Debido a varios reclamos de personas que habitualmente utilizan este servicio y ante la falta de estos datos es que publicamos los artículos referidos a la temática en ambas ordenanzas y que no están siendo puestas en practica por los permisionarios del servicio.

Ordenanza 1351/2001 donde se expresa claramente la obligatoriedad de la identificación del conductor incluso con las medidas del cartel que será entregado por la municipalidad.

Ordenanza 2067/2005 con la misma obligación para el servicio de taxis. Según los usuario muchos vehículos no cuentan con esta identificación y en algunos casos, han optado por no tomar el servicio por cuestiones de seguridad.