LAS RETENCIONES A LAS EXPORTACIONES Y SU COSTO FISCAL PARA LAS PROVINCIAS

1. LOS DERECHOS DE EXPORTACIÓN EN ARGENTINA 1.1. Definición y Causas de su Reintroducción en el Sistema Tributario Nacional 1.2 Recaudación de los Derechos a la Exportación 1.3 Aspectos Metodológicos 1.4 Cuantificación del Costo Fiscal para las Provincias 2. COSTO POR PROVINCIA E IMPACTO TEÓRICO EN EL ESCENARIO FISCAL PROVINCIAL 2.1 Estimación del Costo Fiscal para 2010

• Los Derechos de Exportación han sido una de las principales fuentes de recursos del Gobierno Nacional luego de la salida de la Convertibilidad. Entre marzo de 2002 y diciembre de 2009, se recaudaron por Derechos de
Exportación $140.086 millones, promediando el 11% de la recaudación total y resultando la cuarta fuente de ingresos en importancia, sólo superada por el IVA, Ganancias y los aportes y contribuciones a la Seguridad Social.
• El cobro de los Derechos de Exportación por parte del Gobierno Nacional repercute en las finanzas provinciales a través de dos canales: por un lado, implica un transferencia de fondos que va desde los
productores provinciales hacia las arcas del Tesoro Nacional, lo cual genera una menor capacidad recaudatoria a nivel provincial; por otro lado, el pago de retenciones implica una menor ganancia imponible
y por ende una menor recaudación del Impuesto a las Ganancias, uno de los gravámenes más coparticipados. Adicionalmente, el menor ingreso disponible del sector privado reduce el cobro del resto de los gravámenes nacionales, básicamente del IVA, el otro tributo de mayor peso relativo dentro de la coparticipación, así como también el cobro de los impuestos provinciales.
• Consolidando las diversas fuentes de ingresos tributarios, el costo fiscal bruto para las provincias de la implementación de las retenciones habría ascendido a casi $26.000 millones para el período bajo análisis, a
razón de una pérdida anual promedio de $3.240 millones. Neteando los recursos transferidos durante 2009 por el Fondo Federal Solidario ($2.914 millones), las cifras se reducen a $23.000 y $2.875 millones,
respectivamente.
• Si se tiene en cuenta la distribución regional de esta pérdida en función de las participaciones de cada jurisdicción en la masa de recursos coparticipables, así como su estructura tributaria propia, se concluye que
las provincias mas grandes son las mayores perdedoras en términos fiscales por la implementación de la retenciones a las exportaciones, siendo a su vez, las principales exportadoras del país y por tanto, las que
más aportan a las retenciones. Recuérdese que, entre 2002 y hasta marzo de 2009, las retenciones tuvieron como destino final exclusivo las arcas nacionales.
• La situación fiscal y financiera de las provincias hubiera sido sustancialmente mejor de no haberse implementado las retenciones, aunque a expensas de un frente nacional más debilitado. A excepción de los ejercicios 2002 (donde las retenciones tenían un menor peso relativo) y 2009 (debido a la magnitud del déficit), el consolidado de provincias hubiera presentado superávits gemelos en su ejecución presupuestaria,
pudiendo haberse destinado dichos excedentes tanto a la constitución de fondos de reserva (ej. Fondos Anticíclicos) para afrontar situaciones críticas como la de 2009 y la actual, o en otro sentido, a afrontar los
vencimientos de la deuda pública con recursos propios, reafirmando la autonomía económica y política de las Administraciones Provinciales.
• Para 2010, nuestras proyecciones indican una pérdida anualizada para las provincias de $8.842 millones, lo cual casi triplicaría lo calculado para 2009, y sería el mayor monto anual desde la restitución de las
exportaciones. No obstante, a este monto hay que deducirle las transferencias por el Fondo Federal Solidario, las cuales totalizarían $5.425 millones, quedando un costo neto anual de $3.417 millones, un 9%
superior al de 2009 (+$285 millones).

