Denunciante investigado: Sciurano deberá dar explicaciones

El intendente de Ushuaia Federico Sciurano deberá dar explicaciones sobre su declaración ante la jueza María Cristina Barrionuevo, al igual que uno de sus hombres de confianza, Hugo Cano, a quien se le imputa ahora el delito de falso testimonio. Es el derrotero de las dos causas penales que se desprendieron de la denuncia original, en contra de los denunciantes. Sciurano había sugerido un ofrecimiento de coimas por parte del empresario Raso, a cambio de retrotraer la desadjudicación de un predio, y ahora deberá probarlo. Cano, por su parte, no salió airoso del careo con otros testigos y también deberá responder por su ‘mendacidad’. La magistrada sobreseyó a los denunciados Fontenla y Lorenzo, que en conferencia de prensa informarán los pasos a seguir.

Río Grande.- Los dos funcionarios removidos por el intendente Federico Sciurano e imputados en una causa penal, fueron sobreseídos por la jueza Barrionuevo. La causa dio un giro de 180 grados y ahora las actuaciones involucran tanto al intendente como a uno de sus hombres de confianza, Hugo Cano, a partir de que se desprendieron dos investigaciones penales por declaraciones de ambos.
Desde el municipio se informó sobre la decisión de no apelar esta sentencia, que complica la gestión y extiende las sospechas a otros casos de desadjudicaciones seguidas de acuerdos con particulares y empresas.
“Esta causa, incluso en sede penal, ha servido para que se haga una muy somera referencia al permanente incumplimiento de la carta orgánica municipal, de las normas fundamentales que rigen al municipio de Ushuaia, que tienen que ver con la manera en que se venden las tierras fiscales a particulares”, señaló ayer el abogado de Fontenla y Lorenzo, Dr. Federico Rauch, a FM Radio Uno.
El letrado adelantó que van a continuar otras investigaciones en sede penal, y apuntó a la denunciante Patricia Bertolín, integrante del gabinete municipal como “directa y personalmente responsable de esos desaguisados”. Agregó que “a lo largo de la causa ha demostrado una ignorancia jurídica supina, un desconocimiento de normas elementales, que debería conocer en la función administrativa y política que desempeña”.
Sobre el supuesto ofrecimiento de dinero de parte de Raso a funcionarios municipales, indicó que son dichos del propio Sciurano y que “no sólo se refirió a que el señor Raso le habría ofrecido una suma de dinero al subsecretario (Hugo) Cano para agilizar el trámite, sino que manifestó que otra secretaria de su gabinete, la arquitecta Guglielmi, le habría manifestado que el señor Raso le habría hecho una casa al escribano Lorenzo”.
De no poder comprobar la autenticidad de esta sospecha, podría derivarse una tercera acción penal por calumnias, aunque todavía el abogado no adelantó los pasos a seguir de sus clientes.
No obstante, Rauch remarcó que el intendente en su declaración “incluso dijo menos de lo que dijo en los medios, porque Sciurano avanzó sobre esto y dijo que Lorenzo había sido objeto de una coima y habría pedido como beneficio la construcción de su casa. Esto motivó una carta documento por parte del escribano Lorenzo mientras la causa estaba en trámite, que fue respondida por Sciurano diciendo que no tenía nada que explicar. Lo cierto es que eso lo declaró como testigo, y la jueza, como corresponde, procedió a remitirlo al fiscal para que se abran las causas penales correspondientes y se investiguen estos dichos de Sciurano”.
Rauch se refirió también al falso testimonio que se le imputa a Hugo Cano, quien está cerca de ser procesado por ese delito, y explicó que “mendacidad quiere decir mentir, falsear hechos. Este señor Cano, que ha tenido muy poco respeto a la justicia o no entendió bien dónde estaba, dijo cosas totalmente contradictorias con lo que habían dicho otros testigos más creíbles que él, como el ex juez correccional Calot. En ese caso el código manda que se ordene un careo, se los puso uno frente a otro para que expliquen esas contradicciones, y el careo mostró no sólo que Cano no explicó su rol de representar informalmente al intendente en las gestiones, sino que pretendió mantener esta situación de negación frente al ex juez Calot. Sumado a otros testimonios donde este hombre negaba reuniones donde efectivamente había estado, motiva la revisión de la fiscalía para que se tramite el respectivo proceso penal por falso testimonio”, dijo.
Subrayó que en este caso “lo que la ley castiga no es el hecho de mentirle al juez, sino que con esa mentira puede perjudicar a personas inocentes, en este caso al escribano Lorenzo y la Dra. Fontenla”.

