Rige el endurecimiento de las multas

09/01/14 21:48 HS.-Con la publicación en el Boletín Oficial, comenzó a regir la modificatoria a la Ordenanza municipal N°2859 y que fuera sancionada en la última sesión de 2013 celebrada por el Concejo Deliberante de Río Grande. El impulsor de la modificatoria se esperanzó que los resultados sean los esperados.

RIO GRANDE.- Esta semana se puso en vigencia la modificatoria a la ordenanza municipal N° 2859 mediante la cual se incrementan los montos en las multas de Tránsito. Cabe destacar que esta modificatoria fue aprobada en la última sesión del Concejo Deliberante de esta ciudad.

El responsable e impulsor del proyecto, el concejal Alejandro Nogar del bloque Voluntad Popular manifestó al respecto que están esperando con mucha expectativa y muchas ansias ver el resultado que tendrá esta modificatoria. «Lo que las autoridades estamos esperando, en realidad es que la intención de esta modificatoria se cumpla y que genere el efecto disuasorio que perseguimos», aclaró el Edil.

Cabe destacar que las sumas mínimas que tendrán desde ahora las multas de Tránsito serán de alrededor de 7000 mil pesos hasta superar, en algunos casos, los 25 mil.

«Lo que buscamos, con mi equipo, al impulsar esta ordenanza, es generar mayor responsabilidad al momento de conducir y también, generar mayor seguridad a la población y, principalmente para mis compañeros, los trabajadores de Tránsito quienes, en los últimos meses, han sido víctimas de conductores irresponsables», remarcó Nogar.

«Me da mucha pena y tristeza y me genera gran preocupación que cada fin de semana tengamos, entre las noticias destacadas, la gran cantidad de secuestros por diversas infracciones de Tránsito por lo que tengo muchas esperanzas de que con la puesta en vigencia de esta modificatoria, se logre generar responsabilidad y seguridad para todos los riograndenses», finalizó Alejandro Nogar.

INFRACCION U.P. (Unidades Punitorias) VALOR ESTIMATIVO EN $
1.- Cruzar semáforo en luz roja
2.- Cruzar semáforo de giro en luz roja. 1.000 a 3.000 6.800 a 20.400
Conducir cualquier vehículo con más de
MEDIO (0,5g) gramo de alcohol por litro
de sangre. 1° vez:
3.000 a 4.000
INAHABILITACION para conducir por noventa (90) días.
Posibilidad de retención del carnet de conducir

2° vez:
Se suma la posibilidad de de inhabilitación para conducir
por un (1) año.

3° vez :
Se suma la posibilidad de de inhabilitación para conducir
por dos (2) años. 20.400 a 27.200
Intentar evadir un control de Tránsito. 4.500 a 5.000
Inhabilitación para conducir por un (1) año. 30.600 a 34.000
Conducir en manifiesto estado de ebriedad o alteración psíquica. 3.000 a 4.000
Inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo por noventa (90) días. 20.400 a 27.200
Conducir motocicletas o ciclomotores en manifiesto estado de ebriedad o alteración psíquica o con más de UN QUINTO (0,2g) gramo de alcohol por litro de sangre. 3.500 a 4.500
Inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo por noventa (90) días. 23.800 a 30.600
Conducir vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga en manifiesto estado de ebriedad o alteración psíquica o con más de CERO (0g) gramos por litro de alcohol en sangre. Inhabilitación por dos (2) años
Conducir bajo los efectos de estupefacientes que alteren los parámetros normales para la conducción segura. 3.000 a 4.000
Inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo por noventa (90) días 20.400 a 27.200
Negarse a someterse a la realización de la prueba de alcoholemia. 3.000 a 4.000
Inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo por noventa (90) días 20.400 a 27.200
No respetar los límites reglamentarios de velocidad. 1.000 a 3.000
En caso de reiteración la inhabilitación para conducir de 30 a 90 días 6.800 a 20.400

En todos los casos, la persona que sea sancionada por manejar con más de MEDIO (0,5g) gramo de alcohol por litro de sangre, deberá realizar un curso deveinte (20) horas, cuatro de las cuales será en presencia en los operativos de Tránsito. Todo ello a los fines de restituirle el carnet habilitante.

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