Del encuentro, presidido por el Dr. Gonzalo Sagastume, participaron los legisladores Verónica De María, Marcelo Fernández (ARI); Fabio Marinello (PSP); Roberto Frate y Damián Löffler (MPF); Ana Lía Collavino, Adrián Fernández (FPV) y Gabriel Pluis (UCR), junto al Contador Ricciuti y su abogado defensor, Dr. Demetrio Martinelli.
La encargada de izar el pabellón nacional y provincial fue la legisladora Verónica De María (ARI)
MARTINELLI: Expuso por más de una hora y media los argumentos centrales de su defensa.
Luego hizo uso de la palabra el representante legal del miembro suspendido del Tribunal de Cuentas, doctor Demetrio Martinelli, quien expuso por más de una hora y media los argumentos centrales de su defensa.
En primer lugar aclaró que su tarea es representar a “un ciudadano íntegro, honesto, profesional y absolutamente comprometido con la defensa de las Instituciones de la Provincia”.
En tanto, señaló que “no existe en este proceso ninguna documentación, ni otra clase de prueba que permita siquiera sospechar conducta alguna de mi representado que importe la configuración de la causal de mal desempeño del cargo”.
Agregó que “el Contador Ricciuti ha expuesto a lo largo de sus 16 años de gestión un celo que, estamos seguros, ha molestado a más de una Administración Provincial, pero que en todo caso, no han llegado tan lejos como la actual en la descalificación de los integrantes del máximo organismo de control de las cuentas públicas”.
RICCIUTTI: “Espero que entiendan los errores en los que incurrió la Sala Acusadora”
Luego de un cuarto intermedio tomó la palabra el Contador Claudio Ricciutti quien manifestó que, “a pesar de mis problemas de salud, Díos ha querido que esté acá y probablemente usó a la gobernadora como instrumento para no aceptarme la renuncia y así decir mí verdad”.
El Vocal suspendido señaló que, “de ahora en más me encuentro en manos de los Legisladores, esperando que entiendan los errores en los que incurrió la Sala Acusadora, que para mí fueron groseros y con un total desconocimiento de lo establecido en la Ley 50”.
Remarcó que se retira “con el espíritu pleno de saber que durante dieciséis años hice lo que correspondía y si me llegó el turno de irme, así lo dispone Díos y me iré tranquilo, quedando claro en mi alocución como en la de mi abogado que actuamos en el marco de la Ley y que he sido tratado de una manera desigual”
Posterior a oír los argumentos, los legisladores se retiraron a la Sala de Reuniones –invitados por el Dr. Sagastume- “a fin de evaluar la petición de prueba” que formulara el defensor del integrante del Tribunal de Cuentas.
La sentencia se conocerá el próximo 17
Finalizado el acto, el presidente de la Sala Juzgadora, doctor Gonzalo Sagastume, contó que el doctor Martinelli hizo la defensa técnica y luego el contador Ricciuti cerró con su opinión personal sobre el contenido del juicio político.
Por otro lado aclaró que, “el segundo cuarto intermedio obedeció a que la defensa solicitó diligencias de prueba, con lo cual la Sala Juzgadora dio lugar a lo solicitado por la defensa sobre todo al pedido de informe, pero desechó el pedido de prueba testimonial”.
Agregó que a los efectos de que la defensa “se imponga” y “alegue” sobre la prueba producida se llamó a un nuevo encuentro para el martes 9 a las 15 horas, y la fecha de la lectura de la sentencia será el miércoles 17 a las 11 horas.
Sobre el criterio de la Sala en torno al pedido de la defensa, Sagastume indicó que de los “ocho miembros, 7 se inclinaron sobre la prueba tal cual fue pedida por la presidencia, y el doctor Pluis por el contrario solicitó la prueba en su totalidad”.
Conformación de las Salas de Juicio Político
La Sala Juzgadora está integrada por los legisladores Verónica De María, Marcelo Fernández (ARI); Fabio Marinello (PSP); Roberto Frate y Damián Löffler (MPF); Ana Lía Collavino, Adrián Fernández (FPV) y Gabriel Pluis (UCR)
Por parte de la Sala Acusadora, la completan los parlamentarios Elida Deheza, Osvaldo López y Manuel Raimbault (ARI); Ricardo Furlan y Ricardo Wilder (FPV); Mónica Urquiza (MPF) y Luis Velázquez (MO), de acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la Constitución Provincial y la Resolución Nº 090/10.
