En diálogo con Radio Fundación Austral, el funcionario señaló que “hace ya un tiempo que estaba en estudio del Poder Ejecutivo mejorar la estructura tributaria e incorporar a sectores que no estaban alcanzados”, de manera que “sea más justa y equitativa” la carga impositiva.
Para ello, se restablecerá el cobro del impuesto inmobiliario rural, “que había quedado atrasado por falta de actualización en las valuaciones de las tierras”, sostuvo el Secretario. Pese a que hace dos años hubo una reforma en este sentido, “prácticamente fue imposible aplicarlo, por lo que la recaudación por ese concepto es prácticamente cero, lo cual no deja de ser un dato llamativo” manifestó Durrieu.
Dicha modificación “se basaba en la receptividad ovina, es decir el rendimiento de la oveja, lo cual es un grave error técnico porque el impuesto inmobiliario no se paga por la producción de nada”, aclaró.
“El impuesto inmobiliario es un impuesto a la propiedad y no a la producción, y al igual que una persona tiene que pagar impuestos inmobiliarios por su casa, los propietarios rurales también tienen que pagar por sus campos”, agregó el funcionario.
En consecuencia, “el único criterio que puede ser tomado es el valor de las propiedades, y sobre esa evaluación fiscal pagar una alícuota acorde a lo que se paga en cualquier parte del país y hasta quizás un poco menos”.
En principio, el porcentaje a tributar será del 1% anual (unos 10 pesos por hectárea al año) “que es una cifra más que moderada”, consideró Durrieu. Además, “y para que no haya problemas con las valuaciones, se hizo un estudio con el Consejo Federal de Inversiones tomando las operaciones de compra-venta de los últimos años. De esta manera, se estimó cual podría ser el valor promedio de una hectárea en la provincia de Tierra del Fuego”.
“Lógicamente después vendrán los ajustes dependiendo de la zona en que se encuentra la tierra”, acotó.
El Secretario de Ingresos Públicos dejó en claro también que “es obligación del Estado incorporar esos tributos a la vida económica de la provincia, porque así está enmarcado en la Constitución”.
El impuesto al sello “es otro de los tributos importantes que estaba establecido parcialmente, porque no todos los actos, contratos u operaciones realizadas por los contribuyentes estaban gravados”, explicó el funcionario.
En el proyecto de ley “este impuesto se generaliza, de manera que todos los contribuyentes que realizan estas acciones tendrán que tributar”, agregó.
En cuanto al impuesto a los ingresos brutos simplificado, Durrieu mencionó que “es un sistema que se prevé para los contribuyentes medianos o menores, por lo que tendrán que abonar una cuota fija que hará que se simplifiquen los trámites, y donde por un lado no tendrán gastos administrativos para la liquidación y por el otro el monto a pagar se lleva al mínimo de la escala, por lo que tiene hasta un beneficio económico”.
Respecto a la eliminación de la tasa cero, la medida está fundamentada en el principio de que todas las actividades deben estar gravadas. “Por distintos motivos, se fue reduciendo el impuesto sobre los ingresos brutos para algunas actividades hasta llegar a la aplicación de la tasa cero. En algún momento, esta exención estaba justificada por una razón excepcional, pero lo largo del tiempo era una situación a corregir, para que los tributos se apliquen uniformemente y no que algunos sectores tengan privilegios que con el tiempo son insostenibles”, concluyó.