Un juez frenó el decreto que suspendió el financiamiento universitario

Argentina 24/12/2025.- Fuerte revés para el Gobierno: la Justicia frenó el decreto que suspendía el financiamiento universitario y ordenó actualizar salarios y becas.

La Justicia federal dispuso dejar sin efecto de manera provisoria el decreto del Poder Ejecutivo que había suspendido la aplicación de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. La medida representa un nuevo revés judicial para el Gobierno nacional en su política hacia el sistema universitario.

El fallo fue dictado por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, quien hizo lugar a una medida cautelar en el marco de un amparo colectivo y ordenó al Estado cumplir de forma inmediata con la actualización de salarios docentes y becas estudiantiles previstas en la ley 27.795.

La cautelar que dejó sin efecto el decreto presidencial

La resolución judicial declaró inaplicable, de manera provisoria, el Decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno había condicionado la ejecución de la ley pese a la insistencia legislativa de ambas cámaras del Congreso, tras el veto presidencial.

Según el magistrado, el decreto presenta, en esta etapa inicial del proceso, rasgos de “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”, al suspender una norma sancionada conforme al procedimiento previsto en el artículo 83 de la Constitución Nacional.

El amparo colectivo impulsado por las universidades

La acción judicial fue promovida por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) junto a otras entidades, con patrocinio, entre otros, del constitucionalista Pablo Manili. Los demandantes cuestionaron la validez constitucional del decreto y reclamaron el cumplimiento inmediato de los artículos 5° y 6° de la ley 27.795.

En su presentación, señalaron que la suspensión de la norma afectaba de manera directa y urgente el poder adquisitivo de docentes y no docentes, el monto de las becas estudiantiles y el normal funcionamiento del sistema universitario.

El análisis del juez sobre la legalidad del decreto

Al resolver, Cormick recordó que el amparo exige circunstancias excepcionales, como la existencia de un daño grave y una ilegalidad manifiesta. En ese marco, subrayó que la cautelar solicitada tenía carácter innovativo, ya que implicaba ordenar el cumplimiento inmediato de una ley suspendida por el Ejecutivo.

El magistrado consideró acreditada la inobservancia clara de un deber jurídico por parte del Estado, al suspender la ejecución de una ley insistida por el Congreso mediante una norma de jerarquía inferior, como el artículo 5° de la ley 24.629.

La prevalencia de la Constitución y la insistencia del Congreso

En su fallo, el juez sostuvo que la insistencia legislativa no admitiría, al menos en este análisis preliminar, una “variante suspensiva” de la ley. Remarcó que la Constitución establece que, insistida una norma con los dos tercios de ambas cámaras, el proyecto es ley y debe ser aplicado.

Si bien reconoció que el análisis definitivo se realizará al dictar sentencia, afirmó que la solución precautoria se funda en la prevalencia del texto constitucional frente a normas de menor jerarquía.

El impacto económico y el interés público

En relación con el “peligro en la demora”, Cormick señaló que la pérdida del poder adquisitivo del sector universitario se encuentra reconocida tanto en la ley como en el propio decreto impugnado, y que esa situación continúa vulnerando derechos laborales protegidos por tratados internacionales y la Constitución.

Además, destacó que el impacto fiscal de la ley sería poco significativo, al citar estimaciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso, que ubican su costo en torno al 0,23% del PBI, frente al daño que implicaría no garantizar el derecho a enseñar y aprender.

Una decisión provisoria hasta el fallo definitivo

El juez descartó que la medida genere efectos irreversibles, al tratarse de una decisión provisoria dictada en un contexto dinámico y con el debate presupuestario aún abierto.

Finalmente, consideró que la decisión del Ejecutivo de suspender la ley “parece, en este estado larval del proceso, reñida con el principio de división de poderes”. Por ello, ordenó al Estado cumplir de inmediato con la actualización salarial y de becas, bajo caución juratoria, hasta que se dicte la sentencia definitiva.

 

Fuente: GLP

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