LEY DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO Y EL COSTO FISCAL PARA LOS MUNICIPIOS

Viern 23 15:49 hs.- La reimplementación de la Ley de Financiamiento Educativo implica una detracción de $17.680 millones anuales a la coparticipación provincial, equivalente al 0.8% del PIB.  Estos recursos equivalen al 10.7% de la coparticipación anual a provincias presupuestada por el Gobierno Nacional, y al 10.2% de nuestra proyección propia.  Dado que los municipios reciben en promedio, aproximadamente el 13% de los giros coparticipados a provincias, las intendencias contarían con unos $2.400 millones menos en concepto de ingresos tributarios a lo largo de 2012.  Si bien no se cuenta con datos actualizados a nivel municipal, la pérdida asociada a la reimplementación de la LFE representaría alrededor del 7% de la coparticipación municipal y el 3% de los recursos anuales, ambas cifras estimadas en forma previa a la reforma

Qué implica la Reimplementación de la Ley de Financiamiento Educativo…
La Ley de Financiamiento Educativo (LFE en adelante) fue sancionada en Diciembre de 2005, y tuvo como principal objetivo incrementar la inversión en educación, ciencia y tecnología por parte del
Gobierno Nacional, Provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En términos cuantitativos, se proponía elevar progresivamente la participación del Gasto Público Consolidado en Educación en el
PIB, hasta alcanzar la meta del 6% en 2010, partiendo del 4.6% alcanzado en 2005.
Al margen de las consideraciones que se puedan hacer sobre el impacto que ha tenido la Ley en términos de mejoras en la calidad del sistema educativo, se debe decir que las metas cuantitativos fijadas en la LFE no sólo fueron alcanzados, sino sobre-cumplidos, de acuerdo a los datos publicados por el Ministerio de Educación de la Nación.

Gasto Consolidado en Educación, Ciencia y Tecnología
En millones de pesos corrientes

Fuente: E&R, en base a datos del Ministerio de Educación de la Nación
Asimismo, en la Ley se determinaban los esfuerzos relativos que debían hacer ambos niveles de gobierno para alcanzar los aumentos progresivos en el Gasto Educativo: de acuerdo a los artículos 4º y
5º, la Nación debía aportar el 40% de los recursos adicionales en forma anual, quedando el restante 60% en manos de los Gobiernos Subnacionales1.
Para este fin, se creó una afectación específica de recursos coparticipables para garantizar el financiamiento automático de la parte correspondiente a las provincias, evitando que la misma quede a
merced de la discrecionalidad de las Administraciones Provinciales. Cabe señalar que la parte afectada correspondía únicamente a los recursos adicionales necesarios para ampliar la participación en el PIB,
ya que de afectarse la totalidad del Gasto en Educación de hubiera absorbido, a modo de ejemplo, más del 50% del flujo anual coparticipado en 2010.
1 Un aspecto a destacar es que mientras que el financiamiento de recursos adicionales tenía una relación 60%/40% a expensas de las provincias, al momento de la sanción de la LFE (2005) las participaciones relativas en el Gasto Educativo eran 73%/27%, respectivamente. Al mantenerse inalterada la estructura de financiamiento vigente a 2005, las provincias debieron aportar una mayor proporción de recursos para cumplir con la ley, ascendiendo dicho porcentaje al 69% como promedio para el período 2005/10.
El artículo 7º fijaba un plazo de cinco años para dicha afectación de recursos (2006/2010), de modo que a partir del 31 de diciembre de 2010 (una vez alcanzada la meta del 6%), las provincias recuperaban la
libre disponibilidad de dichos recursos, lo cual efectivamente se llevó a cabo durante 2011.
Si bien en el Proyecto de Ley de Presupuesto 2012 no estaba incluido, al momento de sancionar la Ley se introdujo un nuevo artículo2 a partir del cual la LFE recupera su vigencia a lo largo del ejercicio fiscal
2012, y es en este punto donde surge la problemática financiera para las Provincias y para los municipios, en particular, ya que ambos niveles de Gobierno elaboraron sus pautas presupuestarias anuales (tanto en términos de recursos como gastos), sin contemplar esta afectación y detracción,respectivamente, en sus ingresos coparticipados.
En el punto siguiente se aproxima la pérdida de recursos fiscales municipales que implica la restitución de la LFE en 2012.
Financiamiento Educativo 2012, la Afectación de Recursos para las Provincias y el Costo Fiscal para los Gobiernos Municipales…
Para estimar la afectación (en el caso de las Provincias) y la pérdida de recursos (para los municipios)que afrontarían los gobiernos subnacionales en 2012, se debe calcular en primera instancia el monto
total de recursos que serán destinados a financiar la asignación específica de la LFE, en este caso para mantener el ratio del 6% del gasto destinado exclusivamente a la finalidad educación.
Dado que en 2011 la LFE no tuvo vigencia, no se cuentan con datos desagregados de ejecución del Gasto Educativo, para lo cual estimamos su evolución a partir de los datos de cierre 2010, asumiendo
que el incremento fue destinado a mantener la participación en el 6% (del cual el 4.2% es financiado por las provincias), en lugar del 6.2% alcanzado en 2010. De este modo, el gasto consolidado debería
haber seguido una dinámica de crecimiento algo inferior a la del PIB (18% vs 23%, respectivamente),equivalente a un gasto adicional combinado de $16.443 millones, y ubicando el gasto consolidado en
$106.301 millones.
Para el 2012, el cálculo se simplifica a replicar el incremento en el producto bruto previsto en la Ley de Presupuesto Nacional, tal cual establece el artículo 6º de la LFE. De este modo, el gasto educativo
debería expandirse en un 17.7%, tanto a nivel nacional como provincial, llevando el gasto total combinado a $125.117 millones. Esto implica un aporte subnacional de $13.168 millones anuales, que
le permite mantener su participación en el 4.2% del PIB.
2 ARTICULO 73º.- Establécese la vigencia para el ejercicio fiscal 2012 del artículo 7º de la Ley 26.075, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley 26.206. / ARTICULO 9º.- El Estado garantiza el
financiamiento del Sistema Educativo Nacional conforme a las previsiones de la presente ley. Cumplidas las metas de financiamiento establecidas en la Ley Nº 26.075, el presupuesto consolidado del Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado exclusivamente a educación, no será inferior al SEIS POR
CIENTO (6%) del Producto Interno Bruto (PIB)

