El intendente Melella vetó la “Suspensión de la actualización del Valor de la Unidad Fiscal

Mart 11/12/18.-El intendente Gustavo Melella veto totalmente la ordenanza N° 111/2018 dado en la Sesión Ordinaria del día 27 de noviembre de 2018, referida a “Suspensión de la actualización del Valor de la Unidad Fiscal (O.M.)

Girese a Bloques

Nota No 269118 Barna locos Letra: M.R.G.S.PYG.C.D.A.L’3719

Río Grande, 11 de Diciembre del 2018.

A la Presidencia Del Concejo Deliberante

S

De mi mayor consideración:

Me dirijo a usted, a los efectos de informar, que el DEM a resuelto hacer uso de las facultades conferidas en el Art. 102° de la Carta Orgánica del Municipio de Rio Grande. Vetar totalmente el siguiente Proyecto de Ordenanza Dictamen 111/2018, dado en Sesión Ordinaria del 27 de Noviembre 2018, referida a Suspender la actualización del valor de la Unidad Fiscal (OM N° 2934/11).

Dictamen N° 111/18

– D.M N° 1019/18

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Maria Marta Ladete

Abogada MP NP 649 CPARG Directora de Asuntos Legislativos

Municipio de Rio Grande

Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas.

2018 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

..

.:

CRAFT

WAL Maidaha llibrera Paola a/c Dingoan de Despacho Secretaria de Participación

yolestión Ciuliadana

L

.

Municipio de Rio Grande

Tierra del Fuego :

RIO GRANDE, 10 DIC. 2018,

VISTO: La Carta Orgánica Municipal

1019 El proyecto Ordenanza, Dictamen N° 111/2018 dado en la Sesión Ordinaria del día 27 de noviembre de 2018, referida a “Suspensión de la actualización del Valor de la Unidad Fiscal (O.M N° 2934/2011)».

El Trámite N° 39803/2018, emitido desde la Subsecretaría de Finanzas Públicas; y

CONSIDERANDO:

Que, según el Artículo 23o, inc.) 6 de la Carta Orgánica Municipal es deber de los habitantes de la ciudad de Rio Grande «contribuir equitativamente con los gastos que demande la organización y funcionamiento del Municipio y cumplir con las cargas tributarias dispuestas en legal forma».

Que, según el Artículo 183 de la Ordenanza N° 2934 la Unidad Fiscal»... se actualizará cada año por el Indice de Precios Mayoristas del Instituto Nacional de Estadística y Censo al mes de septiembre, para establecer el monto de los valores de la próxima liquidación».

Que, el concepto de equidad desde el punto de vista de la hacienda pública implica ser entendido en su doble vertiente, vertical y horizontal, entendiéndose por la primera el que las cargas tributarias pesen mayormente sobre aquellos que en mejores situaciones económica y financiera se encuentran, propugnando un sistema tributario progresivo; mientras que la segunda, aspira a que nadie sea tratado tributariamente en forma desigual ante mismas circunstancias.

Que, el mecanismo vigente de actualización de la Unidad Fiscal brinda certeza a los

contribuyentes y previsibilidad al Municipio sobre la incidencia de los tributos en sus finanzas.

Que, asimismo la normativa tributaria municipal contempla exenciones para aquellos contribuyentes que atraviesen situaciones particulares que conlleven el difícil cumplimiento de las cargas fiscales, así como también reconoce a través de bonificaciones a los contribuyentes cumplidores, fortaleciendo en doble vía el vínculo entre el Municipio y la comunidad de Río Grande.

Que, por otra parte, la organización y funcionamiento del Municipio implica el sostenimiento, desarrollo y cumplimiento de las políticas del Estado Municipal plasmadas en el Capítulo II de la Carta Orgánica Municipal, en cuanto al logro de la promoción humana y la calidad de vida de los habitantes, el resguardo y consolidación de la familia como núcleo social básico, la protección integral a los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos mayores y personas con capacidades diferentes.

CR Sam Budionte Barrita

Sachetanto de Finanzas Pliblicas

Gustalo Adrian Molella

INTENDENTE

“Las Islas Malvinas Georgias y Sándwich del Sur, son y serán argentinas»

“2018 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria»

W

Maidana Irena Paola a/c Direcciolo Paspacho Secretaría yurticipación

y Gestion dudadana

Les

/ 10 DIC. 2018

1019

Municipio de Rio Grande

Tierra del Fuego / Que, a su vez el régimen económico financiero municipal se rige bajo los principios de equidad mencionados, transparencia y responsabilidad fiscal, con el objeto primordial de fomentar e impulsar políticas tendientes a fortalecer el respeto a la diversidad \cultural de la comunidad riograndense, efectivizar el ejercicio de los derechos a la educación y salud pública, proponer una vida saludable a través del deporte y la recreación, defender a los consumidores y usuarios de bienes y servicios al mismo tiempo que se propicia un desarrollo económico local armonioso, equilibrado y equitativo.