LAS RETENCIONES A LAS EXPORTACIONES Y EL COSTO FISCAL PARA
LAS PROVINCIAS 1. LOS DERECHOS DE EXPORTACIÓN EN ARGENTINA
1.1. Definición y Causas de su Reintroducción en el Sistema Tributario Nacional Los impuestos o derechos de exportación (denominados comúnmente retenciones) gravan las ventas que se realizan desde las fronteras de nuestro país hacia los mercados externos. En líneas generales, su inclusión dentro de la estructura tributaria de una nación puede perseguir fines fiscales (una mayor recaudación) o bien extrafiscales, como reducir el precio interno que enfrentan los
consumidores y productores de bienes finales, o desalentar algún sector particular para beneficiar a otro1.
En nuestro país, los Derechos de Exportación (DEX) fueron reintroducidos a comienzos del año 2002, luego de la salida de la Convertibilidad. El Decreto Nº310 del 13 de febrero de 2002 estableció las alícuotas de retención en 20% y 5% para diferentes agrupamientos de productos en base a la Nomenclatura del MERCOSUR, en tanto que la Resolución Nº11 del 4 de marzo de 2002 y la Resolución Nº 35 del 5 de abril de 2002, establecieron la mayor parte de la situación vigente.
Las justificaciones para el establecimiento de estos impuestos están expresadas en los considerandos de las normas mencionadas. Por un lado, surge la necesidad de hacer frente al “…fuerte deterioro en
los ingresos fiscales, que a su vez se encuentra acompañado por una creciente demanda de asistencia para los sectores más desprotegidos de nuestro país”; y la “…disposición de medidas que atenúen el efecto de las modificaciones cambiarias sobre los precios internos, especialmente en lo
relativo a productos esenciales de la canasta familiar”. Adicionalmente se agrega que “… se considerarán las consecuencias de eventuales alteraciones significativas en los precios internacionales de los productos agrícolas”.
De esta manera, la restitución del cobro de derechos a las exportaciones en el sistema tributario argentino respondió tanto a motivos fiscales como extrafiscales.
1.2 Recaudación de los Derechos a la Exportación

Los DEX han sido una de las principales fuentes de recursos del Gobierno Nacional luego de la salida de la Convertibilidad. Entre marzo de 2002 y diciembre de 2009, se recaudaron por Derechos de Exportación $140.086 millones, promediando el 11% de la recaudación total y resultando la cuarta fuente de ingresos en importancia, sólo superada por el IVA ($381.408 millones), Ganancias ($259.673 millones) y los aportes y contribuciones a la Seguridad Social ($232.662 millones).
1 En el caso de una economía abierta, el productor de bienes transables vende sus productos internacionalmente, de modo que si el precio externo supera al local, decide exportar toda su producción, o venderla localmente al precio internacional. El derecho de exportación actúa reduciendo el precio neto que recibe el exportador, y por ende, abaratando el precio de venta local.

Fuente: E&R, en base a datos del Ministerio de Hacienda de la Nación
El cobro de los Derechos de Exportación por parte del Gobierno Nacional repercute en las finanzas provinciales a través de dos canales: por un lado, implica un transferencia de fondos que va desde los productores provinciales hacia las arcas del Tesoro Nacional, lo cual genera una menor capacidad recaudatoria a nivel provincial; por otro lado, el pago de retenciones implica una menor ganancia imponible y por ende una menor recaudación del Impuesto a las Ganancias, uno de los gravámenes
más coparticipados. Adicionalmente, el menor ingreso disponible del sector privado reduce el cobro del resto de los gravámenes nacionales, básicamente del IVA, el otro tributo de mayor peso relativo
dentro de la coparticipación.
En este sentido, de no haber existido las retenciones al sector exportador, en primer lugar, debería haber habido una mayor recaudación del Impuesto a las Ganancias (dado que las mismas son aplicadas sobre los valores brutos exportados, y no sobre los márgenes de rentabilidad neta), y en una segunda instancia, una mayor recaudación del resto de los impuestos nacionales y provinciales.

1.3 Aspectos Metodológicos

Como metodología de base para el cálculo de la incidencia de las retenciones a las exportaciones en la recaudación de impuestos nacionales y provinciales, se utiliza el trabajo publicado por Julio Nogués
y Alberto Porto, especialistas en la materia, llamado “Evaluación de impactos económicos y sociales de políticas públicas en la Cadena Agroindustrial” Convenio Foro Agroindustrial y Facultad de
Ciencias Económicas UNLP, de Noviembre 2007.
En este sentido, se cuantifica el impacto sobre la recaudación tributaria de la eliminación o reducción de las retenciones a las exportaciones. El cálculo se realiza utilizando la presión impositiva de cada
año comprendido en el período 2002 – 2009, distinguiéndose los siguientes efectos:
• Efecto directo, es la pérdida de recaudación del Gobierno Nacional por la eliminación de las retenciones a las exportaciones. Como se detalló en el punto anterior, el efecto directo alcanzaría a $140.086 millones para el período analizado.

