Reforma laboral ya es ley: todos los cambios en indemnizaciones, despidos, sindicatos, vacaciones y horas extras

Argentina 06/03/2026.- El Gobierno promulgó la reforma laboral: qué cambia en indemnizaciones, despidos, sindicatos, vacaciones y horas extras tras la aprobación definitiva en el Congreso.

  • El Gobierno promulgó la Ley 27.802 de Modernización Laboral mediante el Decreto 137/2026.
  • La norma introduce cambios en indemnizaciones, despidos, vacaciones, horas extras y actividad sindical.
  • El polémico artículo 44 sobre licencias médicas fue eliminado antes de la sanción definitiva.

El Gobierno promulgó la Ley 27.802, denominada Ley de Modernización Laboral, que introduce cambios relevantes en distintos regímenes laborales. La medida se oficializó mediante el Decreto 137/2026 publicado este viernes en el Boletín Oficial, una semana después de que el proyecto fuera aprobado por el Senado.

La norma había obtenido media sanción en la Cámara alta el 12 de febrero, pero durante su tratamiento posterior surgieron fuertes cuestionamientos al artículo 44 sobre licencias médicas. Finalmente, el oficialismo decidió eliminar ese punto antes de la votación en Diputados. Tras esos cambios, el proyecto volvió al Senado, donde fue aprobado con 42 votos a favor, 28 en contra y 2 abstenciones.

El decreto de promulgación lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello. El texto definitivo quedó estructurado en 25 capítulos que modifican distintos aspectos del régimen laboral vigente.

Los principales cambios de la reforma laboral

Entre las modificaciones más relevantes, la ley reformula el régimen de indemnizaciones por despido. El artículo 245 establece que, en casos de despido sin causa, corresponde un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, fijando además nuevos criterios para calcular la remuneración base.

La norma también habilita que los convenios colectivos puedan reemplazar el sistema de indemnizaciones por un fondo o sistema de cese laboral financiado por el empleador. Además, crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a ayudar al cumplimiento de obligaciones vinculadas a la finalización del contrato de trabajo, financiado con contribuciones mensuales de 1% para grandes empresas y 2,5% para pymes.

Otro capítulo introduce cambios en el funcionamiento sindical. La reforma establece que las asambleas gremiales deberán realizarse sin afectar el normal funcionamiento de la empresa y requerirán autorización previa del empleador sobre horario y duración. También tipifica como infracciones muy graves acciones como bloquear o tomar establecimientos.

La ley incorpora además nuevas reglas sobre vacaciones y horas extras. Las vacaciones deberán otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril, con aviso mínimo de 30 días y posibilidad de fraccionarlas en períodos no menores a siete días. En cuanto a las horas extraordinarias, se habilita la implementación de «bancos de horas» acordados entre empleador y trabajador, con registro escrito y sistemas formales de control.

Finalmente, la norma establece que sus disposiciones no se aplicarán a trabajadores de la administración pública, personal de casas particulares, trabajadores agrarios, prestadores independientes de plataformas digitales ni contratistas regulados por el Código Civil y Comercial.

Fuente:El Economista

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