Porque no a la Municipalización de Margen Sur.

Rio Grande27/02/18.- Tengo miles de argumentos para oponerme a esta decisión, todos con el debido fundamento, pero el principal es que por sobre todas las cosas es inconstitucional y un país que institucionalmente no respeta las normas establecidas, está en problemas. Como ciudadano, contribuyente e individuo creo que este tema no resiste el menor análisis, pero aun así, lo expongo ante ustedes.

Empecemos por lo que marcan la Constitución Nacional, Provincial y las Cartas Orgánicas Municipales.

Constitución Nacional: Art. 123 – Cada provincia dicta su propia Constitución, conforme a lo dispuesto por el Art. 5 asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero.

La reforma de la Constitución Nacional de Argentina sancionada en 1994 consagró la autonomía de los municipios de Argentina, los cuales fueron habilitados a establecer sus propias formas de gobierno por medio de la redacción de cartas orgánicas municipales de acuerdo a los alcances determinados por cada provincia.

Constitución Provincial: Autonomía

 

Artículo 169°.- Esta Constitución reconoce al municipio como una comunidad

socio política natural y esencial con vida propia sostenida en un desarrollo

socio cultural y socio económico suficiente en la que, unidas por lazos de

vecindad y arraigo, las familias concurren en la búsqueda del bien común.

Asegura el régimen municipal basado en la autonomía política, administrativa

y económico financiera de las comunidades. Aquellos municipios a los cuales

se reconoce autonomía institucional podrán establecer su propio orden

normativo mediante el dictado de cartas orgánicas, gobernándose conforme al

mismo y con arreglo a esta Constitución.

Municipios.

Carta Orgánica Municipal.:AUTONOMIA

 

Artículo 3º.-

 

El Municipio de Río Grande dicta esta Carta Orgánica en ejercicio de la autonomía que le es propia en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero. Es independiente de todo otro poder en el ejercicio de sus atribuciones y ejerce todas las funciones que le competen de conformidad con su naturaleza y fines.

 

 

 

DEFENSA DE LA AUTONOMIA

 

Artículo 4º.-

 

Las autoridades constituidas y los representantes que actúan ante los gobiernos Provincial y Nacional tienen el deber inexcusable y el mandato expreso, permanente e irrenunciable, para que en su nombre y representación agoten todas las instancias legítimas para preservar la autonomía municipal y cuestionar cualquier norma legal o decisión que la limite o que signifique desconocer lo establecido en la Constitución Nacional,  en la Constitución Provincial y en esta Carta Orgánica.

 

 

 

AMBITO DE APLICACION

 

Articulo 5º.-

 

La Carta Orgánica es de aplicación en el territorio del Municipio de Río Grande, con los límites que por ley le corresponden.

Con lo expuesto ya debería ser más que suficiente, como se puede ver, la autonomía municipal y su defensa a rajatabla está prevista en todos los ámbitos, sin embargo y por razones que desconozco, aquí se va contra todo esto que está en vigencia y son las normas básicas de la política de estado y formación de las instituciones, es decir la institucionalidad.

No voy a entrar en el debate de, si corresponde o no, porque la intención de municipalizar un sector de la ciudad que fue usurpado en un 75%, que además no paga impuestos en un porcentaje similar y que aún carece de servicios básicos no resiste el menor análisis.

También puedo contar como se conformó, lo que fue el Barrio Austral a finales de la de década del 80, y quienes impulsaron los asentamientos informales, como le gusta decir a los demagogos y superficiales faltos de ideas, con ambiciones fundacionales de lo que ya ha sido fundado.

En tal sentido debo aclarar que ya hubo un antecedente de la intención de municipalizar una localidad de la Provincia de San Luis, donde según el proyecto, un concejo deliberante iba a estar a menos de 20 cuadras del otro y así con toda la infraestructura y con el mismo origen que aquí, desencuentros políticos, que pasan a personales y descuidan al contribuyente. Ese caso, Antecedentes de Municipalización, Carlos Ponce contra Provincia de San Luis,  terminó en la Corte Suprema de Justicia de la Nación y fue rechazado de plano, precisamente por ser inconstitucional desde todo punto de vista e injustificable.

Entonces y a modo de conclusión, este tipo de cuestiones que para muchos se reducen al interés de algún ignorante que pretende ponerse un traje de intendente, otros que creen que somos todos idiotas y finalmente los que van detrás los fondos, no tienen lugar en una provincia que a duras penas puede pagar los salarios, tiene serios problemas de infraestructura y se ha entrometido de una manera muy poco feliz en asuntos que no le son de su competencia.

Margen Sur es una zona más de la ciudad, con una determinada cantidad de vecinos como cualquier otra y con todos los servicios que hasta ahora le ha instalado allí el gobierno municipal, porque por eso tributan impuestos quienes viven allí, sumado a esto algunos aportes del gobierno nacional por gestión del Municipio.

Margen Sur está dentro del ejido urbano de Rio Grande y no hay ninguna posibilidad de intervención del Gobierno Provincial, de hecho se le puede cuestionar al municipio haber hecho más o menos, pero tampoco se justifica que el gobierno gaste en obras que son competencia de la Municipalidad de Rio Grande generando gastos de fondos que bien podrían destinarse a otra cosa.

8 de cada 10 riograndenses se oponen a esta intención, me tomé el trabajo de consultarlo en Facebook, la Cámara de Comercio se opone a esto, el Concejo Deliberante se opone a esto, entonces, demos un paso adelante, dejemos este dislate en el cajón de los recuerdos y dediquémonos a las cosas importantes y no a desviar la atención con este tipo de situaciones que no generan más que descredito, incertidumbre y una falta de credibilidad que, más de uno, debería tener en cuenta, porque además el costo que tiene llevar adelante esta idea es de casi dos presupuestos municipales solo para montar la infraestructura, costo que pagaran los contribuyentes, obviamente porque ya habrán entendido todo se hace con nuestra plata.

Espero haber sido claro y también que se termine esta aventura de la que aún no se han tenido en cuenta las derivaciones y consecuencias que nos podría acarrear.

Rio Grande es una sola ciudad, lo dice la ley y así debe seguir siendo.

Armando Cabral

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