Después de una escalada de hechos violentos de taxistas y remiseros contra los choferes y choferesas de UBER, que fueron en ascenso, hasta el punto de hacerles encerronas en el transito, aflojarles tuercas de las ruedas y hasta tirarse sobre los vehículos que usan la aplicación, la justicia decidió que UBER es licita y debe funcionar como funciona en todo el mundo.
El fallo judicial fue tomado por el Juzgado correccional de Rio Grande, en respuesta a una apelación de un chofer de UBER a quien le hicieran una multa el pasado 21 de septiembre por parte del Juzgado de faltas de esta ciudad, por trabajar para esa aplicación.
Fernández declaró la inconstitucionalidad de la ordenanza 3548/2016 que prohíbe Uber en Río Grande y asimismo deja sin efecto la multa.
El propio fiscal había emitido un dictamen favorable al reclamo sosteniendo que se trata de una prohibición de una actividad comercial que no afecta razones de seguridad ni orden público, así como que el particular no es responsable de que el Estado en lugar de una norma prohibitiva regulara la actividad.
Además sostiene es “una actividad lícita que está reconocida en el mundo entero”.
El juez tomó estos postulados y consideró la normativa “arbitraria e irrazonable”, además de “desproporcionada”.
Resuelta la inconstitucionalidad el juez planteó la necesidad de que al tratarse Uber de un servicio de transporte privado con impacto público significativo, “amerita la regulación por parte del Estado”.
En ese sentido exhorta al Concejo Deliberante a reglamentar el funcionamiento de transporte privado de pasajeros mediante plataformas digitales.
Este medio publicó que esta actividad era licita el pasado 26 de junio, cuando comenzaron las persecuciones a los usuarios de UBER, con el consentimiento de la municipalidad, tanto en Rio Grande, como en Ushuaia. Esta decisión de la justicia, pone fin a esta negativa a una posibilidad de empleo para muchos riograndenses y genera un precedente jurídico para las otras dos ciudades de a provincia.
Fallo firme a favor de UBER de La Corte Suprema Argentina, es una actividad comercial lícita.
Fuente: actualidadTDF