Que, los recursos municipales indistintamente de su origen formal se sustentan en las cargas fiscales que deben soportar los vecinos de la ciudad, los cuales contribuyen en materia impositiva en una cuantía superlativamente mayor a las arcas del Gobierno Provincial a través del pago de las alicuotas de ingresos brutos en cada operación de compra venta, ya que se encuentran gravadas en todas sus etapas las actividades comerciales e industriales de la ciudad y la provincia toda, siendo este el impuesto distorsivo por excelencia.

Que, en relación a lo dicho el mecanismo de coparticipación de impuestos provinciales establecido por la Ley N° 892 en su art. 4o, inc. a) opera de modo tal que los importes recaudados se distribuyen en forma proporcional a la participación de cada Municipio sobre la recaudación municipal total, siendo en este sentido fundamental para el financiamiento de los servicios públicos municipales no disminuir el esfuerzo recaudatorio, amén de no generar una traslación de recursos provinciales a Ushuaia y Tolhuin en detrimento de Rio Grande.

Que, el Municipio de Río Grande ya ha perdido en los últimos años ingentes cantidades de recursos a través de sucesivas leyes provinciales que han resentido la autonomía financiera del mismo, como han sido: la Ley N° 886 que detrae el 40% de lo recaudado en concepto de Impuesto sobre los ingresos Brutos por la venta de repuestos, neumáticos y accesorios de todo tipo de automotores, destinado al “Fondo Provincial de Vialidad”; la Ley N° 959 que detrae el 0,8% de lo recaudado en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos con destino al «Fondo de sostenimiento de Prestaciones Prioritarias» y el 1,5% de lo recaudado a la conformación del «Fondo Provincial de Ayuda a los Cuerpos Activos de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios»; la Ley N° 905 que detrae el 25% de los recursos que les corresponden a los Municipios por coparticipación de ingresos tributarios provinciales para el «Fondo de Financiamiento de Servicios Sociales; la Ley N° 1074 de creación de la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) la cual percibe el 4,2% de la recaudación fiscal mensual de los tributos, los cánones, regalías y derechos derivados de la Ley Nacional N° 26.197.

Cobeco A Bahamonds Berria

Sporetario de Elektros Publicas,

Guido Adrian Molella

NVTENDENTE

“Las Islas Malvinas Georgias y Sándwich del Sur, son y serán argentinas»

“2018 Año del Centenario de la Reforma Uhiversitaria”

Besta

est A LONIGKAL

Maidahl Lorena Paola &c Direktion de Despacho Secretari de Perticipación

Gestidn Cuciduna

Municipio de Rio Grande

Tierra del Fuego 1

do old. 2018

1 0 119

Que, además los recursos provinciales coparticipables a Rio Grande se han visto disminuidos por la sanción de la nueva norma tributaria de la ciudad de Ushuaia, Ordenanza N° 5069/16 – promulgada el día 30 de junio de 2016 y publicada en el Boletín Oficial N°052/16 – gracias a la cual de acuerdo al “Análisis Presupuestario de cierre» de la Cuenta de Inversión del ejercicio 2016 presentada al Concejo Deliberante de dicha ciudad, la recaudación del Municipio de Ushuaia se incrementó 71% en comparación con el ejercicio 2015.

Que, como consecuencia del conjunto de medidas descripto ha disminuido la participación de Río Grande en la distribución secundaria de recursos tributarios provinciales coparticipables, pasando de 27,56% a 24,63% para el período 2016 – 2018, implicando ello una pérdida de recursos superior a $ 100.000.000,00 (Pesos Cien Millones con 00/100 ctvs.).

Que, además, de acuerdo al informe contable de acreencias mencionado en el visto el Gobierno Provincial adeuda al Municipio de Río Grande la suma de $ 215.371.730,39 (Pesos Doscientos Quince Millones Trescientos Setenta y Un Mil Setecientos Treinta con 39/100 ctvs.), en concepto de saldos definitivos de coparticipación de recursos provinciales, liquidaciones diarias de coparticipación federal correspondientes a los meses de octubre y noviembre, y por compensación en virtud de la eliminación del artículo N° 104 de la Ley de Impuesto a las Ganancias pactado por el Gobierno Provincial en el marco del Consenso Fiscal Nacional, al cual adhirió por el Decreto Provincial N° 3363/17, y se comprometió por el Consenso Fiscal Provincial, según Decreto Provincial N° 3429/17, al cual el Municipio adhirió por Decreto No 1234/17.

Que, en reiteradas oportunidades se ha solicitado al Gobierno Provincial pago o propuesta de pago, por la deuda tributaria con sentencia favorable al Municipio de fecha 17/02/2017 emitida por el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, en autos caratulados “Municipalidad de Río Grande di Provincia de Tierra del Fuego s/ Ejecución», expediente No 26861/2015, por la suma de $ 30.472.133,20 (Pesos Treinta Millones Cuatrocientos Setenta y Dos Mil Ciento Treinta y Tres con 20/100 ctvs.) con más los intereses legales desde la mora supera los $ 60 millones de pesos, sin recibir respuesta ni inclusión de la suma adeudada en el presupuesto provincial a través de partida específica alguna.

