En el acto el Jefe comunal estuvo acompañado por el Presidente del Concejo Deliberante, concejal Juan Felipe Rodríguez; el Secretario de Gobierno, CP Gabriel Clementino; el Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ariel Pagella; la Secretaria de Asuntos Sociales, María Ester Martínez, y el Gerente Ejecutivo de la Agencia Municipal de Deportes y Juventud, Alfredo Guillén.
El Decreto Nº 1044/2005 menciona:
“VISTO: El Expediente administrativo Nº 5810/2005; y
CONSIDERANDO:
Que por ordenanza Municipal Nº 1407/01, el Concejo Deliberante de la Ciudad de Río Grande procedió a convocar a elecciones generales del electorado de esta ciudad para cubrir los cargos de Convencionales Constituyentes para el dictado de la Carta Orgánica Municipal, todo ello de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 176º de la Constitución Provincial.
Que dicha voluntad ha sido ratificada por el citado Cuerpo deliberativo con fecha 07 de Julio de 2004 mediante la Declaración Nº 026/04, que expresamente dispuso declarar de Interés Municipal la convocatoria a Convención Constituyente Municipal para sancionar la Carta Orgánica.
Que en virtud del Artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 1407/01 se facultó a este Departamento Ejecutivo a reglamentar dicha ordenanza y a fijar la fecha para elegir Convencionales Constituyentes.
Que el número de Convencionales Constituyentes establecido en la citada Ordenanza no ha sufrido cambio alguno, como tampoco existe ninguna norma que haya variado el sistema electoral en ella dispuesto, y el tiempo de duración de la Convención es el establecido por el Artículo 176º de la Constitución Provincial.
Que de acuerdo al Dictamen obrante a fs.9/10 de autos, se trata de una elección extraordinaria.
Que establecida la fecha de elección, corresponde fijar el momento de constitución de la Convención Municipal ya que ambas fechas deben guardar armonía entre sí , de modo que quede asegurada la consecución del fin propuesto cual es la sanción de la Carta Orgánica Municipal.
Que a través de las correspondientes reparticiones municipales deberán preverse las medidas necesarias a fin de dar cumplimiento a los dispositivos contenidos en los Artículos.5º y 6º de la Ordenanza Municipal Nº 1407/01.-
Que existen fondos presupuestarios y financieros para atender los gastos que demande la Convención Constituyente Municipal.
Que este Ejecutivo Municipal se encuentra facultado para el dictado del presente de acuerdo a la Ley 236/84.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE RIO GRANDE
DECRETA
Artículo 1º.- CONVOCAR al electorado de la Ciudad de Río Grande, para que el día 04 de Junio de 2006 elija 14 Convencionales Constituyentes Municipales, a los fines de sancionar la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Río Grande.
Artículo 2º.- EL padrón electoral a utilizar en la elección será el que dispone el Artículo 19º de la Ley Nº 201.
Artículo 3º.- LOS cargos se distribuirán conforme el sistema de representación proporcional D’Hont, y en todo su desarrollo regirán las normas contenidas en la legislación electoral provincial vigente (Ley 201 y sus modificatorias).
Artículo 4º.- LA Convención Constituyente Municipal se constituirá el día 01 de agosto de 2006 a los efectos de dar comienzo a sus tareas, debiendo cumplir su cometido en el término de noventa días, que podrán ser prorrogados por única vez por treinta días más.
Artículo 5º.- MIENTRAS dure su mandato los Convencionales Constituyentes Municipales percibirán una remuneración equivalente a la de Concejal Municipal.
Artículo 6º.- INSTRUIR al Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos a que adopte todas las medidas necesarias para que la Convención cuente con el espacio físico y la infraestructura que requiera su cometido.
Artículo 7º.- INSTRUIR al Sr. Secretario de Finanzas para que realice las previsiones presupuestarias necesarias para asegurar la normal constitución y funcionamiento de la Convención. Dicha área de Gobierno tendrá la administración de los fondos asignados.
Artículo 8º.- INSTRUIR al Sr. Secretario de Gobierno para que realice las gestiones necesarias por ante los órganos electorales correspondientes a los fines de garantizar el normal desarrollo del proceso electoral.
Artículo 9º.- DISPONER la publicación de la Ordenanza Municipal Nº 1407/01, de la Declaración Nº 026/04 y del presente Decreto.-
Artículo 10º.- REFRENDAN el presente Decreto los Secretarios del Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo 11º.- REGISTRAR. Comunicar. Publicar y cumplido, archivar”.
EL INTENDENTE JORGE MARTÍN FIRMÓ EL DECRETO PARA CONVOCAR A LA ELECCION DE CONVENCIONALES CONSTITUYENTES
En la mañana de ayer, el intendente municipal Ing. Jorge Martín, firmó el Decreto Nº 1044/2005, por el cual se convoca al electorado de la ciudad para el día 04 de junio de 2006, para que elija 14 Convencionales Constituyentes Municipales, a los fines de sancionar la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Río Grande
