También estuvieron presentes el Presidente de la Convención Constituyente Ing. Jorge Martín junto a su esposa la señora Myriam Guillén, integrantes de la Convención Constituyente, el Concejal José Ojeda a cargo de la presidencia del Concejo Deliberante, acompañado del cuerpo deliberativo, además se contó con la participación de empleados municipales.
Al respecto, el Contador José Labroca manifestó “se han concretado dos hechos trascendentes, por una parte la capacitación del personal, que va a ser de aproximadamente 70 personas, para mejorar el funcionamiento administrativo, además de los controles que esto permite, el otro hecho trascendente es la adscripción del personal de la Municipalidad en el Tribunal de Cuentas, para que se capacite y luego de un año vuelva a la Auditoria Interna para controlar mejor todo el circuito de movimiento de expedientes y dinero dentro del Municipio”. Además expresó “el mensaje que queremos dejar desde la gestión del Intendente Martín es: estamos preparados para ser transparentes, queremos ser más transparentes y nos sometemos a todos los controles de cuanto organismo lo requiera”.
CONVENIO MARCO
En la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, Antartida e Islas del Atlántico Sur a los ……………….días del mes de ……………….del año 2006, entre el Tribunal de Cuentas de la Provincia representado en este acto por su Presidente C.P.N. Claudio Alberto Ricciuti D.N.I 13.431.868 con domicilio en calle Gobernador Deloqui Nº 1123 de la ciudad de Ushuaia en adelante EL TRIBUNAL, por una parte y por la otra, la Municipalidad de Río Grande, representada en este acto por el Concejal A/C de la Intendencia Juan Felipe Rodríguez D.N.I Nº 11.913.939, ad-referéndum del Concejo Deliberante de la ciudad de Rió Grande, con domicilio en la calle Elcano 203 de esta ciudad en adelante EL MUNICIPIO, acuerdan celebrar el presente Convenio Marco para la capacitación del personal municipal en las tareas de control, sujeto a las siguientes cláusulas:—
PRIMERA: El MUNICIPIO adscribirá personal de planta permanente dependiente de los Departamentos Ejecutivo y Legislativo a EL TRIBUNAL, en el marco de lo dispuesto por el Art. 46 de la Ley Nacional 22.140-Régimen Jurídico Básico de la Función Pública- y el Anexo I del Decreto Nacional Nº 2058/85- Normas para el trámite de adscripciones de personal.
SEGUNDA: La adscripción tendrá por objeto la colaboración del personal municipal en las tareas de control que cumple EL TRIBUNAL, el que prestara servicios en las distintas delegaciones de EL TRIBUNAL, cumpliendo funciones conjuntamente con los revisores de cuentas. Ello con el objetivo de ser capacitados en las tareas de control externo contable, económico- financiero y de legalidad de gasto de los tres poderes del Estado Provincial, Municipalidades, Comunas, y entes autárquicos y jurídicamente descentralizados provinciales, municipales o comunales.
TERCERA: EL TRIBUNAL hará las veces de Órgano Controlador Externo, realizando una propuesta de funcionamiento procedimental administrativo del instituto establecido en la Carta Orgánica Municipal, cumpliendo este rol hasta tanto el Municipio cuente con el marco reglamentario propio.
CUARTA: EL MUNICIPIO dictara, a través de las áreas competentes, los actos administrativos que dispongan la adscripción de los agentes municipales al EL TRIBUNAL por el termino de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos, los que deberán ser notificados a EL TRIBUNAL con anterioridad al inicio de el.
QUINTA: El personal adscripto continuara sometido al régimen de empleo público municipal, no resultándole aplicables las normas que rigen al personal de EL TRIBUNAL.
SEXTA: EL TRIBUNAL informara periódicamente a EL MUNICIPIO acerca del desempeño de cada uno de los agentes adscriptos en las tareas de control.
SEPTIMA: EL MUNICIPIO, en contraprestación a la capacitación brindada a su personal adscripto y a las autoridades recibidas, se obliga a poner a disposición de EL TRIBUNAL todos los servicios a cargo de la Unidad de Gestión de Medicina Ocupacional, Seguridad e Higiene Laboral dependiente de la Subsecretaria de Gobierno, creada por el Decreto Municipal Nº 788/05, a fin de que entienda en todo lo relacionado con el control de la salud de los agentes de EL TRIBUNAL, en el marco de las misiones y funciones previstas en el Anexo I del Decreto Municipal citado.
OCTAVA: El presente convenio tendrá una vigencia de un (1) año desde la fecha de su ratificación por el Concejo Deliberante, prorrogándose sucesivamente en forma automática de no mediar objeción explicita de cualquiera de las partes por periodos de un (1) año. Asimismo podrá ser rescindido por cualquiera de ellas previa notificación con una anticipación no menor a los sesentas (60) días hábiles.
NOVENA: EL MUNICIPIO se obliga a obtener la ratificación del presente por parte del Concejo Deliberante en el plazo de treinta (30) días hábiles, computado desde su firma.
DÉCIMA: Las partes prestan conformidad para que en caso de surgir controversias respecto a la interpretación y/o aplicación del presente convenio, se resuelvan extrajudicialmente de mutuo acuerdo. En caso de conflicto judicial, acuerdan someterse a la jurisdicción del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia. Y a todo efecto derivado del presente constituyen domicilio en los indicados ut supra.
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados al inicio del presente.
4º EXPOSICIÓN DEL COLECCIONISTA DE TIERRA DEL FUEGO
Comenzó ayer la 4º Exposición del Coleccionistas, organizada por la Asociación de Coleccionistas de Tierra del Fuego, y con el auspicio de la Municipalidad de Río Grande, en las instalaciones del Centro Cultural Municipal Leandro N. Alem, sito en la esquina de Av. Belgrano y Alberdi. La entrada es libre y gratuita y se estará presentando hasta el 3 de septiembre. Se invita a toda la comunidad a el acto inaugural de esta exposición, hoy viernes a las 18:00hs.