En este marco se precisó que no sólo no existía ninguna obligación de la Municipalidad para adoptar la responsabilidad de indemnizar, sino que también, el acto administrativo fue realizado sin ningún dictamen jurídico previo como indica la ley.
Por otra parte, Tavarone señaló que “cuando se realizo el acto administrativo de indemnización ya se encontraba suscripto el nuevo contrato de recolección y el consecuente convenio de trabajo, con lo cual estaba clara la continuidad laboral tanto de la empresa como de sus trabajadores” y agregó “si existiera responsabilidad de la municipalidad de abonar indemnizaciones debe constar en el contrato con la empresa y también en el pliego, de esa manera muchas empresas querrían postularse teniendo tamaña facilidad.”
La ampliación de la denuncia que fuera realizada oportunamente fue enviada a la Sindicatura Municipal de Ushuaia.