El ejecutivo Municipal hace uso de las facultades que le confiere el Articulo 102 de la Carta Orgánica Municipal y veta totalmente el asunto 468/2018 Dm, 0570/2018.
La amplia fundamentación se basa en Artículos de la carta Orgánica además del predicho, como el art 71 que señala “el Concejo Deliberante no puede sancionar ordenanzas que importen gastos, sin establecer los recursos necesarios para satisfacerlos cuando no existan fondos disponibles asignados dentro del presupuesto general. Es nula toda ordenanza sancionada en violación a esta norma”.
El veto se realiza a traves del decreto N° 0570/2018
Aquí publicamos la norma tal cual fue emitida desde el Departamento Ejecutivo Municipal.
Cabe señalar que en la sesión en la que se aprobó por mayoría esta ordenanza, las Concejales, Miriam Mora, Maria Eugenia Duré y Verónica Gonzalez habían votado en contra, fundamentando que se estaba debatiendo en el Congreso Nacional, la Despenalización del Aborto, pero ademas, el tema ya había sido tratado en la Constitución de 1994 y en acuerdos y tratados internacionales y que se trataba de una cuestión de salud publica y no religiosa.