Ante el drenaje de reservas, que descendieron por debajo de los u$s42.500 millones brutos (el sector privado estima en u$s4.000 millones las reservas netas líquidas) estaba claro que algo iba a pasar y ocurrió. Pero el remedio puede terminar, quizás, afectando más el nivel de actividad y la inflación futura, ya que no puede soslayarse que más del 75% de lo que se importa son insumos, de ahí, que se puede estar hipotecando parte de la futura recuperación. Incluso, ayer un prestigioso economista comentaba a clientes que ni se estaban vendiendo algunos bienes importados ni con dólares billetes, como muestra del desconcierto local.
Por lo pronto, el objetivo del BCRA se va cumpliendo, frenar la pérdida de reservas, ya que desde el viernes pasado hasta ayer la mesa de operaciones de ente monetario terminó con posición compradora acumulando unos u$s460 millones. Fuentes oficiales señalan que lo visto en abril y mayo, en términos de importaciones, justifica los cambios: se importó por u$s5.800 millones y los importadores accedieron a divisas por u$s7.500 millones. O sea, se habrían pagado importaciones por un 30% más del volumen importado. Ahora bien, es el huevo o la gallina, por algo lo hicieron. Las brechas cambiarias y la incertidumbre influyen en la toma de decisiones.
Pero al margen de las idas y vueltas del BCRA resulta útil bucear sobre las peripecias que están viviendo las empresas, sobre todo por lo que puede acontecer. Podemos resumir, algunas de las principales, en las siguientes.
En cuanto a las restricciones a las importaciones, los trámites de importación están teniendo inconvenientes, ya desde marzo, por la cantidad de “observaciones” que reciben de la Secretaría de Comercio bajo el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI), que otorga las licencias automáticas y no automáticas.
Lo que les llama la atención es que debería ser la AFIP, que es la autoridad de aplicación, quién analice la situación del importador y su capacidad económica financiera para efectuar la operación que pretende cursar. Algunos especialistas les aconsejan exigir vía administrativa una explicación a la Secretaría previo a la instancia judicial. Al día de hoy, parece que muy pocos casos se han habilitado. Existen trámites exceptuados del Régimen de licencias de importación pero que se están viendo afectados por otras “observaciones” suspendidas del régimen, ahí recomiendan la vía cautelar.
Respecto del control de cambios, la “7030” requiere que se realice un análisis anticipado de cuándo se requerirá el acceso al MULC porque el BCRA debe corroborar si se poseen Activos Externos Líquidos Disponibles y consumirlos previamente a solicitar el acceso al MULC, luego si fuera necesario solicitar divisas al BCRA deberán presentarse Declaraciones Juradas (DDJJ) para poder evitar que el pedido se supedite a su conformidad previa. Además hasta el próximo 30 de junio las importaciones requerirán conformidad previa del BCRA, salvo que se cuente con la DDJJ donde se establece que el monto es inferior a las importaciones desde el 1 de enero pasado hasta el día previo al acceso al MULC. También el pago de deudas requerirá autorización previa del BCRA hasta el próximo 30 de junio. Así es la maraña del nuevo proceso en líneas generales porque la letra chica implica tener un posgrado en burocracia y legislación de comercio exterior y penal cambiario. En síntesis, todo está prohibido, según los especialistas, cuando el pago está sujeto a conformidad previa o DDJJ. El problema es que el BCRA reguló para atrás.
Las empresas reconocen que no hay “letra chica” sino sencillamente se afecta el acceso al mercado de cambios, y ello es clave para empresas con obligaciones con el exterior. Por eso hubo una avalancha previa de cancelación de deudas y préstamos. La “7030” del BCRA restringe aún más el mercado de cambios bajo un lema simple “no me pidan dólares si tienen dólares”. El problema es que pese a que una empresa use sus dólares debe presentar DDJJ de que tiene todos los activos externos depositados en el país más el compromiso de liquidar en el MULC a los cinco días de que cobre un plazo fijo o préstamos o venda activos. Ahora la DDJJ tiene un mayor alcance porque habla de “activos” no solo externos.
Otros de los efectos colaterales es que ahora las empresas e importadores deben analizar “concienzudamente” las DDJJ que presentan. Algunos funcionarios bancarios, sobre todo de sucursales, que no conocen ampliamente la legislación vinculada, en aras de ser expeditivos les recomiendan a los clientes poner “cualquier cosa, total quién lo va a controlar”. Craso error. Sobre todo porque entra a terciar la ley penal cambiaria. También ahora se están despachando que aquellas empresas que recibieron algún subsidio del Estado por la pandemia, quedaron a expensas de nuevas normas pasibles de sanción. De ahí que muchas comenzaron a devolver créditos promocionales o subsidiados recibidos en estos meses.
Fuente:ámbito.com