Nueva conferencia

Consultado sobre los pasos a seguir, dijo que va a examinarlo con sus clientes y sugerirá una segunda conferencia de prensa, como se hizo con la primera. No obstante anticipó que habrá acciones “en el plano administrativo, civil, penal y político”.
“Yo no soy quién para darle consejos a Federico Sciurano, pero me parece que se debe conseguir buenos abogados”, recomendó.
Para el estudio, ahora éste dejó de ser el caso Fontenla y Lorenzo, porque fueron sobreseídos. “Ahora se llama el caso Sciurano”, indicó, convencido de que se trató de “una autodenuncia” y que “no hizo más que poner de manifiesto lo que había hecho Sciurano en otras oportunidades”.

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Los denunciantes son ahora investigados
El boomerang de Barrionuevo

La sentencia de la jueza Cristina Barrionuevo, aunque desde las voces oficialistas intente minimizarse, asestó un duro golpe a la gestión, por cuanto abre dos investigaciones concretas sobre el intendente y funcionarios de su máxima confianza. No queda descartado el procesamiento penal por presunto cohecho y/o falso testimonio. Las derivaciones pueden ser todavía mayores.

Ushuaia.- La causa lleva el número 19.625 y la sentencia tuvo como objeto resolver la situación procesal de Marcela Fabiana Fontenla y José Domingo Lorenzo.
“El hecho a investigar consiste en el presunto abuso funcional –o usurpación de autoridad-, en el que habrían incurrido algunos funcionarios públicos de la Municipalidad de Ushuaia”, precisa la magistrada, citando las actuaciones relacionadas con el expediente de Rectificadores Fueguinos S.A., con el supuesto de que “la falta de cumplimiento de determinadas obligaciones provocaba la desadjudicación sin derecho a indemnización, con pérdida de las mejoras” de predios municipales.
Se citan las declaraciones de los imputados, en primer lugar de la Dra. Marcela FONTENLA (entonces Directora de Suelo Urbano), encargada de las actuaciones relacionadas con ese expediente, en el que tomó intervención del Escribano Municipal José Lorenzo, ambos removidos de su cargo por decreto del intendente Sciurano.
En la denuncia se plantean “actuaciones irregulares” que vinculan a la Dra. Fontenla y el escribano Lorenzo, en beneficio del representante de la firma Rectificadores Fueguinos S.A., el empresario Raso, a quien se le había desadjudicado un predio con mejoras.
En su declaración, Fontenla plantea la “falsedad” de la denuncia de Sciurano “para encubrir sus propios negociados”, y expone un “patrón de conducta según el cual Sciurano “ha venido celebrando acuerdos y transacciones similares y aún más importantes en la misma época con otros afectados”.
Dicho “patrón” registraría la derogación de adjudicaciones oportunamente realizadas, la «recuperación» de la posesión de la parcela y sus mejoras; y luego “ciertos acuerdos con los afectados” que incluyen la “transferencia dominial parcial de las tierras desadjudicadas.
La abogada apunta dentro de ese patrón, la “difusa intervención del Concejo Deliberante para ‘aprobar’ la negociación”.
Por su parte se detalla la declaración del escribano Lorenzo, quien asegura que el intendente leyó “por sí mismo la escritura mientras le daba las explicaciones pertinentes”, con el acuerdo arribado que da la posibilidad de gestionar la titularidad de la tierra con posterioridad.
Además remarca que entre la firma de esa escritura y su remoción del cargo “transcurrieron un poco más de trece meses” y que en ese lapso “se labraron y firmaron muchas, puede decir que decenas de Escrituras referidas a tierras de similares características o modalidad”.
