sobre dicha cuenta, principalmente, por el hecho de que el Gobierno Provincial no contaba con sistemas de información adecuados.
Sin embargo, lo acompaña con un Informe de una auditoría Fiscal que efectúa una serie de observaciones, que posteriormente fueron contestadas por parte del Poder Ejecutivo. Entre estas, había observaciones puntuales y de excepción que en el Juicio Político se pretenden mostrar como la generalidad de los casos, cuando en realidad se trataban de situaciones aisladas.
Es importante destacar que los sistemas informáticos existentes durante el año 2004, fueron los mismos que se utilizaron durante todas las gestiones anteriores. El déficit de recursos informáticos hizo que históricamente, ninguna de las cuentas de Ejercicio fuera aprobada desde la existencia de la Provincia.
A pesar de la falta de sistema informáticos, el Poder Ejecutivo realizó una cuenta Ejercicio Integra, con la evolución de los recursos y gastos que cierra a la perfección. Además, la Gestión del Gobernador Colazo, habiendo recibido sistemas precarios, fue la primera que encaró y concreto la modernización de los sistemas informáticos, que desde marzo de 2005 se encuentran en operación, y que multiplicará la capacidad de control, tanto interno como externo.
En resumen, se juzga al Gobernador por observaciones puntuales efectuadas en el Ejercicio, y que se intentan mostrar malintencionadamente a la opinión publica como un caos generalizado en las cuestas publicas; y por haber utilizado durante el año 2004 los mismos sistemas que utilizaron todas las gestiones, pero que a diferencia de sus antecesores, encaró y concretó con la seriedad que merece la modernización de los sistemas de información del Gobierno Provincial.