El edil del PSP impulsó la derogación, y recordó que “mediante la Ordenanza Municipal N° 3350, se instituyó el Voluntariado Social en el ámbito del Municipio de Ushuaia, cumpliendo así lo normado en la Carta Orgánica Municipal, la cual establece el voluntariado de los vecinos en el marco de una actividad de competencia e interés público municipal».
“Esta normativa determina expresamente que es una actividad no remunerada. Sin embargo, en el año 2010 el Concejo sancionó y el ejecutivo promulgó la Ordenanza 3803 que, estableció la posibilidad de otorgar un «incentivo económico” a los voluntarios”, destacó Bocchicchio.
En esta línea el concejal consideró que “era una norma inaceptable, que desvirtuó el concepto, y además era incompatible con el texto de la Ordenanza N° 3350, y contraria a lo dispuesto por la Ley Nacional de Voluntariado Social N° 25855”.
Cabe destacar que en el artículo 4 de dicha ley nacional se estableció que “la prestación de servicios por parte del voluntario no podrá reemplazar al trabajo remunerado y se presume ajena al ámbito de la relación laboral y de la previsión social. Debe tener, carácter gratuito (…)”.
La ordenanza que deroga el “voluntariado rentado”, sí establece “reembolsos de gastos ocasionados en el desempeño de la actividad, cuando así se establezca de manera previa y en forma expresa en el convenio específico”.