• Efecto indirecto 1, es la recaudación que se obtiene sobre los ingresos adicionales del sector privado por la eliminación de las retenciones. Este efecto puede desagregarse en el producido por los mayores ingresos de las exportaciones que genera la eliminación de las retenciones (efecto indirecto 1.a) y el producido por la eliminación del subsidio al consumo
final interno de los bienes exportables (efecto indirecto 1.b).
• Efecto indirecto 2, es la recaudación generada por el incremento de ingresos privados debido a la expansión de producción. Esta mayor producción, generará un mayor nivel de recaudación, tanto a nivel nacional como provincial.
A los efectos de calcular la pérdida acumulada de recursos a nivel provincial, limitaremos el análisis a la estimación del efecto indirecto 1.a, quedando los efectos indirectos 1.b y 2 al margen del alcance
del presente informe.
1.4 Cuantificación del Costo Fiscal para las Provincias
En la cuantificación se utiliza un supuesto respecto del destino de los mayores ingresos derivados de la eliminación de los derechos de exportación. Es decir, de dicha eliminación, equivalente al
ingreso adicional anual al sector privado, se supone que un porcentaje se destina a inversión, conforme a la participación anual de la Inversión Bruta Interna Fija en el Producto Bruto Nacional (IBIF/PBI).
La fracción del incremento de ingresos que no se destina para inversión incrementa la base imponible del Impuesto a las Ganancias. Por su parte, el monto destinado a inversión se supone destinado a bienes que luego tributarán el Impuesto sobre los Bienes Personales.
A los aumentos de la base imponible del impuesto a las Ganancias se aplica una alícuota del 35%, en tanto que para el impuesto sobre los Bienes Personales se aplica la alícuota del 0.75%2. De esta
manera, la recaudación anual adicional de ambos gravámenes hubiera totalizado unos $39.145 millones en valores corrientes.
Efecto Indirecto 1.a: Recaudación Adicional de Ganancias y Bienes Personales
En millones de pesos corrientes
Nota: el ratio IBIF/PIB se calcula usando datos anuales a precios de 1993
Fuente: E&R, en base a datos de la Secretaría de Hacienda de la Nación y MECON
2 La Ley 25.239, sancionada en diciembre de 2007 modificó la forma de cálculo del tributo y la estructura de alícuotas. No obstante, a los motivos de simplificar el análisis mantenemos la alícuota máxima vigente antes de
las modificaciones. Período Retenciones IBIF /PIB
Monto a Invertir Ganancia Adicional Impuesto Bs Personales Impuesto a las Ganancias Recaudación Adicional
2002 5.022 11,3% 566 4.455 4 1.559 1.564
2003 9.212 14,3% 1.319 7.893 10 2.763 2.772
2004 10.272 17,7% 1.813 8.459 14 2.960 2.974
2005 12.323 19,8% 2.445 9.878 18 3.457 3.476
2006 14.712 21,6% 3.179 11.532 24 4.036 4.060
2007 20.450 22,6% 4.622 15.827 35 5.540 5.574
2008 36.055 23,1% 8.327 27.729 62 9.705 9.767
2009 32.042 20,6% 6.589 25.452 49 8.908 8.958
TOTAL 140.086 – 28.861 111.225 216 38.929 39.145

