Y las condiciones de reembolso fueron publicadas en el Boletín Oficial a través de la resolución 36/2013 del Ministerio de Economía. Allí se establece un plazo de gracia para el pago de los intereses y la amortización hasta el 31 de marzo y se dispone que la amortización del capital se efectuará en 200 cuotas mensuales y consecutivas equivalentes al 0,495% y una última cuota equivalente al 1% del capital”. Añade la resolución que los intereses “se capitalizarán hasta el 31 de marzo de 2014 y serán pagaderos mensualmente, siendo la tasa de interés del 6% nominal anual”. Se determina también que “los servicios de capital e interés serán pagaderos mediante la retención de los recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos”.
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