Ley de Impuesto a las Ganancias.
El proyecto de ley de reforma del Impuesto a las Ganancias apunta a que los cambios puedan implementarse a partir de 2024 y, entre otras cuestiones, busca la eliminación de la cuarta categoría del gravamen y la creación, en reemplazo, de un impuesto cedular que fija el pago del tributo únicamente para los ingresos superiores a 15 salarios mínimos mensuales, que hoy representan más de 1.770.000 pesos, pero llegaría a 2.000.000 de pesos con el ajuste que se debatirá la semana próxima en la reunión del Consejo del Salario.
Así, sólo pagarán Ganancias 88.000 contribuyentes, menos del 1 por ciento del total de las remuneraciones, jubilaciones y pensiones, de acuerdo con los cálculos oficiales.
El proyecto no incluye a cargos de alta responsabilidad en empresas, como directores de sociedades anónimas, CEOs, gerentes y subgerentes. También se excluyen las pensiones de privilegio y funcionarios políticos.
Para los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido bonaerense de Patagones, el mínimo no imponible se incrementara en un 22 %.
N de la R. Mínimo No Imponible (MNI): El mínimo no imponible es el umbral de ingresos por debajo del cual los contribuyentes no están obligados a pagar el Impuesto a las Ganancias.