El paso siguiente consiste en calcular qué porcentaje de estos recursos adicionales hubieran sido coparticipados a las jurisdicciones subnacionales durante el período en cuestión. En base al esquema de distribución actual (Ley Nº 23.548, modificatorias y complementarias), las transferencias
a provincias hubieran observado la siguiente distribución anual:
Coparticipación Adicional por Ganancias y Bs Personales
En millones de pesos corrientes Fuente: E&R, en base a datos de la Secretaría de Hacienda de la Nación y MECON
Como se observa en la tabla, las provincias hubieran recibido más de $17.600 millones adicionales de no haberse reimplementado las retenciones a las exportaciones, tomando en cuenta hasta acá
sólo el efecto sobre el desplazamiento en la base imponible de Ganancias y Bienes Personales.
Para calcular el impacto de la eliminación de las retenciones sobre el resto del sistema tributario, se multiplica la presión impositiva consolidada (Nación + Provincias) de cada año por el monto de aumento delos ingresos netos derivados de la eliminación de las retenciones a la exportación en cada año, es decir el ingreso adicional por su eliminación (equivalente al monto recaudado por retenciones) menos el pago de Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
Se aclara que la presión impositiva se asimila a la participación de cada impuesto en la recaudación total, es decir el cociente entre el monto recaudado de un impuesto sobre la recaudación total de
cada año, para cada impuesto y nivel de gobierno (Nación y Provincias).
En términos simplificados, se calcula el pago de impuestos adicional que generaría el incremento de los ingresos disponibles del sector privado una vez pagados los diferenciales de Ganancias y Bienes Personales. Puesto en valores, la base imponible sobre la cual se calcula el aumento recaudatorio es de $100.941 millones ($140.086 millones correspondientes a los derechos de exportación recaudados menos los $39.145 millones tributados en primera instancia por los impuesto a las ganancias y bienes personales).
Fuente: E&R, en base a datos de la Secretaría de Hacienda de la Nación y MECON
Por el lado de la recaudación nacional, se obtendría un adicional de $16.385 millones, de los cuales el 67% provendría del segmento impositivo ($11.027 millones), un 28% de los impuestos al mercado
laboral ($4.593 millones), en tanto que el restante 5% sería aportado por los gravámenes al comercio exterior ($764 millones).
Año 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 TOTAL
Retenciones Anuales 5.022 9.212 10.272 12.323 14.712 20.450 36.055 32.042 140.086
Aumento Ganancias 1.559 2.763 2.960 3.457 4.036 5.540 9.705 8.908 38.929
Aumento Bs Personales 4 10 14 18 24 35 62 49 216

COPARTICIPACIÓN ADICIONAL

Por Ganancias 677 1.232 1.321 1.556 1.817 2.493 4.368 4.010 17.475
CFI 466 846 907 1.072 1.252 1.718 3.010 2.763 12.031
Excedente FCB 149 276 296 346 404 554 971 891 3.886
Fondo IBS 62 111 118 138 161 222 388 356 1.557
Por Bs Personales 3 6 8 10 14 21 37 30 128
Aumento Total Coparticipación 680 1.238 1.329 1.567 1.830 2.514 4.406 4.039 17.603
Efecto Indirecto 1.a 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 TOTAL
Eliminación Retenciones 5.022 9.212 10.272 12.323 14.712 20.450 36.055 32.042 140.086
-Pago Ganancias 1.559 2.763 2.960 3.457 4.036 5.540 9.705 8.908 38.929
-Pago Bs Personales 4 10 14 18 24 35 62 49 216
Ingresos Netos Sector Privado 3.458 6.440 7.298 8.847 10.651 14.876 26.288 23.084 100.941

