El Decreto 46/2005, recientemente publicado por el Gobierno nacional, establece nuevas reglas en el marco de la liberalización de la comercialización de combustibles. Con el propósito de garantizar la libre circulación de bienes y servicios, y simplificar trabas burocráticas, la normativa busca fomentar el desarrollo industrial, el avance tecnológico y ampliar la oferta de servicios para los consumidores. Sin embargo, plantea interrogantes en torno a su implementación y efectos.
Según el texto, la medida permitirá que las Estaciones de Servicio operen durante las 24 horas del día con costos operativos menores. Esto beneficiaría a los consumidores que necesiten cargar combustible en horarios no convencionales y podría transformar el panorama del sector. No obstante, especialistas y actores clave del mercado coinciden en que su aplicación efectiva dependerá de futuras reglamentaciones.
Francisco Berdaguer, abogado especializado en el sector de combustibles, brindó su perspectiva sobre la disposición: “Hoy por hoy, el decreto regula y bendice la figura del autodespacho, pero para instalar una estación con autoservicio, es imprescindible cumplir con la normativa vigente de la Secretaría de Energía. Durante los próximos 60 días, las estaciones deberán continuar solicitando una autorización expresa bajo el régimen actual, que funciona como una excepción“.
La Secretaría de Energía tendrá que adecuar los requerimientos y parámetros de seguridad para garantizar la operatividad de las estaciones que incorporen autoservicio. “Habremos de esperar las actualizaciones normativas para conocer los nuevos requisitos“, destacó Berdaguer en diálogo con surtidores.com.ar. Asimismo, aclaró que el decreto no especifica si será obligatoria la presencia de un asistente permanente en las estaciones, un aspecto relevante para la seguridad y el servicio al usuario.
Desregulación del mercado: Se publicó el decreto que habilita el autoservicio de combustibles
Respecto a los temores sobre posibles despidos masivos, Berdaguer fue optimista: “No creo que en el corto o mediano plazo se produzca una reducción sensible del personal. Las estaciones seguirán necesitando empleados para funciones administrativas y de asistencia. Más que despachar combustible, los playeros podrían asumir roles de control y apoyo, lo que también beneficia a los estacioneros al reducir riesgos asociados a contingencias operativas“.
La cuestión de la seguridad es una de las mayores preocupaciones para los propietarios de estaciones. Berdaguer ilustró un escenario hipotético: “Imaginemos un usuario que intenta despachar combustible de manera negligente, como encender un cigarrillo en el área de carga. Aunque no sea culpa directa del estacionero, la responsabilidad recaería sobre él. Por eso, muchos expendedores mirarán la implementación del autoservicio con recelo, al menos en un principio“.
Por otro lado, el cambio también podría tener un impacto cultural en los usuarios. Berdaguer señaló que “la figura del autodespacho se irá instalando de manera paulatina. No se trata solo de cambiar tecnologías o estructuras, sino de transformar hábitos arraigados en los consumidores“.
Otra cuestión no menos relevante es si el decreto se impone sobre las leyes provinciales que impiden esta modalidad. Al respecto, el especialista sostiene que “en principio sí. En materia de jerarquía constitucional, un decreto prevalece sobre ley provincial. Ahora bien, puede haber cimbronazos con otra discusión que lleve al mismo lugar; a saber: que una provincia sostenga que Nación no tiene facultades para legislar sobre esta materia, y que haciéndolo cercena la autonomía de las provincias. Lo veo dudoso pero puede existir ese planteo”.
Para abordar con mayor detenimiento los alcances del decreto, Berdaguer brindará un webinar gratuito a través de los canales digitales de surtidores.com.ar, el próximo miércoles 5 de febrero a las 16 horas. Para inscribirse ingresar en el siguiente link