Y por el consejo Nacional de Educación Técnica, así como también las facultades y funciones sobre los establecimientos privados reconocidos, en las condiciones que prescribe esta Ley”.
Seguido de este acto en el año 1993 se sanciona la Ley Federal de Educación Nº 24.195, que en su articulado, por primera vez, incorpora como debía ser, el financiamiento de la educación.
Pero más allá de estar la ley de transferencia del servicio educativo a las provincias aún no se cumplía dado que existía un miedo de la provincias de hacerse cargo del servicio y no recibir los fondos del gobierno nacional para sostenerlos.
Para quitar este miedo y ejecutar la transferencia de los servicios a las provincias se establece firmar un convenio entre la Nación y las provincias, esto se concreto con un pacto federal que dejaba por escrito el compromiso de que la nación giraría los fondos para sostener ese servicio, y las jurisdicciones se hacen cargo de los servicios, nuestra provincia lo firma el pacto federal recién en febrero del año 1997.
Todo este proceso buscaba la descentralización y por lo tanto autonomía, del sistema educativo argentino, el cual ya no podía ser conducido desde Buenos Aires por las dimensiones alcanzadas por el mismo sistema.
En este transcurrir de hechos nuestra provincia en Julio del año 1994, la legislatura, sanciona la ley de educación Nº 159. La misma es copia fiel de la ley Nacional, Ley Federal de Educación, hasta en su articulado coincide, es así como en el artículo 59 y 60 habla de su financiamiento al igual que la ley Federal. El artículo 59 describe de donde salen los fondos para sostener el sistema educativo provincial y el artículo 60 dice: “La inversión en el sistema educativo por parte del Estado Provincial se atenderá con los recursos mencionados en el artículo anterior y no podrá ser inferior al veinticinco por ciento (25%) del presupuesto general de la Provincia”.
El texto es claro sobran las explicaciones, pero, aclaremos para que no oscurezca:
Habla de que la educación es una inversión, importantísimo, porque algunos la consideran un gasto y esto último es un grave error. Establece un porcentaje, 25%. Ese porcentaje debe ser del presupuesto general de la Provincia.
Pero, parece que esto no estaba acordado con todos en ese momento, por eso en Agosto del mismo año, 1994, a dos semanas de ser promulgada la ley 159, se sanciona otra ley Nº 167, en la legislatura de nuestra provincia, donde solo se modifica el artículo 60 y decía lo siguiente en su artículado: “Sustitúyase el artículo 60 de la Ley Provincial Nº 159, por el siguiente :»Artículo 60.- La inversión en el sistema educativo por parte del Estado Provincial se atenderá con los recursos mencionados en el artículo anterior, y no podrá ser inferior al veinticinco por ciento (25%) del total de los recursos corrientes de la Administración Central, netos de coparticipación a municipios y comunas, y discriminados como tales en cada uno de los Presupuestos anuales provinciales».
Quizás algunos vislumbraban estas discusiones de hoy o no…. esto no fue discutido en los medios, o no salió a la luz. Pasa el tiempo y los gestores políticos, gobierno y legisladores tienen otra mirada…
Esta modificación duro hasta el 18 de noviembre del año 2004, porque se sanciona la ley provincial Nº 648 que modifica nuevamente el tan discutido artículo 60 de la ley de educación provincial recobrando nuevamente su texto inicial de esta manera: “Sustitúyase el artículo 60 de la Ley Provincial 159 por el siguiente texto: “Artículo 60.- La inversión en el sistema educativo por parte del Estado provincial se atenderá con los recursos mencionados en el artículo anterior y no podrá ser inferior al veinticinco por ciento (25%) del Presupuesto General de la Provincia”. Por lo tanto: “Deróguese la Ley provincial 167”.
Ahora bien, si lo interpretamos aquí no dice que debemos sacarle a los municipios el 25%, y también es incorrecto decir que los municipios perderán el 25% por esta ley o para educación. Dice que del presupuesto general de la provincia el 25% debe ser para inversión en el sistema educativo.
Entonces nos queda un 75% del total del presupuesto general de la provincia para repartir entre municipios, la justicia, la administración central, otros…
Es obvio que es más la suma que obtengo del total del presupuesto que solo del total de los recursos corrientes de la Administración Central.
Dudas: ¿es importante la educación, la salud, la seguridad?, a buen entendedor pocas palabras.
Tampoco modifiquemos las leyes para el lado que nos convenga, ellas son hechas para buscar el bien común y la justicia social.
Hoy es cierto que se le redujeron los ingresos al gobierno nacional y entonces esta recortando en todos lados los subsidios a las provincias, y “rasca la lata”, como a veces escucho a un periodista local en una radio amiga, porque vienen épocas de vacas flacas.
Es cierto que Tierra del Fuego recibe un monto elevado por capita y entonces la nación esta apretando y buscando reducir coparticipación.
Es hora de acordar políticas públicas para el bien común sin caer en egoísmos o triunfalismos políticos que sostienen solo el clientelismo y la demagogia barata.
Empecemos a compartir roles, en cultura, en deporte, en educación, en salud, en seguridad, en justicia si los habitantes de Tierra del Fuego todos compartimos estos sectores y vivimos, nos servimos, usamos, necesitamos de ellos.
Evaluar los roles y las funciones.
Podemos compartir y acordar todas aquellas acciones que hoy están multiplicadas y las desarrolla la provincia pero también los municipios o acciones que serían mejor desarrolladas por uno u otro, por la magnitud o por la respuesta más certera para la sociedad toda.
El municipio puede atender la salud primaria, el mantenimiento de edificios escolares, los actos de cultura, el deporte que nos representa sin multiplicar campeonatos y acciones repetidas, la seguridad urbana, la planificación urbana, otros.
El gobierno atender la salud secundaria y más compleja, el proyecto educativo, la gestión curricular, la capacitación e investigación docente, la calidad educativa…, la seguridad e investigación provincial, la formación y desarrollo cultural de la provincia, el desarrollo productivo, la planificación provincial, el deporte regional, otros.
No debería ser la justicia quien resuelva los acuerdos de las acciones políticas sino los electos por el pueblo quienes deben administrar la cosa pública y llevarla a buen puerto. No es fácil pero tampoco imposible, empecemos a caminar. Estoy convencido que los actores están preparados para hacerlo, no dejemos de ver el bosque que crece.
Walter D´Angelo
U.C.R.
Ex Ministro de Educación
