Bullrich también pide bozal legal para los audios del coimagate y acusa a los medios de maniobras de inteligencia ilegal.

Argentina 01/09/2025.- En un acto que no hace mas que confirmar que, el gobierno nacional se maneja como un régimen, la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, se presenta ante el Juez Federal: FERNANDO OSCAR SOTO y señala que «vengo a formular denuncia penal contra quienes resulten responsables de los hechos que se expondrán a continuación, vinculados con la producción, manipulación y difusión sistemática de grabaciones atribuidas a funcionarios y ex funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional. Las conductas ilícitas objeto de esta presentación forman parte de un ataque a una de las principales figuras del Gobierno Nacional, mediante una burda operación de inteligencia no institucional, prohibida por la Ley 25.520. El propósito de sus autores es influir ilegítimamente en la opinión pública, alarmar y desinformar a la población, desestabilizar los principales indicadores de la política económica y, de este modo, influenciar el proceso electoral en las próximas elecciones legislativas.

Texto de la denuncia de la Ministra de Seguridad de la Nación, pretendiendo otro acto de censura al tratar de impedir que se difundan los audios que comprometen seriamente al presidente y su hermana en vergonzoso coimagate.

Bullrich que ve conspiraciones hasta debajo de la cama, intenta disfrazar este escándalo y atribuirle a los medios una operación de inteligencia ilegal, planificada y ejecutada con el objeto de influir ilícitamente en la opinión publica y de incidir en el proceso electoral de este año.

FORMULA DENUNCIA – SOLICITA MEDIDA CAUTELAR
Señor Juez Federal:
FERNANDO OSCAR SOTO, abogado (T.30F.934, CPACF), en
representación del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, constituyendo
domicilio procesal en Av. Gelly y Obes 2289, CABA y domicilio electrónico bajo
el CUIT 20-14927240-3, en la causa FLP 34.674/2025,a V.S. me presento y digo:

VI. CONCLUSIÓN:
En razón de lo expuesto, surge con nitidez que los hechos
denunciados no constituyen un episodio aislado ni un mero exceso mediático,sino la configuración de una maniobra de inteligencia ilegal, planificada y ejecutada con el objeto de influir ilícitamente en la opinión pública y de incidir en el proceso electoral de este año.
La captación subrepticia de audios, su manipulación y posterior
difusión en un contexto político determinado, la intervención de actores
vinculados al mundo de los servicios de inteligencia y la inmediata utilización de ese material en sede judicial y mediática, generan una situación de máxima alerta institucional.

Por consiguiente, se torna ineludible la inmediata intervención
del Poder Judicial para restablecer la vigencia de la legalidad, mantener la
estabilidad institucional y preservar la transparencia de los procesos
democráticos. Permitir que este tipo de maniobras quede sin investigación y
sanción equivaldría a convalidar la utilización de prácticas clandestinas y
prohibidas para condicionar la vida política del país.

Por todo ello, corresponde que se impulse la acción penal en forma inmediata, se dispongan las medidas cautelares solicitadas y se investigue con la mayor profundidad a los responsables de esta maniobra, a fin de que recaiga sobre ellos la sanción legal correspondiente y se asegure, de una vez por todas, que los servicios de inteligencia y los operadores políticos no manipulen a la Justicia ni desinformen con mentiras a los argentinos de bien.

VII. PETITORIO:

Por todo lo expuesto, solicito al Señor Juez:
1. Se tenga por formulada la presente denuncia penal contra
quienes resulten responsables de la producción, manipulación y difusión de
grabaciones atribuidas a funcionarios y ex funcionarios nacionales, dado que ese
accionar es parte de una operación de inteligencia prohibida por la Ley 25.520.
2. Se disponga la apertura de la investigación, ordenando todas
las medidas de prueba necesarias para determinar la autoría y responsabilidad
de los involucrados.
3. Se adopten medidas cautelares urgentes a fin de impedir la
propagación de nuevas filtraciones ilícitas, disponiendo la prohibición de
difundir, propalar o divulgar nuevos registros relacionados con el caso, bajo
apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia (art. 239 CP), y
requiriendo a las personas, los organismos, los medios de comunicación y los
prestadores de servicios digitales la debida colaboración para hacer efectiva tal
decisión.
4. Se tenga presente lo solicitado y, oportunamente, se provea de
conformidad, y se adopten las medidas conducentes para la averiguación de la
verdad y la protección de las instituciones democráticas.
Proveer de conformidad,
SERÁ JUSTICIA

P Bullrich – Min Seguridad denuncia delitos de Gravedad Institucional.pdf

Fuente: www.lalicuadoratdf.com.ar

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