1) Democratización y universalización
La regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia tienen como fines el abaratamiento, la democratización y la universalización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
2) Servicios de interés público
Se considera a la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes una actividad social de interés público, de carácter esencial para el desarrollo sociocultural de la población, por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones sin ningún tipo de censura.
3) Órganos colegiados
Se crea la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, un órgano autárquico y descentralizado, que tiene como función la aplicación, la interpretación y el cumplimiento de la ley. Su directorio estará conformado por un presidente y un director designados por el Poder Ejecutivo, tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, correspondiendo uno a la primera minoría, uno a la segunda minoría y uno a la tercera minoría parlamentarias; y dos directores a propuesta del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. Existirá también un Consejo Federal cuyos miembros provinciales van a representar a los prestadores privados, a las emisoras universitarias, a los medios públicos y a los trabajadores de prensa.
LL: ¿Cuál será el criterio de selección de los representantes provinciales, teniendo en cuenta que la actual autoridad del organismo es el mismo que presidía el CONFER? Es decir oficialista.
4) Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual
Se crea la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, un organismo encargado de recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión. Será designado por resolución conjunta de los presidentes de ambas Cámaras.
LL: Lo mismo que en el punto anterior, cual seria el criterio teniendo en cuenta que solo en Tierra del Fuego la provincia mas joven del país tiene mas de 100 medios de comunicación?
5) Abono Social
Los servicios de televisión por cable deberán disponer de un abono social. Esta disposición atiende a que, en ciertos sitios, el prestador de servicio de radiodifusión por suscripción a título oneroso, es el único servicio que existe para mirar televisión. Se busca que todos los habitantes tengan acceso a los servicios de radiodifusión y comunicación audiovisual.
LL: Porque alguien que hizo una inversion a riesgo, hoy debe ser solidario a la fuerza otorgando un abono social. Esto es violación de la propiedad privada, e ingerencia del estado.
6) Desmonopolización
Con el fin de impedir la formación de monopolios y oligopolios, el proyecto de ley pone límites a la concentración, fijando topes a la cantidad de licencias y por tipo de medio. Un mismo concesionario sólo podrá tener una licencia de servicio de comunicación audiovisual sobre soporte satelital; hasta 10 señales sonoras, de televisión abierta o cable (la ley actual permite que una persona sea dueña de 24) y hasta 24 licencias de radiodifusión por suscripción. A ningún operador se le permitirá que dé servicios a más del 35 por ciento del total de la población del país o de los abonados, en el caso que corresponda. Por otra parte, quien maneje un canal de televisión abierta no podrá ser dueño de una empresa de distribución de TV por cable en la misma localidad, y viceversa. También se impide que las compañías telefónicas brinden servicios de televisión por cable.
LL: Otra ingerencia con el agravante de que esta obviamente dirigido a un grupo en particular, basta ver lo que ocurre con TELEFE a la que se otorgó la transmisión exclusiva de los partidos del mundial de Fútbol. ¿Porque las telefónicas quedaron fuera de la Ley, y porque la presidencia de la nación ya inauguro un canal por Internet, si la ley lo prohíbe?
7) Titulares de las licencias
El proyecto establece que para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad. Excluirá a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto, atendiendo a la importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida democrática. Cuando el prestador del servicio fuera una sociedad comercial deberá tener un capital social de origen nacional, permitiéndose la participación de capital extranjero sólo de hasta un máximo del 30% del capital accionario.
LL: ¿Qué pasa con los propietarios de diarios o radios que las crearon como una inversión pero no son idóneos en medios?, o tienen uno de estos con inversion de capitales extranjeros al momento de la aplicación de la ley.
8) Participación de cooperativas
A diferencia de la ley vigente, se permite la participación de cooperativas, siempre y cuando se garantice una porción del mercado a un competidor.
LL: beneficia a determinados sectores y perjudica a los que ya hicieron la inversion.
9) Plazo de las licencias
La operación de los medios audiovisuales se hará, según la propuesta, por sistema de licencias y las mismas durarán diez años (hoy son por 15) y se podrán prorrogar por diez años más, previa realización de audiencias públicas. Quienes hayan obtenido una renovación o prórroga, no podrán solicitar una nueva extensión de plazo por ningún título.
Al mismo tiempo esas licencias serán controladas cada dos años, para evitar que con la incorporación de nuevas tecnologías -la digitalización- un licenciatario multiplique sus señales, generando un nuevo modo de concentración.
LL: Cual es el criterio de selección de quienes integraran las audiencias publicas y porque se les permite decidir sobre el futuro económico de un privado?. No se renuevan licencias es decir que alguien ajeno al sector decidirá sobre quien invirtió para tener ese medio.
