Pedido de multa y denuncia en la justicia laboral

Ante la desobediencia de la orden judicial que dispone la suspensión de los efectos de su despido de Yolanda Dips y su consecuente reinstalación en su puesto de trabajo en el diario Tiempo Fueguino, el SIPREN ha efectuado la correspondiente denuncia y pedido de multa a la empresa. Se iniciará además una acción judicial por haberse negado el derecho a réplica.

Para conocimiento y evaluación de militantes de los básicos derechos humanos de libertades de prensa y sindicales, se envía el presente informe.

Yolanda DIPS es empleada de PASSWORD S.R.L., firma de quien depende el diario TIEMPO FUEGUINO; se desempeñaba como periodista desde el 16 de enero de 2002 en la empresa, aunque fue registrada a partir del 1º de julio de 2005 como ‘auxiliar administrativa’, categoría prevista en el convenio colectivo de empleados de comercio, cuando se encuentra vigente y es de cumplimiento obligatorio el Estatuto del Periodista Profesional –ley 12.908-.
En fecha 04 de marzo de 2005 Dips resultó electa Secretaria Administrativa y de Actas del Sindicato de Prensa de Río Grande (SIPREN), filial de la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN), entidad sindical de segundo grado con personería gremial N° 367. Tal elección fue fehacientemente comunicada a los empleadores de los integrantes de la Comisión Directiva, entre ellos la empresa Password SRL.
Los trabajadores periodísticos de Tierra del Fuego siempre han estado muy desprotegidos y precarizados. La mayoría de ellos se encuentran “en negro” y otros mal escalafonados, como “monotributistas” o “empleados de comercio” (tal el caso de DIPS). Como contracara de la vulnerabilidad de los trabajadores, muchos empresarios periodísticos que usufructúan su fuerza laborativa física e intelectual hacen pingües negocios con la publicidad estatal, siendo además que muchos de esos pagos son observados por el Tribunal de Cuentas e incluso investigados por la Justicia Penal.

Por medio de la ley provincial 655, tras adherir la provincia a lo dispuesto por el art. 64 de la ley nacional 12.908 (art. 1º), se estableció que “Las dependencias de la Administración Pública Provincial dependientes del Poder Ejecutivo, organismos autárquicos, descentralizados, empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Gobierno provincial tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias; concesionarios de servicios públicos; órganos de control; los Poderes Legislativo y Judicial y los demás órganos establecidos en la Segunda Parte, Título Primero de la Constitución de la Provincia no podrán disponer publicaciones de ninguna índole, condicionadas a un régimen de tarifas, en diarios, revistas, periódicos y órganos de difusión que utilicen personal comprendido en la Ley nacional 12.908 que no haya cumplido previamente las disposiciones de dicha ley; la Ley de Jubilaciones y Pensiones de Periodistas y toda legislación social que ampara los derechos del periodista profesional” (art. 2º).-
De esta manera el Estado Provincial ensayó un importante aporte en la lucha por el reconocimiento, la jerarquización y la regularización de los trabajadores de prensa, por la vía indirecta del “estímulo” a los empleadores quienes, para poder seguir percibiendo publicidad estatal, debían ponerse al día con el Estatuto propio del sector.
Paralelamente, por el tiempo de la sanción de la citada ley provincial, los periodistas de Río Grande comenzaron a organizarse formando el Sindicato de Prensa, cuya gestión no fue ajena a la lucha que concluyera con dicha medida legislativa.
Sin embargo, por la presión de algunos empresarios de los medios de prensa, la Legislatura Provincial por mayoría de sus miembros derogó la citada ley 655 por medio de su par número 693 (sancionada el 06 de abril de 2006), no obstante lo cual quedó estipulado por el art. 1º de la citada ley 693 que “Las dependencias de la Administración Pública del Poder Ejecutivo Provincial, organismos autárquicos, descentralizados, empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Gobierno provincial tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias; concesionarios de servicios públicos; órganos de control; los Poderes Legislativo y Judicial y los demás órganos establecidos en la Segunda Parte, Título Primero de la Constitución de la Provincia, no podrán disponer publicaciones de ninguna índole, condicionadas a un régimen de tarifas, en diarios, revistas, periódicos y órganos de difusión respecto a los cuales se haya comprobado el empleo de personal no registrado conforme a las normativas laborales en vigencia, hasta tanto no se regularice dicha situación”.-
En la continuidad de la lucha que viene llevando adelante el SIPREN por la regularización de los trabajadores de prensa, promovió inspecciones por ante la Secretaría de Trabajo de la Provincia, para que constate el incumplimiento de las empresas periodísticas de las disposiciones legales citadas.
Como represalia y ante las irregularidades detectadas, Yolanda DIPS fue despedida, no sólo sin invocación de causa alguna sino aparte sin previa exclusión de la tutela sindical, lo que torna el despido arbitrario, además de comportar una actitud abiertamente antisindical, contraria por ello al sistema constitucional vigente en materia de derechos humanos y sociales.
Acto seguido la patronal, en la edición del 8 de agosto de 2006 del Diario Tiempo Fueguino, publicó la editorial que se transcribe a continuación:

Por más cruda que sea la verdad, hay que revelarla

“Frente a la campaña de desprestigio permanente llevada adelante por un grupo minúsculo de activistas del odio, que se mueven mimetizados entre el esfuerzo y la dignidad de decenas de trabajadores de prensa que de ningún modo se sienten representados por estos oscuros personajes, la dirección de TIEMPO Fueguino se ve en la necesidad de aclarar a la comunidad en general y a los colegas periodistas en particular lo siguiente:
“- Que este diario y todo su personal han respetado y respetan siempre el derecho de agremiación del personal, la necesidad de contar con obra social y protección como trabajadores y es por ello que la totalidad del personal cuenta con dichos beneficios, encontrándose adheridos desde hace muchos años al Centro de Empleados de Comercio, entidad desde la cual reciben con toda satisfacción los beneficios requeridos. Cobran además un salario perfectamente acorde a la escala salarial impuesta por el Convenio respectivo.-
“- Que apoyaremos con toda firmeza la posibilidad de conformar en Tierra del Fuego filiales de entidades nacionales (ausentes hasta la fecha en nuestra provincia) que representen y contengan cabalmente a los trabajadores de prensa.-
“- Que de ningún modo este deseo puede verse reflejado en la simulación artera llevada adelante por un grupo minúsculo de personajes que no han sido de ningún modo reconocidos como sus representantes por los trabajadores de diarios y radios de Río Grande, pero que, con la complicidad de quienes se dicen dirigentes gremiales de FATPREN, viene ejerciendo una permanente extorsión hacia las empresas del medio, persiguiendo fines exclusivamente personales, administrando una cuenta gremial de dudosa legitimidad, simulando una elección sin afiliados para justificar del modo más artero su accionar extorsivo.-
“- Este fallido proceso de presión encuentra a su paso el apoyo interesado de sectores como los que propiciaron la sanción de una ley incumplible y anticonstitucional, rápidamente derogada por ridícula, pero demostrativa del peligroso poder de este grupo y sus prácticas mafiosas.-
“- El autodenominado Sipren, que no ha justificado su existencia legal, denuncia sede en un domicilio particular, se maneja con cuentas personales, y firma acuerdos sin conocimiento ni de los supuestos afiliados ni mucho menos de la parte empresarial con la que no sostiene ningún tipo de relación.-
“- Entre otra larga serie de irregularidades que descalifican su pretendida representatividad, tampoco el Sipren tiene conformada su comisión directiva, cuenta sólo con tres integrantes en su administración y no ha logrado la afiliación de empleado alguno, luego de su presentación. Recauda o pretende recaudar fondos de aportes patronales pero no presta ningún tipo de servicio y le resulta imposible ofrecer algún tipo de obra social a sus potenciales adherentes.-
“- Respecto de la denuncia pública por presunto despido de un supuesto dirigente de Sipren, que revistaría en la planta de personal de este diario, debemos consignar que jamás se recibió en esta dirección comunicación alguna que otorgara cobertura gremial a alguno de sus empleados.-
“- Que es totalmente falsa que la Sra. Yolanda Dips haya sido despedida por efectuar denuncias respecto de anormalidades en las instalaciones del diario. Nos negamos, como es nuestra norma empresarial, a ventilar las cuestiones privadas de nuestro personal, pero debe consignarse que el despido obedeció a razones de injuria laboral plenamente justificadas y de las cuales puede dar fe y testimonio un inspector del ministerio de Trabajo presente en la oportunidad de ocurridos los hechos que promovieron el despido.-
“- Que es importante destacar que la Sra. Yolanda Dips, se arroga representatividad de otros trabajadores aunque es a la vez dependiente y empresaria. Al momento de ser despedida percibía, además de su remuneración en este diario, salario como docente, es productora gráfica y radial y, en carácter de empresaria periodística y publicitaria, emite facturación propia, contando entre sus clientes habituales al propio Estado municipal. Del mismo modo existen otros autoproclamados integrantes de la dirigencia gremial que a la vez aparecen como empleadores en los convenios y acuerdos que el propio Sipren lleva adelante para afirmar su avanzada.-
“- Que la cautela con que manejamos la relación con nuestro personal (aun en situaciones en que su accionar los hace absolutamente indignos de pertenecer al grupo de trabajadores que honesta y dignamente prestan servicios para nuestro medio) no puede ser la razón para que algunos militantes políticos y partidos de minúscula representatividad se arroguen el atrevimiento de difamarnos, sumarse a la campaña de desprestigio y emitir livianos comunicados de “solidaridad” cuando ignoran rotundamente la realidad de los hechos.-
“- Estamos realizando tareas ímprobas de mejora de nuestras instalaciones, venimos mejorando poco a poco la situación de nuestros empleados y ello con la permanente supervisión del ministerio de Trabajo. Seguiremos apoyando la conformación de una entidad gremial que realmente los ampare y no los impulsaremos a sumarse a la aventura mafiosa de ningún grupo de activistas que sólo buscan la destrucción del sistema y el desprestigio del periodismo como institución de la sociedad. Quienes se dicen dirigentes del Sipren deben explicar a la sociedad por qué razón no han obtenido (a un año de su presentación) el reconocimiento, el apoyo o siquiera un canal de diálogo con ninguno de todos los medios y empresas periodísticas que ejercen el periodismo en nuestra ciudad y que ofrecen fuentes de trabajo a más de cien empleados que ven en el accionar del Sipren una permanente amenaza a su estabilidad”.