Con respecto al empresario Raso, responsable de la firma Rectificadores Fueguinos S.A., aporta detalles del acuerdo con el intendente, en virtud del cual “la empresa optó por no efectuar una denuncia penal por usurpación o
cuanto menos por turbación de la posesión”, cuando el Municipio ingresó y ocupó las mejoras, puesto que en la planta baja se construyó un centro cultural.
Agregó que “por el acuerdo se le concedía a la Municipalidad la mitad del predio” y que “se le daba a la Municipalidad por cuatro años prorrogables por otros cuatro años más la planta baja del edificio”, más el material necesario para la “construcción de las viviendas que el municipio disponga dentro de la parcela que se había cedido”, y que “por su parte la empresa tenía que cumplir con un proyecto industrial dentro del mismo plazo”.
En esta declaración se dejaba constancia del “evidente rédito político al intendente” y además que “se evitaba una denuncia penal”.
El mismo empresario identificaba a Fontenla como “una empleada que debía instrumentar el acuerdo de la forma más conveniente para la Municipalidad”.
Sin embargo la versión del intendente Sciurano en su declaración fue otra: señaló que “como es sabido el Municipio ocupa la planta baja del galpón”, donde instalaron un centro cultural y asegura que a los meses de esa inauguración le traen una escritura que “le generó una duda” y por lo cual consulta a la Dra. Fontenla.
Agrega que la abogada le confirma que “en ningún momento estaba en discusión la titularidad de la tierra, que era el aspecto que más le interesaba”.
También habla de los trámites del Sr. Raso, para obtener “una habilitación comercial en la planta alta del galpón de referencia” y expresa que cuando le informan de esto “da la orden de que no le dieran ninguna habilitación comercial”.
Además, Sciurano menciona “un antecedente que no le había gustado”, referido a “una charla entre el Sr. Raso y el Sr. Hugo Cano –funcionario municipal- donde el Sr. Raso le ofrece a Cano por cualquier gasto adicional que el municipio pudiera tener, depositarle diez mil pesos en la caja de ahorro que Cano le indicara con la figura de algún gasto que teóricamente pudieran tener y que administrativamente fuera dificultoso para el municipio poder pagar”.
Sciurano acota que “esto no hizo más que confirmar lo que pensaba del Sr. Raso” y que cuando comienzan a revisar el expediente, la funcionaria Viviana Guglielmi “le hace saber que en una charla telefónica que había tenido con Raso, el Sr. Raso le hace saber a Viviana que la casa del escribano Lorenzo la habría hecho la empresa de él, y que esto habría ocurrido en estos últimos meses”.
Ante la consulta de la jueza sobre la escritura que él mismo había firmado, donde se plasmaba el acuerdo, Sciurano indica que “la lectura fue muy superficial” puesto que el escribano Lorenzo “habitualmente le traía una cantidad importante de documentación a firmar”.
Debido a la presunción de cohecho en su testimonio, la jueza le consultó si en algún momento ordenó a sus funcionarios radicar denuncia, y respondió que “no porque no tenía ninguna forma de demostrarlo”, al ser una manifestación verbal.
Otra de las preguntas de la jueza fue si el municipio había firmado algún acuerdo con personas o titulares de predios desadjudicados en forma inmediata a la desadjudicación y agotada la vía administrativa, en función del modus operandi que había expuesto Fontenla.
Sin embargo Sciurano aseguró que “en ningún caso se ha dado que el Municipio haya recuperado un predio de su propiedad y haya después facilitado el hecho de que ese mismo terreno pase a la titularidad del ocupante anterior”, subrayando que “en ningún caso el Municipio ha recuperado un terreno de su propiedad y a posterior ha emitido documento alguno que vaya en contra de la propiedad del Municipio sobre el mismo”.