10) Más contenidos nacionales
Los servicios de televisión abierta deberán emitir un mínimo del 60% de producción nacional; con un mínimo del 30% de producción propia que incluya informativos locales.
Los servicios de televisión por cable no satelital deberán incluir como mínimo una señal de producción local propia. También deberán incluir en su grilla de señales originadas en países del MERCOSUR y en países latinoamericanos.
Las radios privadas deberán emitir un mínimo de 50% de producción propia, que incluya noticieros o informativos locales. El 30% de la música emitida deberá ser de origen nacional. Quedarán eximidas emisoras dedicadas a colectividades extranjeras o temáticas.
LL: Otra intromisión sobre negocios privados, ¿Quién decide lo que la gente quiere ver, porque la obligación de incluir programación de países latinoamericanos y en un 60% programación nacional, a que se refiere, que tipo de programación ¿ folclore?, tango, o cultura en general. Quien evaluó el costo que significa para un privado contratar locutores, productores, camarógrafos, tira cables y todo lo necesario para generar un noticiero. Cual es el criterio a la hora de obligar a emitir música nacional si las radios de colectividades extranjeras pueden seguir haciéndolo, ¿hubo un estudio previo para ver si la sociedad quiere esto?.ñ
11) Igualdad de oportunidades
Las emisiones de televisión abierta y la señal local de producción propia de los sistemas de cable deben incorporar medios de comunicación visual adicional en el que se utilice subtitulado oculto (closed caption), lenguaje de señas y audio descripción, para la recepción por personas con discapacidades sensoriales, adultos mayores y otras personas que puedan tener dificultades para acceder a los contenidos.
LL: Mas inversión obligatoria, o intromisión en las empresas privadas.
12) Acceso universal para la transmisión de eventos deportivos
Se garantiza el derecho al acceso universal -a través de los servicios de comunicación audiovisual- a los contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos deportivos de encuentros futbolísticos u otro género o especialidad. Los partidos de fútbol y otros encuentros olímpicos que sean de interés para la Argentina se transmitirán por la televisión abierta de acceso libre.
13) Publicidad
Se regula el tiempo de emisión de publicidad con el objetivo de proteger al público contra un exceso de interrupciones publicitarias y promover un modelo de radio y televisión de calidad.
LL: Quien le dijo a los autores de la norma que con lo que se recauda en medios de ciudades como Rio Grande o Ushuaia se lograba un superávit tan amplio como para reducir el tiempo de las tandas publicitarias., cuando están obligados a contratar personal técnicos e idóneos.
14) Nuevas tecnologías y servicios
A diferencia de la ley anterior, la propuesta contempla el potencial impacto que provocaría la incorporación de nuevas tecnologías y servicios que no se encuentren operativas en la actualidad. Se procura un desarrollo armónico atendiendo a los espacios futuros a crearse por vía de los procesos de digitalización, en los que la pluralidad debe ser garantizada.
LL; ¿Que significa pluralidad ante el avance de las tecnologías, que una FM que emite por Internet debe regalar una computadora o dejar de utilizar ese sistema porque mucha gente no tiene Internet?
15) Radio y televisión estatales más participativos
Se crea Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, que reunirá a todos los servicios de radiodifusión sonora y televisiva que en este momento se encuentra bajo la órbita del Estado Nacional. El Directorio estará integrado por siete miembros, con un presidente y un director designado por el Poder Ejecutivo y tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, uno por la primera minoría, otro por la segunda y otro por la tercera. Y se crea un Consejo Consultivo Honorario de los Medios Públicos que garantiza mayor participación social.
16) Medios Municipales y Provinciales
Se reserva para cada Estado Provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una frecuencia AM, una FM y una de televisión abierta. Cada Estado Municipal tendrá reservada una frecuencia FM.
LL: Apología de la competencia desleal, que privado puede competir con una emisora motada por el estado, ya sea municipal o provincial, con personal pagado por el estado, respaldo financiero del estado y empleados del estado.
17) Más voces de la sociedad civil
Se reserva el 33% de las localizaciones radioeléctricas planificadas, en todas las bandas de radiodifusión sonora y de televisión terrestres, en todas las áreas de cobertura, para las organizaciones sin fines de lucro. Además, los pueblos originarios serán autorizados para la instalación y funcionamiento de radios AM y FM y así como de señales de televisión abierta.
LL: otra vez la competencia desleal, mientras todos los medios que se encuentran en funcionamiento debieron luchar a brazo partido para obtener sus licencias, estas organizaciones solo tendrán que presentar el pedido formal y accederán a una frecuenta. No es negación de la libertad de expresión es competencia desleal.