Fuera de las frases netamente injuriosas, cada una de las imputaciones objetivas fueron desmentidas por el Sindicato de Prensa, en base a objetivas constancias documentales, ingresando al diario pedido de pública rectificación en los términos que se transcriben a continuación:

Río Grande, 14 de Agosto de 2006
P/SINDICATO DE PRENSA DE RIO GRANDE
ARTURO ILLIA 1276
9420- RIO GRANDE

Sr. Director:

Tras el editorial publicado por el DIARIO TIEMPO FUEGUINO el día 8 de agosto del corriente año, solicitamos hacer uso de nuestro derecho a réplica, con la publicación del siguiente texto, en página equivalente:

A LA EMPRESA PASSWORD SRL Y A LA OPINIÓN PÚBLICA

-ESTÁ DOCUMENTADO que hasta julio de 2005 el Diario Tiempo Fueguino NO TENÍA NINGÚN PERIODISTA EN BLANCO. La compañera YOLANDA DIPS fue blanqueada en julio de 2005, con un salario de media jornada del CCT de Comercio, de 500 pesos. El diario sigue sin registrar al personal jerárquico que consigna en su staff, a periodistas deportivos y corresponsales de Ushuaia.

-ESTÁ DOCUMENTADO que el SIPREN es filial de la entidad nacional FATPREN, por cuanto la empresa no debe preocuparse por «apoyar con toda firmeza la posibilidad de conformar en Tierra del Fuego filiales de entidades nacionales» que ya existen.

-ESTÁ DOCUMENTADO que «quienes se dicen dirigentes gremiales de FATPREN», efectivamente SON dirigentes gremiales de FATPREN. La página oficial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación así lo consigna.

-ESTÁ DOCUMENTADO que a los medios hasta el momento encuadrados o en proceso de encuadre les fue informado el número de cuenta corriente de la Federación de Prensa para el depósito de aportes sindicales, puesto que el SIPREN no tiene cuenta abierta hasta tanto obtenga su inscripción gremial y personería jurídica propia.

