Jorge Martin: “Hay que limitar el costo de todo el sector legislativo”

El presidente de la Convención Constituyente, Ingeniero Jorge Martin volvio a pronunciarse hoy a favor de la reducción del numero de concejales de 7 a 5 señalando que hay que “LIMITAR EL COSTO DE TODO EL SECTOR LEGISLATIVO” (sic). La postura se da de nariz con el artículo 180 de la Constitución Provincial que dice absolutamente lo contrario, se debería pasar a 9 teniendo en cuenta la cantidad de habitantes. La posición ha generado una gran polémica ya que tiende en forma evidente a reducir la representación de las minorías. De ser así tanto el ARI como el PUL no lograrían representatividad en el cuerpo deliberativo.

Rio Grande- El presidente de la convención constituyente, Ingeniero Jorge Martin, insistió hoy con la reducción de 7 concejales a 5, fundamentando esta postura en la promesa hecha a la gente durante la campaña. En declaraciones a FM Impacto tambien critico a los convencionales del ARI al señalar que no aplicaran la mayoría, porque no la tienen y si el ARI se suma o no se suma será cuestión del ARI, cada uno ve la cuestión política desde su óptica. “nosotros queremos trabajar en conjunto, por eso voto así la gente, el voto fue dividido, cada uno presenta su proyecto, pero tiene que salir un proyecto unificado de carta orgánica y en eso se esta trabajando”, pero si las minorías no se suman a las mayorías, bueno…., pero a la mayoría del conjunto, no a la mayoría de los radicales”, puntualizo.
En cuanto a bajar el numero de concejales de 7 a 5 Martin señalo:“ nosotros dijimos en la campaña que íbamos a bajar los costos políticos , y lo mantenemos, hoy creemos totalmente correcto que con 5 concejales se puede trabajar perfectamente, porque tenemos una ciudad que tiene 70.000 habitantes, que esta en pleno crecimiento, donde con 5 concejales debe funcionar, es mi opinion, y tambien esta Hugo Aznard que tambien fue concejal , opinamos igual, es lo que dijimos, es el compromiso asumido, pero tambien, LIMITAR EL COSTO DE TODO EL SECTOR LEGISLATIVO, no para disminuir la actividad legislativa, sino disminuir los costos, porque en una ciudad que esta en crecimiento se necesita mayor cantidad de dinero, fíjese el tema chacra XI es una urbanización muy grande que ha tomado la ciudad y hay que invertir muchísimos millones de pesos, para que la gente viva mejor, esto es lo que nosotros decimos, limitar el costo politico, o sea si el concejo deliberante, tribunal de cuentas y juzgado de faltas , pueden trabajar con el 5% del presupuesto porque trabajar con el 10% “.
Martin sostuvo que no quieren ir contra lo que dice la Constitución Provincial en su articulo 180, pero si la carta orgánica logra la reducción se vera, pero si prevemos que se pueden bajar los costos políticos de esta manera. El Intendente en ningún momento hizo referencia los nombramientos de funcionarios políticos en planta permanente, ni a la designación de la esposa de uno de los secretarios, con categoría 24 a propósito de la reducción del costo de la política.
Sobre este particular la Constitución Provincial es absolutamente clara y no deja lugar a ninguna interpretación libre del asunto. Por esta razón publicamos el texto completo del Artículo 180 a fin de llevar claridad a los lectores sobre el tema.
Régimen legal de los municipios
Artículo 18O.- Los municipios habilitados para dictar sus cartas orgánicas mientras no hagan uso de ese derecho y los restantes previstos en esta Constitución, se rigen por la Ley Orgánica de Municipalidades la que, respetando las diversidades geográficas, socio económicas y culturales que caracterizan a las diferentes zonas y regiones, se ajustará a las siguientes pautas:
1 – El departamento legislativo estará formado por un Concejo Deliberante de siete miembros, elegidos directamente por el Pueblo y por el sistema de representación proporcional. Cuando el municipio haya superado la cantidad de cincuenta mil habitantes, el Concejo Deliberante podrá incrementarse en un concejal por cada diez mil habitantes más. Durarán cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelectos.
2 – El departamento ejecutivo estará a cargo de un intendente que será electo en forma directa, durará cuatro años en sus funciones y podrá ser reelecto por un período consecutivo, después del cual no podrá serlo sino con el intervalo de un período legal.
3 – El contralor de las cuentas será realizado por el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
4 – La ley determinará las atribuciones y funciones de cada departamento.

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