En el jury presentado por el legislador del ari, basado en que el Tribunal de Cuentas se abstuvo de opinar en torno a la rendición del ejercicio 2004 del Poder Judicial y en el que se imputan responsabilidades a los tres ministros -Ricardo Klass, María del Carmen Battaini y Mario Robbio-, “se le indicó al vicepresidente a cargo de la presidencia del Consejo de la Magistratura iniciar las acciones”.
Respecto al segundo jury, presentado por los abogados de Río Grande Francisco Giménez y Javier Da Fonseca, relacionado con un exceso de las facultades del máximo tribunal al haber suspendido el proceso de juicio político que llevaba la Legislatura contra el gobernador Jorge Colazo, no se avanzó debido a “la falta de quórum”.
“Luego que el Fiscal de Estado se excusara de actuar por haber respondido recientemente la medida cautelar presentada por el gobernador, solamente se dio ingreso, aguardando la próxima reunión cuando creemos que tendremos quórum”, explicó el Legislador Frate. El órgano volvería a reunirse en la primera semana del mes de octubre.
Además, y por unanimidad, los consejeros del órgano de selección y remoción de jueces -bajo la presidencia a cargo del Fiscal de Estado Virgilio Martínez de Sucre, por la abstención de la titular, la doctora María del Carmen Battaini- dieron de baja definitivamente la designación de la doctora Sandra María Pesclevi.
Durante 2003, Pesclevi había sido designada jueza penal de la ciudad de Río Grande, pero horas antes de asumir en el cargo fue detenida en La Plata acusada de «tráfico de influencias» junto a su marido.
Respecto de este caso, Frate dijo que “era un tema que estaba pendiente y creímos conveniente no dilatarlo más. Se tomó la decisión de poner punto final a esta situación y abrir el concurso para cubrir ese cargo”.
“Según las evaluaciones que se hicieron en el Consejo, creemos que hay suficiente razones para que si hay alguna presentación judicial no afecte a la provincia”.
Fundamentos
Los integrantes del órgano de selección y remoción de jueces fundamentaron la decisión de dejar al margen a Pesclevi citando algunas disposiciones contenidas en trabajos doctrinarios y ordenamientos positivos, referidos a lo que debe entenderse por actitud ética de los magistrados.
En ese sentido, se sostuvo que «si el juez es aquel hombre experimentado en prudencia y virtudes, es más fácil no sólo que pueda decir lo justo en el caso, sino que inspire la confianza en que eso que dice es efectivamente lo justo; ello, atento a que su vida recta constituye un dato significativo para avalar el juicio recto que da por el caso. Los ciudadanos merecen someter sus controversias a jueces confiables, entendiéndose por tales a aquellos conocidos por su honorabilidad en la vida pública y privada, y una acentuada vocación por el estudio, la actualización, y el perfeccionamiento profesional».
«Sin llevar adelante políticas que evidencien en manera fuerte y comprometida el mencionado pacto social, no existirán vías hábiles que colaboren para la tan buscada legitimidad moral de los jueces. Ha quedado demostrado que ya no es suficiente la legitimidad que resulta del mero cumplimiento de las reglas formales de designación en el cargo; como así tampoco lo son las mismas calidades científicas, profesionales y curriculares que en el juez puedan existir (…) Un buen juez puede hacer justicia aun con leyes inapropiadas; y un mal juez puede cometer una injusticia con una ley aceptable».
«El ciudadano que opte por el ejercicio de la magistratura debe asumir que, junto a las prerrogativas que la Constitución le otorga y asegura en su función, la sociedad espera de él un comportamiento ejemplar. Cuando el magistrado omita tal extremo y la magistratura sólo sirva para sus propios o ajenos proyectos, se impone un severo examen de conciencia y reflexión acerca de su misma continuidad en el Poder Judicial…».
Exhortaron al Colegio de Abogados a intervenir en el Consejo de la Magistratura
El abogado ríograndense Francisco Giménez analizó que es responsabilidad de los Colegios de Abogados provinciales pensar en la designación de los integrantes del Consejo de la Magistratura, para evitar que por falta de quórum el órgano continúe sin tratar el pedido de jury de enjuiciamiento contra los cortesanos del Superior Tribunal de Justicia presentado por el letrado.
La falta de dos miembros y la excusación del Fiscal de Estado, Virgilio Martínez De Sucre y de la cortesana, María del Carmen Battaini, impidió el tratamiento del pedido de Giménez en el Consejo, que seguirá sin reunir a los integrantes necesarios, por ejemplo, porque el ministro Coordinador Edgardo Welsch se ausentó de la provincia por el término de diez días.
“Si se excusan todos de tratar el asunto, no llegaremos jamás a nada; por eso creo que el Colegio de Abogados debe asumir la responsabilidad de esta situación de gravedad”, exhortó Giménez.
El abogado no dudó que la ausencia de los miembros necesarios para reunir al organismo de la Magistratura es una estrategia pensada “para dilatar el análisis de los pedidos de jury; todo quedará en stand by en tanto y en cuanto el ministro coordinador siga siendo Welsch, porque está pergeñado para trabar el proceso”,
Giménez llamó a pensar en la inédita situación que presenta en la actualidad el Consejo de la Magistratura, a la que calificó de “grave” porque “así no podremos dar con salida de la crisis institucional”.
Juicio Político a Colazo
El fiscal Fappiano pide documentación
El Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia, Oscar Fappiano, solicitó a la corte provincial la remisión de actuaciones que no fueron agregadas en el traslado, y que son necesarias para elaborar el último de los dictámenes previos a la resolución final. El pedido fue realizado por nota a última hora del pasado viernes.
Según trascendió, el fiscal ante el STJ no solicitó la ampliación del plazo de cinco días hábiles que se le confiriera para presentar su dictamen en torno de la medida cautelar promovida por el gobernador Jorge Colazo, por lo que los ministros de la corte deberán emitir un pronunciamiento definitivo en el término de cuarenta y ocho horas a partir de contar con la opinión de Fappiano.
Si bien los dictámenes del Fiscal de Estado y del Fiscal Fappiano no serán vinculantes, los ministros de la corte tendrán que fundamentar no solamente la resolución de la cuestión de fondo, sino el motivo del eventual apartamiento de las opiniones precedentes.