-ESTÁ DOCUMENTADO que la ley que tilda el medio de «ridícula» (N° 655, derogada y reemplazada por la N° 693) fue aprobada POR UNANIMIDAD; y que tanto EL FISCAL DE ESTADO como el TRIBUNAL DE CUENTAS reclamaron su aplicación, no encontrando válidos los argumentos del Poder Ejecutivo ni las presentaciones de las empresas para justificar los incumplimientos denunciados por el SIPREN (dictamen F.E. 11/05, Acuerdos Plenarios TCP 748/05, 816/05, 940/06, entre otros).

-ESTÁ DOCUMENTADO que la sede legal del SIPREN no ha sido obstáculo para que diversos organismos del Estado provincial y municipal remitieran notificaciones oficiales.

-ESTÁ DOCUMENTADO que las empresas no tienen legitimación para intervenir en la resolución de conflictos intersindicales, como tampoco para decidir qué convenio colectivo debe aplicarse, por cuanto no corresponde que pretendan haber sido consultadas sobre los acuerdos firmados entre el SIPREN y el CEC Río Grande.
-ESTÁ DOCUMENTADO que el SIPREN tiene conformada su comisión directiva desde el 4 de marzo de 2005, electa y con mandato hasta marzo del 2008. Obra en nuestro poder copia de la carta documento enviada a la empresa Password SRL y ACUSE DE RECIBO, con lo cual no podrá argumentar desconocimiento de la tutela sindical de Yolanda Dips, Secretaria Administrativa y de Actas. La empresa Password SRL, por otra parte, deberá DOCUMENTAR cómo fue posible “simular una elección sin afiliados”, como ha sostenido en su editorial, cuando además del voto del 80% del padrón, durante los comicios contamos con la visita del Secretario General de FATPREN José Insaurralde, de funcionarios provinciales, dirigentes de ATE, UOM, SUTEF, Luz y Fuerza, ASOEM y APEL, entre otros. Comicios que fueron fotografiados, televisados y abiertos a todos los trabajadores.

-ESTÁ DOCUMENTADO que contamos con una obra social de prensa para ofrecer a los trabajadores que elijan esta opción, de carácter nacional y con cobertura en todo el país. También ESTÁN DOCUMENTADOS los descuentos especiales a afiliados en comercios adheridos y por capacitación profesional. De cumplir Password SRL con la exhibición de la cartelera sindical, obligatoria incluso dentro del CCT de Comercio, podría conocer estos beneficios.

-ESTÁ DOCUMENTADO que en el telegrama de despido de Yolanda Dips no se invocó causal, aunque el editorial indique que obedeció a «razones de injuria laboral plenamente justificadas». Tampoco hubo apercibimientos previos a la compañera y, respecto del testimonio de «un inspector del ministerio de Trabajo presente en la oportunidad», según DOCUMENTACIÓN en nuestro poder, no se cuestiona a la compañera despedida sino que hay constancia del llamado telefónico de Edgardo Welsch pidiendo que fueran desalojados “de su propiedad” los dirigentes del SIPREN, conducta antisindical que lo hará pasible de la multa correspondiente.

-ESTÁ DOCUMENTADO que Yolanda Dips no es empresaria, ni radial ni gráfica. Invitamos a la empresa a sostener con DOCUMENTACIÓN que nuestra compañera «emite facturación propia», cuando ni siquiera se encuentra inscripta como monotributista.

-ESTÁ DOCUMENTADO que los convenios y acuerdos firmados por el SIPREN tienen como contrapartes, hasta el momento, al CEC Río Grande y a la empresa Imagen Provincial SRL. Invitamos al responsable del editorial a sostener con documentación que «integrantes de la dirigencia gremial a la vez aparecen como empleadores en los convenios y acuerdos que el propio SIPREN lleva adelante», no siendo ni los integrantes del CEC ni los propietarios de Imagen Provincial SRL dirigentes de nuestro gremio.

-ESTÁ DOCUMENTADO que el reclamo de mejoras en las instalaciones comenzó en el 2005, como también que la empresa NO PERMITIÓ EL INGRESO de inspectores para verificar la situación y argumentó refacciones en proceso, de lo cual fuimos NOTIFICADOS OFICIALMENTE. Invitamos a la empresa a sostener con documentación cuáles son las «tareas ímprobas de mejora de nuestras instalaciones», y de resultar improbables los alentamos a realizarlas, para llevar tranquilidad a los compañeros que deben tolerar las incomodidades CONSTATADAS OFICIALMENTE.