Aumento en la Recaudación del Resto de los Tributos Nacionales
En millones de pesos corrientes Fuente: E&R, en base a datos de la Secretaría de Hacienda de la Nación y MECON
En términos agregados, la recaudación adicional del resto de los impuestos coparticipados hubieran aportado otros $4.007 millones adicionales a la coparticipación provincial, básicamente producto de la recaudación del IVA ($3.249 millones) y el Impuesto al Cheque (ITF), que adiciona otros $253 millones. El restante 13% proviene de otros gravámenes de menor relevancia3.
De esta manera, incluyendo todos los impuestos de jurisdicción nacional, el adicional de recursos coparticipados totaliza $21.610 millones, lo cual equivale al 6.3% de los recursos automáticos
girados entre 2002 y 2009.
Por el lado de la recaudación provincial, el incremento recaudatorio hubiera totalizado $4.329 millones a valores corrientes, integrados en un 70% por la recaudación potencial del impuesto a los
Ingresos Brutos ($3.021 millones).
Incremento de la Recaudación Provincial por Eliminación de los DEX
En millones de pesos corrientes Fuente: E&R, en base a datos de la Secretaría de Hacienda de la Nación y MECON
3 Impuestos Internos, Ganancia Mínima Presunta, Monotributo Impositivo, entre otros.
2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 TOTAL
1- IMPUESTOS 293 598 785 946 1.154 1.678 2.957 2.617 11.027
IVA 169 359 505 613 767 1.147 2.042 1.761 7.363
Reintegros (-) 14 23 25 31 32 35 74 49 284
Internos coparticipados 19 38 49 61 67 86 143 135 599
Premios de juegos 1 1 1 1 1 1 2 2 9
Transferencias de inmuebles 1 1 1 2 3 7 11 7 33
Ganancia mínima presunta 6 23 20 18 18 24 25 24 159
Intereses pagados 1 0 0 1 1 1 2 2 7
Otros coparticipados 1 1 1 1 0 0 0 0 4
Sellos 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Créditos y Débitos en cta. cte. 54 101 125 157 190 276 496 414 1.814
Combustibles Ley 23.966 – Naftas 22 28 27 29 33 46 92 92 369
Combustibles Ley 23.966 – Otros 27 26 27 32 33 40 64 57 306
Otros s/combustibles 1 31 33 39 41 50 91 84 371
Monotributo impositivo 2 5 8 13 14 19 34 31 127
Adicional s/cigarrillos 2 4 6 7 6 8 14 13 61
Radiodifusión p/TV, AM y FM 1 2 2 2 3 4 6 7 26
Otros impuestos 2 1 4 3 9 2 8 34 63
2-SISTEMA DE SEG. SOCIAL 91 166 206 272 384 647 1.302 1.526 4.593
Aportes personales 39 80 104 133 175 262 592 580 1.965
Contribuciones patronales 70 129 161 212 295 443 844 824 2.979
Facilidades de pago 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Otros ingresos 3 6 10 12 27 97 163 140 457
Capitalización (-) 21 47 63 81 105 151 279 0 746
Transitorios, rezagos y otros (-) 1 3 6 5 8 4 18 17 62
3-COMERCIO EXTERIOR 14 36 53 64 83 129 229 155 764
Derechos de importación 14 38 52 63 82 126 224 152 750
Tasa de estadística 0 1 1 2 2 3 5 4 17
Factor de convergencia neto (0) (3) 0 (0) (0) 0 (0) 0 (3)
AUMENTO RECAUDACIÓN 398 800 1.044 1.282 1.621 2.453 4.488 4.298 16.385
IMPUESTO 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 TOTAL
Ingresos Brutos 68 152 189 243 300 441 835 793 3.021
Inmobiliario 18 37 43 47 47 56 101 83 432
Sellos 8 17 21 29 37 54 90 80 336
Automotores 7 15 17 21 26 35 64 69 254
Otros 16 24 26 25 34 42 67 53 286
AUMENTO RECAUDACIÓN 117 246 295 365 444 628 1.157 1.078 4.329
A ñ o 8 – N º 1 2 0
E c o n o m í a & R e g i o n e s
Tte. Gral. Juan D. Perón 725 Piso 8º – Capital Federal – CP (C1038AAO) TE/Fax: (54.11) 4325.4339/4373
www.economiayregiones.com.ar – E-mail: info@economiayregiones.com.ar Página9
Como se observa en el gráfico, consolidando las diversas fuentes de ingresos tributarios, el costo fiscal bruto para las provincias asciende a casi $26.000 millones para el período bajo análisis, a razón de una pérdida anual promedio de $3.240 millones. Neteando los recursos transferidos
durante 2009 por el Fondo Federal Solidario4 ($2.914 millones), las cifras se reducen a $23.000 y $2.875 millones, respectivamente.
Fuente: E&R, en base a datos de la Secretaría de Hacienda de la Nación y MECON
El monto de la pérdida en valor presente para el período 2002-2009, deflactando la serie por el Índice de Precios Implícitos del PIB, ascendería a unos $32.177 millones.
COSTO FISCAL AGREGADO para las PROVINCIAS por los DERECHOS DE EXPORTACIÓN
En millones de pesos
