En este sentido, el proyecto de Ley señala que la Ley nacional Nº 26.061 contiene disposiciones sobre derecho a la salud. “El artículo 14, en su último párrafo, establece que tienen derecho a la atención integral de su salud”. También menciona la Ley nacional Nº 26.657 de Salud Mental. En el particular, “procura asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental que se encuentran en el territorio nacional”.
“Es crucial abordar las necesidades de los adolescentes con condiciones de salud mental definidas. Evitar la institucionalización y la sobremedicalización, priorizar enfoques no farmacológicos y respetar los derechos de los niños de acuerdo con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y otros instrumentos de derechos humanos son clave para los adolescentes”, sostiene Vuoto en los fundamentos del proyecto de Ley que será analizado por la Comisión de Salud Nº 5.
El articulado de la propuesta se divide en cuatro capítulos que abordan disposiciones generales y principios rectores; espacio donde crea el Programa de Prevención y Asistencia en salud mental para la adolescencia y busca “asegurar el derecho a la prevención, promoción y acceso a la salud mental” de ese grupo etario en Tierra del Fuego.
Entre los objetivos del programa establece la promoción de la salud mental en las adolescencias, “que comprende la intervención sobre los determinantes sociales de la salud, favoreciendo la práctica de conductas y la creación de entornos saludables; el fortalecimiento de la identidad y autoestima de la persona y la generación de espacios de participación ciudadana”.
También propone “diseñar dispositivos coordinando y articulando diferentes áreas del Poder Ejecutivo, a fin de implementar prácticas educativas, culturales, deportivas, entre otras, promotoras de cuidados y salud/salud mental de la adolescencia desde una perspectiva integral y de derechos”. Y también determina capacitaciones abiertas a la comunidad y articulación para procesos de formación del recurso humano en Salud Mental Comunitaria, «incluyendo la posibilidad que los adolescentes puedan desarrollar las habilidades necesarias para apoyar a sus amigos y amigas”
En otro articulado, la Legisladora propone la creación de tres ejes de trabajo a los fines de una asistencia integral con una mesa Interinstitucional de prevención y asistencia en Salud Mental para las adolescencias; un servicio de asistencia en Salud Mental; y de un dispositivo con el arte como recurso para el cuidado de la salud mental de adolescentes.
Respecto de la mesa interinstitucional de prevención y asistencia en Salud Mental para las adolescencias, funcionará en el ámbito de la Comisión Provincial de Salud Mental y Adicciones de la Provincia, “con el fin de establecer una estrategia integral para planificar, diseñar y coordinar las políticas públicas de Prevención y Asistencia de Salud Mental y Adicciones en Adolescentes”. Vuoto considera que podrán integrarla “un integrante de las áreas o servicios que llevan adelante las políticas de los adolescentes de los Ministerios de Jefatura de Gabinete; Ministerio de Salud; Ministerio de Educación; Ministerio de Bienestar Ciudadano; Agencia de Innovación de la Provincia de Tierra dcl Fuego o en los que en el futuro los reemplace y todo aquel representante del Poder Ejecutivo Provincial y de otras instituciones públicas o privadas que Ia autoridad de aplicación designe, tanto como mesa ejecutiva o ampliada, con el objetivo de poder llevar adelante las políticas públicas del Programa”.
El articulado también garantiza “el acceso a servicios de salud, respetando las pautas familiares y culturales reconocidas por la familia y la comunidad a la que pertenecen siempre que no constituyan peligro para su vida e integridad; programas de asistencia integral, rehabilitación e integración; el derecho de los adolescentes a contar con la información y orientación; programas de atención, orientación y asistencia dirigidos a su familia; y programas de salud mental para adolescentes con un abordaje integral y con perspectiva de derechos” sostiene en el artículo 11.
También dispone de la creación de un servicio de salud mental ambulatorio de Adolescentes con dos dispositivos de atención: el dispositivo de atención a la demanda espontánea, donde se recepcionan las primeras consultas y, mediante una entrevista de evaluación interdisciplinaria, se considera el tratamiento más adecuado para cada caso en particular: y el dispositivo ambulatorio ofrece tratamientos en salud mental a adolescentes a cargo de equipos interdisciplinarios”. El equipo de intervención deberá conformarse con tres psicólogas/os; un profesional de la psicopedagogía: un profesional del trabajo social; y un médico psiquiatra.
“Las adolescencias en nuestra Provincia carecen de dispositivos o servicios públicos de Salud Mental con perspectiva de adolescencias o específicos en esta franja etaria, o están subordinados a otros servicios y en cuanto a condiciones edilicias de estos espacios, muchas veces no son óptimas para poder desarrollar un proceso terapéutico, además no se cuenta con una red de acompañamiento y espacios de escucha”.
“Resulta imprescindible que nuestro ordenamiento jurídico asigne a la salud mental de niñas, niños y adolescentes un adecuado marco normativo que dé cuenta del escenario y las particularidades de este grupo de personas de manera de posibilitar la formulación de políticas públicas idóneas que orienten las acciones de los diferentes actores gubernamentales, eviten el sufrimiento y protejan la salud mental de niñas, niños y adolescentes”, cierra en la fundamentación del asunto 019/24.