Que, el Gobierno Provincial también adeuda tributos en sede administrativa por la suma de $ 60.981.404,04 (Pesos Sesenta Millones Novecientos Ochenta y Un Mil Cuatrocientos Cuatro con 04/100 ctvs.), lo cual fuera informado al Concejo Deliberante mediante Nota No 1277/2018 de la Dirección de Rentas.

Ciploma A lgomotste Barria Spretante do Finanzas Tiblices

Mustallo Adrian Melilla

INTENDENTE

“Las Islas Malvinas Georgias y Sándwich del Sur, son y serán argentinas»

2018 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria»

22.4

COMPTA FU IONAL

Maidana Honda Paola a/e Direccion de Despacha Secretala de Partikipación

Gestión Ciudhdana

Municipio de Rio Grande

Tierra del Fuego /

/10016. 2018

110 19

Tierra del Fuego

Que, aún en el contexto descripto el Departamento Ejecutivo Municipal ha dado sobradas muestras del respeto irrestricto a los principios que emanan de la Carta Orgánica Municipal desde el momento que ha impulsado políticas de inclusión social y desarrollo de infraestructura social básica, evidenciadas en programas como «1000 becas de estudios», «Huertas Urbanas”, el “Espacio Laboral, Científico y Tecnológico”, “Banco Ortopédico Municipal”, “Fideicomiso San Martin» y obras icónicas para la ciudad como ser la «Nueva Planta Potabilizadora de 2000 M3″, la construcción de infraestructura y viviendas sociales, tres centros de salud, un laboratorio de análisis clínico y la pileta terapéutica del Centro de Rehabilitación Mamá Margarita, el Skate y Bike Park Cubierto, el Nuevo Natatorio Municipal con piscina olímpica, el Gimnasio para Gimnasia Artística, los playones deportivos, plazas y cientos de cuadras de pavimento en distintas zonas de la ciudad.

Que, los límites actuales al crecimiento de la economía local han sido consecuencia netamente de las medidas de política económica del Gobierno Nacional, con una restricción del gasto público.

Que, ante ello lo que se precisa no es profundizar la etapa actual del ciclo económico, sino contrarrestarlo con un sistema tributario progresivo y un presupuesto municipal que redistribuya recursos hacia los sectores más vulnerables, que amplíe la infraestructura pública a través de un plan de obras dinamizador de la economía local, que se profundicen las políticas de salud y educación, que brinden los servicios de transporte y recolección de residuos eficientemente.

Que, ante ello la existencia de superávit fiscales ha representado una fortaleza de tamaño tal que ha permitido cumplir los objetivos que desde 2012 a la fecha se han presentado en cada presupuesto debatido y aprobado por el Concejo Deliberante Municipal, demostrándose que el equilibrio financiero es más que el mero cumplimiento de un principio económico rimbombante que encorseta la actividad estatal.

Que, se ha presentado un proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante Municipal que manifiesta la voluntad expresa del Departamento Ejecutivo Municipal de establecer una bonificación del 28,64% sobre el valor de la Unidad Fiscal determinada acorde a lo establecido en la Ordenanza N° 2934 para el período fiscal 2019, lo cual fue receptado en la aprobación del presupuesto 2019.

Que, el Artículo N° 65 de la Carta Orgánica Municipal establece que la administración de los recursos debe ser eficiente y eficaz para la concreción de los objetivos en los planes de gobierno.

Que, por todo lo manifestado resulta procedente vetar totalmente la Ordenanza referida a “Suspensión de la actualización del Valor de la Unidad Fiscal (O.M N° 2934/11)», Dictamen N° 111/2018

mento

CR bicor A Bahamonte Barria sporedado de Finanzas Publicas

Futari Adrian Melalla

INTENDENTE

«Las Islas Malvinas Georgias y Sándwich del Sur, son y serán argentinas»

«2018 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria”

SANS

Maidata Lhota Paola de Diredción Despach, Secretaria de Participación

y Astion Chudadana

Municipio de Río Grande /

110 DIC 2018

Tierra del Fuego Que, el subscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en un todo de acuerdo a lo normado mediante la Carta Orgánica Municipal.

Por ello:

EL INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE RIO GRANDE

DECRETA

ARTICULO 10,- VETAR TOTALMENTE el proyecto de Ordenanza, Dictamen N° 111/2018 dado en la Sesión Ordinaria del día 27 de noviembre de 2018, referida a “Suspensión de la actualización del Valor de la Unidad Fiscal (O.M. N° 2934/2011)». Ello por los motivos expuestos en el considerando.

ARTICULO 2o.- REGISTRAR. Comunicar. Publicar y cumplido, archivar.

DECRETO MUNICIPAL N° 10 19 /2018

..

SPF

celicar A Bahamonde parrila

Segretario de Einarbas. Publicas

Fustaka Adrian Molella

AVTENDENTE

“Las Islas Malvinas Georgias y Sándwich del Sur, son y serán argentinas»

loading...

Etiquetas: , ,

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *