Celulares: en 90 días, sólo se podrán cobrar las llamadas que se contestan

Juev 31 17:25 hs.- La presidenta Cristina Fernández anunció que las compañías tienen ese plazo para modificar sus sistemas de tal manera de que sólo se facture el llamado si del otro lado atienden.

La presidenta Cristina Fernández adelantó hoy que mañana se publicará en el Boletín Oficial la resolución que obligará a las empresas de telefonía móvil a cobrar las llamadas desde el momento que el receptor atiende y no desde que se marca el número.

‘La resolución de la Secretaría de Comunicaciones es en ejercicio de los derechos establecidos en el artículo 42 de la Constitución, en defensa de los consumidores‘, dijo la mandataria en un acto que encabezó este jueves en el Salón de las Mujeres de Casa de Gobierno.

Fuente:cronista.
Precisó que a partir de la resolución las operadoras tienen hasta 90 días para implementar la medida.

‘Hasta que no te conteste persona o el contestador no pueden facturar, te facturan por el tiempo que dura mensaje o la conversación‘, explicó la Presidenta.

Agregó que ‘si no lográs la comunicación, eso no te lo pueden facturar‘, en referencia al ‘tiempo de aire‘ tal como denominan el sector de telecomunicaciones a los segundos que van desde que el usuario realiza una llamada hasta que el receptor atiende.

La Presidenta remarcó que la medida se enmarca en ‘lo que seguimos haciendo en materia de derechos de los usuarios‘ como la implementación de la portabilidad numérica.

Se trata de una medida reiteradamente solicitada por los movimientos de defensa del consumidor.

En los considerandos de la resolución se especifica que un informe de 2003 por el área económico financiera de la Comisión Nacional de Comunicaciones consideró que ‘no resultan razonables los fundamentos‘ utilizados por las empresas para facturar el servicio ‘desde que se presiona la tecla SEND‘.

También figura que la empresa Movistar informó que ‘facturaba el tiempo de aire cuando la señal de llamada supera los 30 segundos y hasta que se cortara la comunicación‘.

Pero no facturaba si ‘la señal diera ocupado, o si el abonado se encuentra fuera del área de cobertura o tiene el equipo apagado o no se encuentra habilitado para el servicio memofacil‘.

Respecto de Nextel, señaló que no cobra cuando el receptor está ‘ocupado, no contesta o está fuera del área de cobertura‘ pero sí factura cuando ‘atiende la casilla, o el fax‘ desde ‘que se presiono la tecla send‘.

En la misma línea Claro informó a la CNC que factura ‘tiempo en el aire‘ pues ‘lleva asociada la utilización de recurso de la red (canales de aire, facilidades conmutación, ruteo, etcétera‘.

La medida, que fuera adelantada por el ministro de Planificación, Julio de Vido, a mediados de mayo, se basa en la Ley de Defensa del Consumidor, en el reglamento General de Clientes de los Servicios de comunicaciones móviles y en recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.

loading...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *