¿Estamos a punto de perder beneficios de la Ley 19640, por la creación de un nuevo impuesto?

Rio Grande 07/05/2025.- Si bien la Ley 19640 es muy clara al respecto, esta Isla es un Área Aduanera Especial, por lo tanto, solo se tributa ingresos brutos, no se paga IVA, ni impuesto a las ganancias. No es una zona franca, como se menciona en muchos informes. Las zonas francas son espacios destinados al paso transitorio de mercaderías con destino a otros países, no permite la fabricación de nada. Son inmensos depósitos de mercaderías en tránsito. Según AREF se pueden generar nuevos impuestos, dentro, del lo normado por la Constitución Nacional, pero la carta magna no prevé eso para nuestra provincia.

La Ley 19.640 creó un Área Aduanera en todo el territorio de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, excluida la Isla Grande de Tierra del Fuego. La creación de esta Área Franca forma parte del régimen de promoción económica establecido por dicha ley.

Que impuestos se pagan en Tierra del Fuego:

El impuesto sobre los Ingresos Brutos alcanza al ejercicio habitual y a título oneroso en jurisdicción de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e islas del Atlántico Sur, del comercio, industria, profesión, oficio, negocio, locaciones de bienes, obras o servicios, o de cualquier otra actividad a título oneroso, este tributo es el mas alto del país, con un 5%, solo comparable a CABA.

Beneficios de la Ley 19640

Bajo este Régimen, las empresas industriales que invierten en la provincia reciben beneficios fiscales, tales como la exención de impuestos a las ganancias, el IVA y los derechos de importación y exportación, entre otros.

Las ventas realizadas desde el territorio continental con destino al área Aduanera Especial, a los efectos fiscales son consideradas como operaciones de exportación, por lo tanto, no incluyen el impuesto al valor agregado.

Se puede o no se puede cobrar nuevos impuestos.

La provincia de Tierra del Fuego puede crear nuevos impuestos a nivel provincial, dentro de los límites que establece la Constitución Nacional y la legislación vigente. Uno de los impuestos más relevantes en la provincia es el impuesto sobre los Ingresos Brutos, que recauda la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF).

Sin embargo, La Constitución argentina no establece específicamente impuestos para Tierra del Fuego, pero la Ley Nacional N° 19.640 crea un régimen de promoción económica para la provincia, que incluye beneficios impositivos y aduaneros.

 

Algunos de los impuestos que no se pagan en Tierra del Fuego son:

– Impuesto al Valor Agregado (IVA): No se paga IVA por bienes y servicios comprados en la provincia.

– Impuesto a las Ganancias: No se paga este impuesto por actividades realizadas en la provincia.

– Impuesto a los Bienes Personales: No se paga este impuesto por bienes ubicados en la provincia.

– Impuesto a la Transferencia de Inmuebles: No se paga este impuesto por la compra o venta de inmuebles ubicados en la provincia.

– Derechos de Importación: No se pagan derechos de importación por bienes importados a la provincia.

 

Sin embargo, algunos impuestos sí se pagan en Tierra del Fuego, como:

– Impuesto Adicional de Emergencia sobre Cigarrillos: Sí se paga este impuesto por la compra de cigarrillos.

– Impuesto sobre el Abono de Telefonía Celular: Sí se paga este impuesto por el servicio de telefonía celular.

– Impuestos a la Energía Eléctrica: Sí se pagan estos impuestos por el consumo de energía eléctrica.

 

Es importante tener en cuenta que estos beneficios impositivos y aduaneros son parte de un régimen de promoción económica destinado a fomentar el desarrollo de la provincia.

Todo esto, para dejar en claro que los cientos de miles que vivimos en Tierra del Fuego, además de hacer soberanía, estamos aquí para usufructuar de beneficios impositivos que podrían dejar de existir si la Legislatura Provincial, aprueba un proyecto del Sindicato Unido de Trabajadores de la Educación Fueguina cuyo objetivo es generar un nuevo impuesto, que insisto no debería existir, para otorgar un sueldo de 1.900.000 pesos a los docentes.

Este medio, no pone sueldos, ni sugiere cuanto debe cobrar un trabajador de cualquier especialidad, pero tampoco somos los ciudadanos quienes debemos hacernos cargo de los sueldos, la educación, la salud y la seguridad son obligaciones indelegables del estado y por ende debe hacerse cargo, de este y de los demás reclamos salariales, que se deben discutir en paritarias y no en la legislatura. El PJ al tomar esta iniciativa, comete un acto de demagogia, porque nadie mejor que ellos saben, cual es la situación en que dejaron Tierra del Fuego, después de 20 años en el gobierno nacional y algunos dirigentes en el ámbito provincial.

Desde este medio decimos que es inconstitucional, crear nuevos impuestos en esta provincia. No importa cual sea el pretexto, ni las areas que incluya, ya sean tierras improductivas, hidrocarburos o impuesto inmobiliario, todos tributan por ley, generar mas carga fiscal, es una contradicción en si mismo y abre la puerta a situaciones muy complejas cuyas consecuencias son incalculables.

Fuente; www.lalicuadoratdf.com

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