Junta Electoral Nacional: ¿Los republicanos podrían recuperar sus 3000 votos en Tierra del Fuego?

Buenos Ares.- 05/11/2023.- La Junta Electoral Nacional, sentó un importante precedente respecto de la importancia del voto ciudadano y la preponderancia del voto de buena fe de los sufragantes, mas allá de los colores o formas de las boletas electorales que se usa. En el acta N°40, articulo 9°, la junta entiende que se debe respetar el voto de buena fe, por sobre el color o forma de una boleta en tanto y en cuanto no se demuestre que este fue hecho de mala fe, o de forma fraudulenta.

El Acta N°40 de la Junta Electoral Nacional, firmada el 31 de Octubre pasado en la ciudad de Buenos Aires, en su articulo 9°) deja perfectamente claro, aunque se trate de las boletas a presidente, que el color o la forma de las mismas, no sígnica ir en contra de aquellos ciudadanos que votaron de buena voluntad. Según el acta y como dice la jurisprudencia, se permite preservar la expresión de la voluntad de quienes, han sufragado de buena fe, sin que se haya demostrado la existencia de fraude, ni alteración alguna de dicha voluntad electoral en los votantes.

Esta, mientras no exista fundada duda de que haya sido maliciosamente cambiada, debe resguardarse por encima de deficiencias formales de los cuales los sufragantes no son responsables. Siendo el voto ciudadano, el bien jurídicamente protegido en forma primaria, los sufragantes que cumplieron de buena fe, su deber cívico, no deben ser sancionados con la anulación de su voto por causas que no le son imputables, en tanto no se demuestre o existan al menos indicios suficientes, que se haya torcido su  expresión electoral. Según el fallo C.N:E 1064/91

En otra palabras, la Junta Nacional Electoral, admite que el color de una boleta o el formato, no es óbice para anular el voto de un ciudadano que va a sufragar de buena fe y tampoco se puede anular ese voto, en tanto no se pruebe que hubo fraude o manejo de las boletas.

De ser así, el reclamo que están llevando adelante los Republicanos Unidos, deberá ser tenido en cuenta por la Justicia Electoral Provincial, El Superior Tribunal de Justicia que hizo caso omiso a los reclamos de las autoridades el Partido republicanos Unidos, a quienes les anularon 3000 votos, por una mínima diferencia de color en una boleta, que no pudieron precisar si es amarillo suave, o amarillo, verdoso, o amarillo azulado, o amarillo, anaranjado, o que clase de amarillo habían usado para imprimir las boletas. Un verdadero escando, que ya llegó a la Suprema Corte de Justicia de la nación.

El acta que publicamos en esta nota, lleva la firma de los Doctores, Sebastián Picasso, vocal, Jorge Eduardo Moran, Presidente, María Romilda Servini, vocal y Martin Rosendo Seguí, vocal, de la Junta Electoral Nacional.

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