En el escrito se consignan varias contradicciones entre los testigos, que dieron origen a careos, e incluso se ponen en duda las declaraciones del Intendente sobre el desconocimiento del alcance de la escritura de acuerdo, puesto que había sido publicado en medios de comunicación. Y cita el texto difundido por la prensa:
“En un acuerdo rubricado el pasado 21 de agosto entre la responsable del Programa de Fiscalización y Contralor Urbano, Marcela Fontenla y un representante de la firma Rectificadores Fueguinos, la empresa reconoce la propiedad del Municipio del inmueble en cuestión y acepta de que el galpón ubicado en el mismo -propiedad de la firma- sea utilizado en actividades que sean favorables al bien común. En ese marco, desde el Municipio se anunció la instalación de un Centro Cultural Municipal en ese lugar”.
“Lo reseñado precedentemente me permite concluir que el Acta de Manifestación y Compromiso firmada por Fontenla – Raso el 21 de agosto de 2008 era conocida directa o indirectamente por los funcionarios del área relacionada a Tierras, además por el intendente Sciurano y entre otros por Hugo Cano -persona muy allegada al Intendente-”, señala Barrionuevo, y destaca “dos aspectos que llaman la atención de los dichos de Sciurano: primero, que recuerde donde llevaba el Escribano la Escritura para firmar (dentro de una carpeta), y segundo, que no recuerde el contenido de la misma, ya que esa Escritura fue leída por Sciurano cuando el Escribano se la llevó para firmarla, y su contenido seguramente fue analizado cuando empezaron a ‘revisar’ el expediente, en marzo de 2010 (fs. 526), lo cual se aprecia como muy poco serio (…) No quedan dudas de que Sciurano al momento de la firma de la Escritura N° 39 poseía plena capacidad para comprender lo que leía, aún cuando la lectura hubiese sido ‘muy superficial’”.
Para la jueza “los dichos vertidos por los imputados Fontenla y Lorenzo no se vieron desvirtuados con las constancias colectadas en autos” y quedó claro que obedecieron a “instrucciones superiores”. Asimismo no se observan en los documentos cláusulas “que pudieran perjudicar los intereses del Municipio ya que expresamente se reconoce la propiedad de la Municipalidad de Ushuaia sobre las Parcelas 12 y 13, del Macizo 30 de la Sección F, reconociéndose las mejoras allí existentes al particular conforme el criterio adoptado en aquella época; con lo cual el exceso funcional argumentado en la denuncia penal no se encuentra acreditado”.
Con estos antecedentes, la jueza concluye que “corresponde aplicar un criterio desincriminante respecto de los imputados Marcela Fabiana Fontenla y José Domingo Lorenzo” y “atento el contenido de la declaración testimonial prestada por el Sr. intendente Federico Sciurano, en cuanto al ofrecimiento de dinero por parte del Sr. Raso al Sr. Cano” ordena que “se extraiga fotocopia certificada de la misma y se forme causa por separado en orden a la investigación del delito de acción pública allí referido”.
Finalmente “atento las reiteradas y evidentes mendacidades en los dichos del testigo Hugo Cano, extráiganse fotocopias certificadas de las partes pertinentes y fórmese causa por separado para la investigación del presunto delito de Falso Testimonio”.
En la resolución final consta el sobreseimiento de Fontenla y Lorenzo y se deja constancia de que “la formación de la presente causa no afecta el buen nombre y honor” de los nombrados.
Firma la sentencia la Dra. María Cristina Barrionuevo, con la actuación de Mercedes López Vega como secretaria.

Fuente;Provincia 23.

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