La inscripción deberán hacerla también aquellos que ya venían pagando el aporte de $135 correspondiente a las contribuciones tanto por obra social y aporte previsional ya que cuando efectuaba el pago no quedaba registrado los datos del empleador.
«La Afip tenía vedado por ley identificar al que efectuaba el pago porque se lo consideraba como dador de trabajo. En cambio de ahora en más se lo considera un empleador y si debe quedar registrado», explican en fuentes oficiales.
El organismos recaudador, que preside Ricardo Echegaray, estima que existen unas 1.200.000 personas afectadas a este trabajo aunque solo 490.000 se encuentran registradas.
Cabe señalar que si uno tiene una persona por hora aunque sea muy pocas horas igualmente deberá pagar aportes y contribuciones. Se determinan tres categorías: si trabaja de 6 a menos de 12 horas semanales, el desembolso mensual que tendrá que hacer el empleador será de $ 20 entre aportes y contribuciones; de 12 a 16 horas, de $ 39; y si supera las 16 horas laborales en una semana deberá pagar $ 135, nuevo valor que a partir de ahora actualiza el anterior pago de $ 95.
En principio, el nuevo formulario se tramitará solo por Internet pero no se descarta que pueda efectuarse de manera personal en las dependencias de la Afip y hay plazo hasta junio.
Otro pago tendrán que hacer frente los empleadores será el correspondiente al accidente de trabajo. Aún resta determinar su monto y este tema continúa bajo análisis en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Es que, según explican especialistas, no es fácil determinar un monto fijo razonable tanto para el empleador como para la aseguradora ya que uno de los puntos más difíciles es cubrir el riesgo de la persona que se traslada a su trabajo. En el caso del personal doméstico, en particular por horas, el traslado pasa a ser uno de los riesgos más factibles dado que el traslado puede llegar a representar una parte importante de la jornada laboral. Justamente, el riesgo in itinere es uno de los aspectos que más controversia suele traer al momento de la intervención de la Aseguradora de Riesgo.
Para atacar la evasión en este segmento el gobierno dispuso a través de la resolución general 3.492 que la AFIP puede suponer que se cuenta con personal doméstico a cargo aquellas personas que cuenten con ingresos brutos anuales superiores a los $ 500.000 (es decir ingresos mensuales superiores a los $40.000) y un patrimonio mayor a $ 305.000 (más de 58.000 dólares al cambio oficial).
El organismo, en función de estos ingresos enviará notas a estas personas exigiendo el pago de los aportes o en su defecto que demuestre fehacientemente que no cuenta con personal doméstico.
En principio la Afip apuntará a controlar a aquellos contribuyentes con un poder adquisitivo alto, según reza en el Boletín Oficial cuando señala que, «la posesión de ciertos bienes tales como aeronaves de uso particular, automóviles de alta gama, embarcaciones deportivas o de recreación, o propiedades, entre otros hacen presumir que la persona física titular de los mismos requiere de la prestación de servicios personales realizados por quien se desempeña bajo relación de dependencia».
Desde ya que la Afip en caso de comprobar la existencia de personal no declarado establecerá una deuda por aportes y contribuciones a la seguridad social no pagados.
Fuente:ambito.com
