Este pedido se basa en el artículo N°94 de la Carta Orgánica Municipal que explica el carácter público de las reuniones de Comisión del Concejo Deliberante, y establece que el reglamento interno fijará la modalidad de participación activa de los habitantes en forma individual o colectiva.
En esta misma línea, los ediles hicieron referencia a los principios del acceso a la información pública que establece la Ley Nacional N°27275: presunción de publicidad, transparencia y máxima divulgación, informalismo, máximo acceso, apertura, disociación, no discriminación, máxima premura, gratuidad, control, responsabilidad, entre otros.
De esta manera -señala el pedido- sería posible generar una actividad institucional que posibilite dar respuesta a las actuales exigencias de los vecinos y vecinas, garantizando el derecho al acceso a la información pública y a la vez cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecidos por los gobiernos, Nacional, Provincial y Municipal.