El artículo 14 señala: “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho”.
Habiendo se cumplido con el juicio y dadas las condiciones que indica la Carta Magna de la República, nadie está por sobre ella y por lo tanto el querer echar de una ciudad a una persona que en debido proceso adelantó que se instalaría en la localidad de Tolhuín por tener una prohibición de acercamiento con la víctima y de esta manera evitar tener que cruzársela, todo lo que se haga en sentido contrario es inconstitucional o lo que es peor, querer tomar justicia por mano propia.
Por eso creemos necesarias algunas aclaraciones al respecto, particularmente para quienes son autoridades u ocupan cargos y aun así alientan este tipo de hechos.
Sobre la manifestación en Tolhuín, por la presencia de un hombre imputado en una causa por abuso sexual, aclaro:
1-El sujeto está IMPUTADO, no CONDENADO, por el delito de abuso sexual.
2-El imputado residía en el mismo edificio que la víctima, violando así, una restricción de acercamiento hacia la niña.
3-La mamá de la víctima denunció los hechos.
4-Ante la denuncia pública y el escrache en redes sociales al involucrado, el hombre decidió ir a residir a #Tolhuin.
5-No existe riesgo procesal -significa que tiene domicilio en Tierra del Fuego, y arraigo, por lo cual la justicia entiende que el imputado no se va a fugar–
6-La justicia NO ORDENÓ que el hombre se vaya a vivir a #Tolhuin. El juzgado tomó conocimiento sobre el nuevo domicilio, mientras la causa sigue su curso.
7-El imputado no está privado de la libertad, por lo que, a fin de evitar cruzarse con la víctima y su familia, puede ir a residir a cualquier otro lugar de la provincia.
8-No hay procesamiento, ni condena firme sobre la persona imputada, está sometida al debido proceso.
9-La manifestación de los vecinos y vecinas de #Tolhuin, es comprensible, lo que no es admisible es que autoridades desconozcan las leyes vigentes y arenguen al escrache público.
10-La Justicia por mano propia, nunca ha terminado bien, ni en Tierra del Fuego, ni en la Quiaca. La pena de muerte en Argentina no está vigente y como dijimos al principio es violatorio de la Constitución Nacional.
Ya hemos vivido situacion similares donde se le arruinó la vida a personas que luego salieron absueltos por falta de pruebas o porque los hechos no fueron comprobados y nadie se hizo cargo de ellas, por eso existe la división de poderes y una justicia que, nos guste o no es la que decide en estas cuestiones.
Lorena Uribe/Armando Cabral