Según consignó la agencia Noticias Argentinas, todavía el Gobierno está esperando el documento firmado para acceder a los detalles del acuerdo. En la práctica, el acuerdo por un lado otorga un marco y avala las suspensiones y por otro obliga a las empresas a abonar un piso mínimo del 75% de los salarios a los trabajadores que no cumplan tareas presenciales.
El texto del acuerdo lleva las firmas de los secretarios generales de la CGT, Héctor Daer y Carlos Acuña; del titular de la Unión Obrera Metalúrgica, Antonio Calo y el secretario adjunto de la CGT, Andrés Rodríguez. Por el lado de la UIA, rubricó el acuerdo su presidente, Miguel Acevedo, y el vice, Daniel Fúnes de Rioja.
Allí señalan que «el monto que los empleadores deberán abonar como prestación no remunerativa o las asignaciones en dinero que se entreguen en compensación por suspensiones de la prestación laboral en este marco no podrá ser inferior al 75% del salario neto que le hubiere correspondido al trabajador en caso de haber laborado». Asimismo, detallan que sobre éste monto «deberán realizarse la totalidad de los aportes y contribuciones porla ley 23660 y 23661 y el pago de la cuota sindical».
En ese marco, fuentes de la central obrera afirmaron a NA que «no es una baja salarial», sino que se trata de una «percepción que cobrarán los trabajadores suspendidos, que tiene que ser superior al 75%».
«Es un piso para que los trabajadores suspendidos no cobren menos», resaltaron.
