¿Por qué los concejales de Rio Grande podrían duplicar su sueldo?

Juev 27/02/2020.- Así lo informó anoche una fuente confiable del cuerpo deliberativo a partir de conocerse que una categoría 23 del Municipio de Rio Grande pasaría a cobrar 64 mil pesos mensuales con cargo. El número resulta de la dieta conformada por 6 categorías 23 del municipio cuyo salario a partir de ahora sería de 64 mil pesos con cargo y 55 mil sin cargo, según una ordenanza aprobada el 25 de agosto de 2016 por el cuerpo deliberativo que cambio el monto de la categoría 10 por la 23 como referencia.

Remuneraciones brutas de intendentes de Ushuaia, Rio Grande y el Gobernador.Luego en provincia se retienen el 22% (aporte obra social 3%, jubilación 14% y aporte extraordinario 5%) para llegar al neto

La escala salarial de bolsillo de la municipalidad de Rio Grande, es decir sueldo sin los items, una categoría 23, según esa escala es de 17688 por 2 o sea 36.376 pesos. Los datos anteriores son con todas las cargas, que en el caso de los funcionarios no se aplican y que explicamos mas abajo.

El llamativo monto de salario de los ediles se daría por una sencilla razón, antes los integrantes del cuerpo deliberativo percibían el equivalente a 6 categorías 10 de la municipalidad, pero una ordenanza sancionada el 25 de agosto de 2016 en el Concejo deliberante se decidió que la dieta de los ediles fuera el equivalente a 6 categorías 23, de esta forma el salario llegaría a 384 mil pesos y en ese momento el cuerpo adhirió a la norma.(ver ordenanza al final dela nota).

A todo esto, una categoría 10 de la municipalidad recibirá un aumento de alrededor de 3000 mil pesos, por lo que según la fuente, el aumento es solo para los funcionarios.

Los ediles consultados esta mañana señalaron que si el cuerpo adhiere a este aumento la gente “nos va a prender fuego”, “acá hay gente que no come”, o que cobra 18 mil pesos, es un escándalo, señalaron a este medio en la mañana de hoy.

Según la misma fuente, el intendente de la ciudad, también vería incrementado su salario en un importante porcentaje, un 5% más que los ediles, unos 422.000 pesos y lo mismo ocurriría con el gobernador, que recibirá 464.000 pesos y sus funcionarios con el mismo porcentaje, en bruto y sin descuentos que se aplican a funcionarios.

No es necesario aclarar que la municipalidad y la provincia se encuentran fuertemente endeudados y según explicaron “esto, requiere de mucha recaudación porque, por ejemplo en el Concejo Deliberante, ahora somos 9 concejales y tenemos el mismo presupuesto que cuando éramos 7, a lo que hay que agregar una deuda de 11 millones de pesos, según el ex presidente Alejandro Nogar cuando aún ocupaba ese cargo”.

Al momento de esta nota el tema era analizado por 3 ediles que no estaban de acuerdo con los montos que se estaban dando a conocer y reclamaban entre otras cosas, el boletín oficial, más allá de situaciones de diferencias políticas entre el ejecutivo y el legislativo que también estarán en agenda la semana próxima.

El secretario de gobierno Gastón Díaz confirmó hace instantes la información señalando que una categoría 23 de  la municipalidad de Rio Grande, con cargo percibirá un haber de 64 mil pesos mensuales  y 55 mil pesos sin cargo a la vez que aclaró que los funcionarios no cobran items como radicacion familiar, e hijos, antigüedad, plus transito, presentismo, y responsabilidad profesional.

Igualmente seria una dieta de 350 mil pesos en caso de tomar los 55 mil pesos como referencia, siempre sin los items mencionados

El tema seguirá en tratamiento hasta que se decida qué ocurrirá con estos montos si se adhiere o no el Concejo para percibir el aumento es una decisión del Presidente del cuerpo, Raul Von der Thusen, con quien no pudimos hablar en la mañana de hoy y de todas maneras todo esta en medio de una importante discusión que seguramente llevará tiempo resolver por la crisis económica generalizada que han denunciado permanentemente todos y cada uno.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3568/2016
VISTO:
Las facultades conferidas por Carta Orgánica Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que es función del Concejo Deliberante del Municipio de Rio Grande, a partir del artículo 89° de la Carta Orgánica Municipal, establecer la dieta del Intendente Municipal, Secretarios y Funcionarios;
que la Ordenanza Municipal Nº 3199/13 establece la Dieta del Intendente modificando lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 2539/08;
que es necesario modificar la normativa a fin de dotarla de operatividad.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE RIO GRANDE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1º) MODIFIQUESE el artículo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 2539/08, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 4º) ESTABLEZCASE la remuneración total para el cargo de Intendente Municipal, la resultante de la suma de seis (6) categorías 23 (asignación de categoría mas zona) del personal municipal establecidas en la Escala Salarial vigente, al momento de la liquidación de los haberes del personal municipal, siendo éste de aplicación automática e inmediata y estableciendo la Escala Salarial para Autoridades Superiores de acuerdo a lo que se detalla en el ANEXO I de la presente.
Art. 2º) DEROGUESE la Ordenanza Municipal Nº 3199/2013.
Art. 3º) PASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL PARA SU PROMULGACION, NUMERACION Y PUBLICACIÓN. REGISTRESE. CUMPLIDO ARCHÍVESE.
APROBADA EN SESION ORDINARIA DEL DIA 25 DE AGOSTO DE 2016.
Fr/OMV

Armando Cabral

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