Fuente: E&R, en base a datos de la Secretaría de Hacienda de la Nación, MECON e INDEC Debido a las falencias estructurales del federalismo fiscal argentino, las provincias han sido y son las principales perjudicadas al momento de la distribución de los recursos entre los distintos niveles de
4 Dado que el mismo se fondea con una parte (30%) de las retenciones aplicadas al complejo agroexportador, la eliminación del cobro de los DEX hace cero el FFS.
895
1.691
1.902
2.270
2.693
3.761
6.651
6.074
0
1.000
2.000
3.000
4.000
5.000
6.000
7.000
2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
Costo Fiscal Anual de los DEX para las Provincias
En millones de pesos corrientes
TOTAL ANUAL
GANANCIAS
IMP PROV
IVA
RESTO IMP NAC
ITF
BS PERSONALES
TOTAL ACUMULADO: $25.939 MILLONES
RECURSOS ADICIONALES 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 TOTAL
CONSOLIDADO PROVINCIAS 895 1.691 1.902 2.270 2.693 3.761 6.651 6.074 25.939
GANANCIAS 677 1.232 1.321 1.556 1.817 2.493 4.368 4.010 17.475
BS PERSONALES 3 6 8 10 14 21 37 30 128
IVA 72 157 221 271 339 507 902 778 3.249
ITF 7 14 17 22 27 39 70 58 253
RESTO IMP NAC 19 37 40 46 53 74 116 120 505
IMP PROV 117 246 295 365 444 628 1.157 1.078 4.329
– FONDO FEDERAL SOLIDARIO 0 0 0 0 0 0 0 2.941 2.941
ACREENCIA CONSOLIDADO PROVINCIAS 895 1.691 1.902 2.270 2.693 3.761 6.651 3.132 22.998
Deflactor del PBI (IPI) 132,9 146,8 160,4 174,5 198,0 226,2 269,3 296,2
Variación vs. Diciembre 2009 1,23 1,02 0,85 0,70 0,50 0,31 0,10
ACREENCIA PROVINCIAS a VALOR PRESENTE 1.996 3.412 3.514 3.853 4.030 4.926 7.315 3.132 32.177
A ñ o 8 – N º 1 2 0
E c o n o m í a & R e g i o n e s
Tte. Gral. Juan D. Perón 725 Piso 8º – Capital Federal – CP (C1038AAO) TE/Fax: (54.11) 4325.4339/4373
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gobierno. Una de las fallas más relevantes es el incumplimiento de la garantía del 34%, establecida
en la Ley de Coparticipación vigente5.
En este sentido, resulta relevante conocer si la eliminación de las retenciones a las exportaciones
hubiera modificado la situación de incumplimiento de la mencionada garantía. Teniendo en cuenta
todas las modificaciones llevadas a cabo (tanto en la recaudación como en las transferencias a
provincias), la cuenta final permite afirmar que salvo en 2002 y 2003, la eliminación de las
retenciones hubiera dado lugar al cumplimiento de la Garantía del 34%, corrigiendo al menos uno
de los tantos problemas estructurales que presenta nuestro sistema de coparticipación.
Fuente: E&R, en base a datos de la Secretaría de Hacienda de la Nación
2. COSTO POR PROVINCIA E IMPACTO TEÓRICO EN EL ESCENARIO FISCAL PROVINCIAL
Hasta aquí, se ha estimado que la perdida de recursos tributarios para las provincias, tanto de origen
nacional como provincial, por la implementación de las retenciones a las exportaciones, habría
ascendido a $23.000 millones para el período 2002-2009.
En esta parte del informe, se distribuye este costo por provincia, evaluando asimismo cómo hubiera
sido el sendero de las finanzas públicas provinciales de no haberse restituido los derechos de
exportación desde 2002.
En primer lugar, se estima el costo fiscal por provincia durante el período 2002/09, tomando en
cuenta el esquema de coparticipación federal de impuestos vigente, y las variaciones en las
participaciones relativas de cada jurisdicción dentro de la recaudación de tributos provinciales
5 El Artículo 7º de la Ley Nº 23.548, establece que el total a transferir a las provincias no podrá ser inferior al
34% del total de recursos tributarios de la Administración Central Nacional, sean o no coparticipables. No se
incluye dentro del cálculo las jurisdicciones de CABA y Tierra del Fuego, atento a que las mismas no estaban
incluidas al momento de fijarse la garantía en la mencionada norma.
27,1%
28,1%
30,5%
31,1% 31,1%
31,4%
29,5%
31,1%
30,8%
32,9%
34,8%
35,3% 35,3%
35,9%
35,5%
35,0%
25,0%
27,0%
29,0%
31,0%
33,0%
35,0%
37,0%
2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
La Eliminación de los DEX hubiera permitido cumplir la Garantía del 34%
Part Prov con DEX Part Prov sin DEX
GARANTÍA 34%
A ñ o 8 – N º 1 2 0
E c o n o m í a & R e g i o n e s
Tte. Gral. Juan D. Perón 725 Piso 8º – Capital Federal – CP (C1038AAO) TE/Fax: (54.11) 4325.4339/4373
www.economiayregiones.com.ar – E-mail: info@economiayregiones.com.ar Página11
Fuente: Estimación Propia
Como se observa en la tabla, la provincia más perjudicada en términos absolutos fue Buenos Aires,