Gasto Consolidado en Educación, Ciencia y Tecnología
En millones de pesos corrientes

Fuente: E&R, en base a datos del Ministerio de Educación de la Nación
Si bien este es el número con el cual deberíamos trabajar, si se miran las detracciones efectuadas en el primer bimestre se observa que la afectación anual será sustancialmente mayor. En este sentido se
debe concluir que la estimación de los aportes adicionales se realizó tomando un PIB mayor al previsto en el Proyecto de Presupuesto, o en caso contrario, que durante 2011 la participación del gasto en
educación de las provincias se ubicó por debajo del 4.2% (3.94% según nuestros cálculos), de forma que el esfuerzo financiero que deberán hacer en 2012 será mayor, como se ve a continuación.
Volviendo a los datos de ejecución, para llegar al monto que efectivamente se detraería en 2012 se multiplica el promedio diario de transferencias a la fecha ($72.761) por la cantidad de días hábiles de
2012 (243). Dicha cuenta asciende a $17.680 millones, un 34% por arriba de nuestro cálculo original, e implicando un gasto adicional de $4.500 millones. Los recursos afectados equivalen al 10.7% de la
coparticipación anual a provincias presupuestada por el Gobierno Nacional ($164.886 millones), y al 10.2% de nuestra proyección propia ($173.000 millones).

AFECTACIÓN PROVINCIAL DESTINADA A LA LEY DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO 2012

En miles de pesos
Es de destacar que la afectación de los recursos en el marco de esta Ley fue sentida por las Provincias hacia fines de Enero de 2012, y durante Febrero de 2012, particularmente, cuando se afectó una mayor proporción de recursos para compensar los montos no afectados durante Enero último. Si bien la situación ha sido normalizada en lo que va Marzo, y se afecta diariamente una suma fija, las Provincias han visto deducidos una importante porción de recursos de libre disponibilidad (más del 10% del monto total coparticipado), lo que las obliga a recalcular sus previsiones de gastos y reasignar partidas presupuestarias.
Dado que para la coparticipación de recursos provinciales a municipios, deben deducirse estos recursos afectados por la LFE, esta detracción la sufrirán los municipios a lo largo del ejercicio 2012. Dado que
los municipios reciben aproximadamente el 13% de los giros coparticipados a provincias, podemos afirmar que las intendencias contarían con unos $2.400 millones menos en concepto de ingresos
tributarios a lo largo de 2012. Si bien no se cuenta con datos actualizados a nivel municipal (la última información disponible data de 2010), la pérdida asociada a la reimplementación de la LFE
representaría alrededor del 7% de la coparticipación municipal y el 3% de los recursos anuales, ambas cifras estimadas en forma previa a la refor ma3. En otras palabras, los municipios financiarán una parte
($2.400 millones) del gasto educativo provincial de 2012.
Escenarios Alternativos de Coparticipación Municipal
En millones de pesos
Fuente: E&R, en base a datos del MECON y Legislación Vigente
3 El monto de recursos previo a la reforma se estima en $85.000 millones, resultante de aplicar a los datos de cierre 2010 las variaciones estimadas para 2011 y 2012 a nivel provincial.
A excepción de los municipios pertenecientes a las provincias de Jujuy y San Juan (y obviamente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) que no registrarán detracciones por tratarse la coparticipación de
una suma fija determinada anualmente (San Juan) o atada al pago de los salarios municipales (Jujuy), el resto de las intendencias percibirán detracciones anuales promedio del 6.5%, registrándose un máximo del 12% en la provincia de Misiones y un mínimo del 2% en Santa Cruz y Tierra del Fuego.
Lógicamente, la dispersión en la pérdida de recursos deriva de la ponderación relativa que tenga la coparticipación federal en la fórmula de cada una de las jurisdicciones.
En valores absolutos, la mayor pérdida se registra en la provincia de Buenos Aires (-$918 millones) en tanto que el mínimo se observa en Santa Cruz (-$14 millones), ya que en dicha provincia la
coparticipación municipal se nutre en gran medida de las regalías de hidrocarburos. El monto promedio de pérdida se ubicaría en $113 millones, para las 19 jurisdicciones con caída de recursos.

Fuente:Economia y Regiones.
Director Economista: Rogelio Frigerio.

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