Con el objetivo de facilitar la industria y el comercio, el Gobierno nacional extendió el Régimen de Aduana en Factoría (RAF) a todas las empresas argentinas. La medida quedó oficializada a través del DNU 252/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial.
El RAF es un régimen que otorga beneficios para las empresas locales que utilizan insumos importados. En concreto, les permite importar insumos sin pagar impuestos al momento del ingreso siempre que estos agreguen valor al proceso productivo. Si el producto final en cuya producción fueron utilizados esos insumos importados se exporta, no tributa. Si, en cambio, este se vende en el mercado interno, recién ahí se paga.
En definitiva, lo que hace este régimen es diferir o eliminar el costo tributario según el destino final del producto, reduciendo costos y facilitando la producción.
Desde su creación en 2002, sólo la industria automotriz había podido utilizar este régimen debido a las trabas burocráticas que existían asociadas al mismo. Es que para que una rama industrial pudiera adherirse a este sistema, el Estado debía negociar y firmar un acta-convenio con la cámara empresarial del sector, con metas de producción, empleo y contenido nacional. Sin acuerdo sectorial, no había acceso.
A eso se sumaban trabas adicionales: la garantía exigida debía ser global y única, una carga financiera que funcionaba como barrera de entrada para operadores medianos y pequeños. Además, el régimen dejaba afuera a los proveedores de las empresas exportadoras, que debían importar sus insumos pagando todos los tributos aduaneros, aunque esos insumos terminaran en un producto de exportación.
El DNU 252/2026, publicado hoy, modifica el Decreto 688/2022 y pone fin a todas esas trabas. El objetivo: facilitar la producción, mejorar la competitividad y promover las exportaciones. Entre las principales novedades, se habilita el acceso directo al régimen sin necesidad de acuerdos sectoriales previos y se incorpora a los proveedores de empresas industriales, quienes podrán importar insumos bajo este esquema para integrarlos a procesos productivos.
“Ahora cualquier empresa puede acceder directamente al régimen si le sirve para ganar competitividad. Estamos eliminando trabas burocráticas que durante más de dos décadas lo volvieron prácticamente inaccesible”, señaló el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Según explicó el funcionario, esta simplificación “abre el régimen a sectores como autopartes, maquinaria agrícola, metalmecánica, hidrocarburos e industria alimenticia, entre muchos otros”, lo que favorece la integración productiva y el desarrollo de cadenas de valor.
Además, el decreto flexibiliza el sistema de garantías, permitiendo a las empresas elegir alternativas acordes a su realidad financiera, y establece un plazo máximo de 60 días para la aprobación de solicitudes, reduciendo la incertidumbre y los costos administrativos.
¿Qué se modifica?
- Se elimina el requisito de actas-convenio sectoriales. Cualquier empresa industrial, de cualquier rama, puede inscribirse directamente en el RAF. No se necesita acuerdo previo con ninguna cámara, ni metas negociadas, ni habilitación sectorial. El acceso es libre, directo y universal para todos los establecimientos con aduana domiciliaria.
- Se flexibiliza el régimen de garantías. Se elimina la obligatoriedad de la garantía global y única. Cada empresa elige la modalidad de garantía más adecuada a su tamaño, flujo de caja y realidad operativa.
- Se incorporan los proveedores a la cadena. Los proveedores directos de empresas que ya operan bajo RAF pueden acceder también al régimen, siempre que los insumos que importen se integren al proceso productivo del titular exportador. El beneficio fiscal sigue al producto, no se detiene en el primer eslabón.
Beneficios
Para las empresas: reducción del costo financiero por no inmovilizar capital en pagos tributarios anticipados; simplificación operativa; acceso sin intermediación sectorial.
Para las cadenas de valor: los beneficios que hasta hoy llegaban solo al exportador final se extienden a los fabricantes de sus insumos. Más eslabones competitivos significa productos finales más competitivos.
Para el fisco: costo fiscal nulo. El RAF es un régimen suspensivo, no exentivo. Los tributos se difieren hasta que se configura el hecho imponible. Las empresas ya acceden hoy a mecanismos de devolución como Drawback, Repostock o Importación Temporal; el RAF complementa ese camino con menos burocracia y sin que el Estado resigne recaudación.
Para la economía: el sector automotriz representa entre el 6% y el 7% de la actividad manufacturera. Todo el impacto positivo del RAF estaba concentrado ahí. La modificación abre ese mismo instrumento al 93% restante de la industria.