-ESTÁ DOCUMENTADO con acciones de capacitación, blanqueo de personal y mejoras salariales, que lejos de buscar el «desprestigio del periodismo como institución de la sociedad», lo que el SIPREN persigue es su jerarquización y el respeto del derecho de los trabajadores a recibir un salario digno DEL EMPRESARIO QUE LO EMPLEA, y no de terceros “solidarios” con la empresa.

-ESTÁ DOCUMENTADO que Password SRL es una de las empresas que pretende hacer valer el CCT de Comercio como encuadre legal para sus trabajadores, en violación a disposiciones nacionales DOCUMENTADAS. También ESTÁ DOCUMENTADO que los salarios que deben abonar si los encuadran como corresponde, son EL DOBLE O MÁS de los que actualmente pagan. Sin embargo, se atreven a alzar la voz como empleadores, en nombre de nuestros compañeros, para asegurar que los periodistas no quieren mejoras salariales o que ‘no quieren ser blanqueados’.

-ANTE LA IMPUTACIÓN DEL DELITO DE EXTORSIÓN y de ACTITUDES MAFIOSAS, invitamos a la empresa a rectificar sus dichos, haciendo reserva de accionar judicialmente por calumnias e injurias.

Por último, y ante la calificación de “activistas del odio” que se ha realizado a un grupo de periodistas movidos por el AMOR a una profesión que vemos presa de una degradación sin precedentes, invitamos a la empresa a reflexionar si la “permanente amenaza a la estabilidad” que también nos imputa, la constituye el accionar del SIPREN o la ilegalidad de Password SRL y sus satélites asociados, que pretenden continuar al margen de toda regulación, mientras recaudan del Estado millones de fondos públicos en concepto de publicidad oficial.

ESTO, TAMBIÉN ESTÁ DOCUMENTADO.

Yolanda Dips Fabiana Orqueda
Secretaria Adm. y de Actas Secretaria General
DNI: 17168858 DNI: 17433470

A la fecha, la empresa no cumplió con el pedido de publicación de réplica y rectificación pedido por el Sindicato de Prensa.

Por otro lado, Yolanda DIPS promovió por ante la Justicia Laboral Provincial acción de amparo sindical, con base en los artículos 47, 50 y cctes. de la ley nacional 23.551, obteniendo una medida cautelar favorable, la cual ordena la suspensión de los efectos de su despido y su consecuente reinstalación en su puesto de trabajo. Obviamente para así resolver, el Juzgado tuvo por acreditado, a contrario de lo aseverado en la injuriosa editorial trascripta más arriba, que el Sindicato de Prensa existe, que Yolanda integra su conducción y que la demandada estaba en conocimiento fehaciente de ello, lo cual refuerza la procedencia del derecho a réplica pretendido.

La medida cautelar que desmiente el editorial fue despachada en fecha 15 de agosto, y notificada a la empresa el día 16 del mismo mes, esto es ocho días después de la publicación de el editorial. Al día de la fecha (30 de agosto) la empresa aún no dio cumplimiento a la medida citada, limitándose a cursar cartas documento a la trabajadora, pretendiendo imponerle una unilateral modificación de las condiciones de trabajo incompatibles con la reinstalación ordenada. Se ha denunciado el incumplimiento en el expediente, pidiéndose la pertinente aplicación de multa.

Por otra parte, el Sindicato de Prensa juntamente con otras organizaciones, gremios y ciudadanos hermanados en lo que se ha denominado el FORO POPULAR POR UNA JUSTICIA PARA LA DEMOCRACIA se ha solidarizado con Yolanda DIPS, decidiendo acompañar la promoción de la correspondiente acción judicial a efectos de hacer efectivo el derecho a réplica vulnerado.

Para quien quiera hacer llegar su opinión o inquietud al Diario, las direcciones de correo electrónico del mismo son “tiempofueguinoredaccion@speedy.com.ar” (Redacción del Diario), y “norman.munch@gmail.com” (Jefe de Redacción).-

Atentamente

Comisión Directiva
Sindicato de Prensa de Río Grande
A.Illia 1.276 – TE. 443483/15616292

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