dado que concentró cerca del 20% del costo total para el conjunto de provincias ($4.503 millones),
seguida por las provincias de Córdoba y Santa Fe, ambas afrontando valores cercanos al 9% del total,
dado que presentan similares participaciones tanto en la distribución secundaria de la
coparticipación como dentro de la recaudación subnacional.
El resto de las jurisdicciones presentaron coeficientes desde el 5.6% hasta un mínimo de 1,1%
registrado en Tierra del Fuego.
Asimismo, cabe subrayar que la Ciudad de Buenos Aires fue la única en presentar una mayor
pérdida relativa en concepto de recaudación, debido a la alta proporción de recursos propios dentro
de su estructura de ingresos. En efecto, el 77% del costo fiscal para CABA provino por el
desplazamiento de su propia base imponible. En el extremo opuesto, se ubica la provincia de
Formosa con apenas el 2% de pérdida por recaudación propia.
Región Centro: Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe.
Región Cuyo: San Luis, San Juan y Mendoza.
JURISDICCIÓN
CABA 294 1.001 1.295 5,6%
Buenos Aires 2.810 1.692 4.503 19,6%
Catamarca 513 19 532 2,3%
Córdoba 1.728 295 2.023 8,8%
Corrientes 761 32 793 3,4%
Chaco 1.008 42 1.051 4,6%
Chubut 310 57 367 1,6%
Entre Ríos 944 94 1.038 4,5%
Formosa 706 14 720 3,1%
Jujuy 570 23 593 2,6%
La Pampa 346 39 384 1,7%
La Rioja 389 12 400 1,7%
Mendoza 831 143 973 4,2%
Misiones 688 63 751 3,3%
Neuquén 342 91 433 1,9%
Río Negro 489 57 545 2,4%
Salta 805 67 873 3,8%
San Juan 631 36 667 2,9%
San Luis 428 42 469 2,0%
Santa Cruz 291 49 340 1,5%
Santa Fe 1.767 302 2.069 9,0%
Sgo del Estero 827 30 857 3,7%
Tucumán 962 99 1.061 4,6%
Tierra del Fuego 229 31 260 1,1%
CONSOLIDADO 18.668,7 4.329,2 22.997,9 100%
Pérdida por…
Recaudación
Propia
Coparticipación
Federal
Costo Fiscal de
los DEX
Distribución del
Costo
REGIÓN
Centro 4.439 690 5.129 22,3%
Cuyo 1.890 220 2.110 9,2%
NEA 3.163 152 3.315 14,4%
NOA 4.067 250 4.316 18,8%
Pampeana 3.104 2.694 5.798 25,2%
Patagónica 2.006 324 2.330 10,1%
CONSOLIDADO 18.668,7 4.329,2 22.997,9 100%
Pérdida por…
Costo Fiscal de
los DEX
Distribución del
Costo
Coparticipación
Federal
Recaudación
Propia
A ñ o 8 – N º 1 2 0
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Región NOA: Catamarca, Jujuy, La Rioja, Salta, Santiago del Estero y Tucumán.
Región NEA: Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones.
Región Patagónica: La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.
Región Pampeana: Buenos Aires y Ciudad de Buenos Aires.
Fuente: Estimación Propia
A nivel regional, el 25.2% del costo total ($5.798 millones) pertenece a la Región Pampeana, con
porcentajes similares de pérdida por coparticipación y recaudación propia (53%/47%,
respectivamente), en tanto que para el resto de las regiones entre el 86% y el 95% de la pérdida fue
producto de la cesión de recursos coparticipables.
Es de destacar que las provincias más grandes son las mayores perdedoras en términos fiscales por
la implementación de la retenciones a las exportaciones, siendo a su vez, las principales
exportadoras del país y por tanto, las que más aportan a dicha recaudación. Recuérdese que,
entre 2002 y hasta marzo de 2009, las retenciones tuvieron como destino final exclusivo las arcas
nacionales.
Para finalizar el informe, presentamos la situación que hubieran enfrentado las finanzas
provinciales durante el período bajo análisis, de no haberse implementado las retenciones a las
exportaciones. Deduciendo los recursos destinados en forma automática a la coparticipación
municipal (12.1% del adicional ingresado como promedio del período) y asumiendo que el resto de
las partidas de gastos y recursos se hubieran mantenido constantes, el escenario fiscal provincial
presenta la siguiente dinámica:
Fuente: E&R, en base a datos de la Secretaría de Hacienda de la Nación
Como se observa, la situación fiscal y financiera de las provincias hubiera sido sustancialmente
mejor de no haberse implementado las retenciones, aunque a expensas de un frente nacional más
debilitado. En efecto, a excepción de los ejercicios 2002 (donde las retenciones tenían un menor
peso relativo) y 2009 (debido a la magnitud del déficit), el consolidado de provincias hubiera
presentado superávits gemelos en su ejecución presupuestaria, pudiendo haberse destinado dichos
excedentes tanto a la constitución de fondos de reserva (ej. Fondos Anticíclicos) para afrontar

