Prisión en suspenso para el vecino que amenazó al intendente de Ushuaia

Juev 13/03/14 16:22 hs.-El Juzgado Correccional del Distrito Judicial Sur condenó este miércoles a Héctor Felipe Mecina a cumplir la pena de ocho meses de prisión en suspenso al encontrarlo autor penalmente responsable del delito de amenazas al Intendente Municipal Federico Sciurano, por un hecho acontecido el 17 de julio de 2012 en Ushuaia.

En aquella oportunidad el acusado le entregó en mano al por entonces Secretario de Gobierno José Luis Ghiglione una nota en la que advertía al intendente Sciurano que le iba a pegar un tiro sino le daba respuesta a diferentes reclamos a su entender incumplidos por el Municipio.

La jueza Correccional Felicitas Maiztegui, quien presidió el juicio oral y público desarrollado en la sala de juicios «Conrado Witthaus” del edificio de Tribunales de Congreso Nacional 502, dispuso además de la prisión en suspenso que durante el lapso de dos años a partir de que quede firme la sentencia el condenado tiene prohibido el acercamiento o contacto oral o escrito, o a través de los medios de comunicación, al Intendente Municipal o a cualquier integrante de su familia.

En caso contario Mecina perderá la condicionalidad de la pena en suspenso.

El fiscal Daniel Curtale efectuó la acusación bajo los cargos de amenazas y atentado a la autoridad mientras que el Defensor Público representado por el Doctor Juan Carlos Núñez, había solicitado el sobreseimiento de Mecinas por entender que se trataba de una persona enferma con algunas patologías psiquiátricas.

En ese punto, a pedido del Defensor Público, la jueza dispuso que a través del Hospital Regional Ushuaia se determine un diagnóstico psiquiátrico y su tratamiento.

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A continuación anexo fallo resolutorio.

USHUAIA, 12 de marzo de 2014.-

VISTO:

Esta Causa nº 2721/2013, caratulada: “MECINA, Héctor Felipe S/Amenazas en Concurso Ideal con Atentado a la Autoridad”, originaria nº 27910 del Juzgado de Instrucción nº 1 del Distrito Judicial Sur, seguida a instancia fiscal contra HECTOR FELIPE MECINA, sin sobrenombre o apodo, alfabeto, de nacionalidad argentina, estado civil soltero, nacido en la localidad de Calingasta (Provincia de San Juan), el día 15 de abril de 1964, de ocupación o profesión pensionado, titular del D.N.I. nº 16.669.558, hijo de Manuel Felipe (f) y de Delia Cristina Tello, con domicilio real en calle 2 de abril nº 63, Barrio Parque, de esta ciudad,; por el delito de Amenazas en Concurso Ideal con Atentado a la Autoridad (arts. 149bis y 237 del Código Penal); y de conformidad con las disposiciones contenidas en los arts. 374; 365; 367; 377 Segundo Párrafo, siguientes y concordantes del C. P. P.,

EL JUZGADO CORRECCIONAL DEL DISTRITO JUDICIAL SUR
DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL
ATLANTICO SUR
FALLA
I) CONDENANDO a HECTOR FELIPE MECINA, D.N.I nº 16.669.558 de las demás condiciones personales precedentemente indicadas, a LA PENA DE OCHO (8) MESES DE PRISION EN SUSPENSO, con costas (arts.26 y 29 del C.P. y arts. 372 y 492 del C.P.P.), como autor penalmente responsable del delito de Amenazas (arts. 45 y 149bis del C.P.), por el hecho cometido el 17 de julio de 2012, en esta ciudad de Ushuaia, conforme fuera puntualizado en el respectivo requerimiento de elevación a juicio.
II)ABSOLVIENDO a Hector Felipe Mecina del delito previsto en el art. 237 del C.P
III) DISPONIENDO que durante el lapso de dos (2) años a partir de que quede firme la presente sentencia deberá cumplir con las siguientes reglas de conducta: 1) Fijar residencia y comunicar todo cambio de la misma al Juzgado de Ejecución; 2) Someterse al cuidado del Patronato (1) una vez al mes y 3) Abstenerse de realizar bajo cualquier modalidad actos u omisiones que impliquen amenazas,violencia e intimidación hacia el señor Federico Sciurano, aún cuando cese su mandato de Intendente Comunal. Asimismo se le impone prohibición de contacto o acercamiento oral o escrito y/o por interpósita persona o medios de difusión pública o privada respecto del nombrado y su familia. Todo bajo apercibimiento de dejar sin efecto la condicionalidad de la pena en suspenso (Art. 27 bis del Código Penal).
IV) En atención a lo peticionado por el Defensor Público y conforme lo previsto en la Ley Nº 110 y 26. 657 arts.3,5,7,11,16,20,28 y cctes. y art. 152 ter del Código Civil, DISPONGO librar oficio al Hospital Regional Ushuaia para que previa citación al señor Héctor Felipe Mecina con conocimiento de la Defensoría Pública, determine un diagnóstico psiquiátrico y su abordaje, dentro del plazo de veinte (20) días, como necesidad de internación o de tratamiento ambulatorio, procediendo al seguimiento del caso. Ofíciese a sus efectos.Asimismo se impone al señor Defensor Oficial a que proceda en relación a su pupilo, en los términos previstos en el art. 152 ter del Código Civil e informe su resultado, dentro del plazo de treinta (30) días.

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