18) Medios Universitarios y Educativos
Las Universidades Nacionales podrán ser titulares de autorizaciones para la instalación y explotación de servicios de radiodifusión. Deberán dedicar espacios relevantes de su programación a la divulgación del conocimiento científico, a la extensión universitaria y a la creación y experimentación artística y cultural.
LL: Donde esta la reglamentación de este articulo donde se garantice que una Universidad regenteada por un integrante reconocido de un partido político no la utilice para otros fines, ¿Quién controla eso? Si se tiene en cuenta que el mencionado pertenece al mismo partido que el que gobierna el país.
19) Televisión e infancia
Se prevé la creación de un Fondo de Fomento Concursable para la Producción de Programas de Televisión de Calidad para Niños, Niñas y Adolescentes que tendrá como objetivo desarrollar estrategias que permitan producir más televisión y radio de carácter educativo, cultural e infantil.
LL: Nuevamente la obligación de invertir mas y mas cuando contradictoriamente se recortan espacios para la publicidad. En este sentido en ningún artículo se hace mención a la obligación del estado de publicitar en todos los medios sus actos de gobierno y no propaganda como ocurre actualmente con el Diario Pagina/12, o los que son afines al gobierno nacional.
20) Cine nacional
Se establece, por primera vez, la fijación de una cuota de pantalla. Los canales de televisión abierta y de cable deberán exhibir de forma obligatoria y en estreno televisivo ocho películas nacionales por año. La ley actual no contempla ninguna normativa de promoción del cine nacional.
LL: A todo el mundo le gusta el cine nacional, todo el país quiere ver películas de 1950, ¿Qué cine?, ¿en que proporción?, ¿en que horarios?.
No hay especificación alguna al respecto.
Estos son los 21 puntos principales de la norma y como se puede ver, no se menciona a los medios del interior, ni a los portales de Internet, radios comunitarias o medios vecinales, solo se apunta a dos monopolios Nación, Clarín y al Grupo Uno, pero llamativamente no ocurre lo mismo con el grupo Atlántida, que congrega a TELEFE, REVISTA GENTE, RADIOCONTINENTAL, este multimedia no está en la mira del gobierno nacional y no solo recibe una pauta extraordinaria sino que además logró la transmisión exclusiva del mundial.
Cual es la postura de la norma ante la adquisición de medios por parte de empresas relacionadas con el Gobierno nacional como Electrotécnica de Córdoba que adquirió RADIO DEL PLATA e inmediatamente despidió a Nelson Castro, y Fernando Bravo, además de provocar la ida de Jorge Lanata. Lo de pagina 12 y Radio 10 es escandaloso, igual que C5N el Canal de Adad o Canal 9 identificados hasta lo obsceno con el gobierno nacional, de esto tampoco se hace mención en la norma.
Pareciera que de repente nadie sabe que Rudy Ulloa Igor es dueño de todos los medios de comunicación de Rio gallegos, salvo OPI Santa Cruz la unca agencia informativa que denuncia lo que ocurre en la provincia del ex y la actual presidente.
Es obvio que este es un gran negocio para las telefónicas y para sacarse de encima al multimedios Clarín por ser opositor, como se lo quiera llamar obligándolo a deshacerse de propiedades costosísimas que ahora deberán vender a precio vil, generando perdida de puestos de trabajo, de hecho más de 400 trabajadores quedaron en la calle, mientras Moyano compra Critica y lo cierra, y aparece Tiempo Argentino o El argentino de Rudy Ulloa, o la revista 23 transformada en órgano oficial del gobierno, 6,7,8 un vergonzoso y descarado folletín que fue criticado hasta por su propia ex conductora Maria Julia Olivan por oficialista después de renunciar.
A Clarín seguramente lo van a destruir porque ese es el objetivo, pero el daño que hace a todos los medios del interior del país, que nada tienen que ver con este ensañamiento del gobierno nacional solo me hace pensar que vamos camino a la CHAVIZACION de la comunicación social en Argentina, la intromisión en la actividad privada del estado y la parcializacion de la información desde todo punto de vista, mas conociendo a quienes proponen esto y quines lo impulsan. Por todo esto La Licuadora se opone a la aplicación de esta ley cuyo único objetivo es el negocio con las telefónicas y el manejo de las comunicaciones telefónicas, móviles y fijas y el dominio de Internet. Repudiamos la ley de medios de los militares en todos sus términos pero esta no es la mejor alternativa viniendo de donde viene menos tratándose en el 2011 de un año electoral.
Esto no es ni nacional ni popular, es sectario y excluyente.
Armando Cabral