2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009e
El Escenario Provincial sin Retenciones a las Exportaciones
En millones de pesos corrientes
RFinanciero RFinanciero Ajustado

situaciones críticas como la de 2009 y la actual, o en otro sentido, a afrontar los vencimientos de la
deuda pública con recursos propios, reafirmando la autonomía económica y política de las Administraciones Provinciales.
2.1 Estimación del Costo Fiscal para 2010
Para finalizar el informe, se efectúa una proyección del costo fiscal por la implementación de las retenciones que afrontarían las provincias durante 2010, el cual sería a todas luces superior al afrontado un año atrás, debido a las mejores perspectivas exportadoras, en especial para el agro y el
sector automotriz.
En efecto, nuestras proyecciones indican una recaudación por retenciones de $48.494 millones, lo cual representa un crecimiento interanual del 51% en términos porcentuales y de casi $16.500 millones en valores absolutos.
Replicando la metodología aplicada anteriormente, se concluye que la pérdida anualizada para las provincias ascendería a $8.842 millones en 2010, lo cual casi triplicaría lo calculado para 2009, y sería el mayor monto anual desde la restitución de las exportaciones. Como se destacó arriba, esto responde al fuerte crecimiento de las exportaciones proyectadas, impulsadas en buena medida por el complejo sojero. No obstante, a este monto hay que deducirle las transferencias por el Fondo
Federal Solidario, las cuales totalizarían $5.425 millones de acuerdo a nuestras mediciones, quedando un costo neto anual para las provincias de $3.417 millones, un 9% superior al de 2009 (+$285 millones).
Fuente: Estimación Propia
JURISDICCIÓN
CABA -2 349 348 10,2%
Buenos Aires 13 606 619 18,1%
Catamarca 56 7 62 1,8%
Córdoba 204 113 317 9,3%
Corrientes 99 11 110 3,2%
Chaco 128 15 143 4,2%
Chubut 37 19 56 1,6%
Entre Ríos 110 28 139 4,1%
Formosa 84 5 89 2,6%
Jujuy 71 9 80 2,3%
La Pampa 36 12 49 1,4%
La Rioja 43 4 47 1,4%
Mendoza 103 45 148 4,3%
Misiones 92 26 118 3,4%
Neuquén 42 29 70 2,1%
Río Negro 57 19 75 2,2%
Salta 110 21 131 3,8%
San Juan 72 13 84 2,5%
San Luis 47 13 60 1,7%
Santa Cruz 31 16 47 1,4%
Santa Fe 214 107 321 9,4%
Sgo del Estero 103 10 113 3,3%
Tucumán 122 10 132 3,9%
Tierra del Fuego 24 36 60 1,8%
CONSOLIDADO 1.895,3 1.521,9 3.417,2 100%
Pérdida por…
Costo Fiscal de
los DEX
Distribución del
Costo
Coparticipación
Federal
Recaudación
Propia

Como se observa en la tabla, el 55% del costo provendría por la pérdida de recursos tributarios provenientes de la coparticipación federal de impuestos ($1.895 millones), en tanto que los
restantes $1.522 millones serían producto de la caída en la recaudación provincial potencial.
Cabe destacar que las jurisdicciones pertenecientes a la Región Pampeana (CABA y Buenos Aires) concentrarían cerca del 30% del costo fiscal anual. En tanto, Córdoba y Santa Fe, correspondientes a la Región Centro, concentrarían otro 20% del costo fiscal estimado en 2010.
Respecto al impacto sobre el resultado provincial consolidado, deduciendo cerca de $431 millones del monto adicional que irían a los municipios por los distintos regímenes provinciales de coparticipación de impuestos, la eliminación de las retenciones permitiría reducir el rojo financiero
en $3.000 millones. Si bien no deja de ser una cifra significativa, no modificaría radicalmente el escenario fiscal provincial, debido al tamaño que alcanzaría el déficit ($14.000 millones según nuestras estimaciones).
Fuente:economia y regiones
Director
Economista
Rogelio Frigerio.

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